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Declaró nula resolución que No formalizaba denuncia contra representantes de empresa del Cacao

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– Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones
– Drásticamente excluyó de oficio al fiscal provincial de la Octava Fiscalía Provincial Corporativa Juan Néstor Navarro Quispe.
– También a la fiscal adjunta Leslie Torres Chávez.Ministerio Público

Por: Luz Marina Herrera.  
Si bien es cierto por un lado el 4to. Juzgado de Investigación Preparatoria ha resuelto sobre las acciones que viene ejecutando la empresa “Cacao del Perú Norte SAC” en Tamshiyacu, lo que a su vez la Procuraduría del Ministerio del Medio Ambiente ha apelado y el próximo 28 y 29 de noviembre estaría llegando a Iquitos para la sustentación correspondiente; por el Ministerio Público la situación no es halagadora para dicha empresa.
Por un lado, se lo ha investigado por la deforestación ejecutada, la tala ilegal y obstrucción a la justicia, mientras que ante el Ministerio Público un grupo de propietarios de hectáreas de terreno en Tamshiyacu que han sentido en “carne propia” la usurpación sus tierras, interponían una denuncia a fin que no se aprovechen de sus propiedades.
La apelación a la resolución emitida por los fiscales de la Octava Fiscalía, quienes decidieron: “No formalizar, ni continuar con la investigación preparatoria contra Giovanny Cubas Ramírez, Dennis Nicholás Melka, Rubén Antonio Espinoza, representantes de la mencionada empresa, así como contra el Ing. Ernesto Vega Delgado, jefe de operaciones de la misma empresa”.
Todos como presuntos autores de la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada, en agravio de Carlos Díaz Gil, Ruperto Vásquez Bardales, Jorge Fasabi Yaicate, Ausberto Mahua Jaba y Teodoro Llucema Tuesta. Los agraviados manifestaron que pese a que sus terrenos se encontraban señalizados con trochas, sin respetar los linderos y datos técnicos especificados, la empresa ingresó a deforestar su patrimonio derribando las especies maderables a través del uso de maquinaria pesada ejecutada por personal de Cacao del Perú Norte.
“Giovanny Cubas, era el dedicado a intermediar con los pobladores de la zona para la compra de los predios a favor de la empresa, ante la negativa de los mismos, él refería que el ingreso sería mediante invasión y así lo hicieron en gran parte”, señaló uno de los agraviados, agregando que la denuncia también la pusieron ante la Comisaría de Tamshiyacu, pero que el responsable nunca la puso en conocimiento de las autoridades de Iquitos.
¿QUÉ OBSERVÓ LA TERCERA FISCALÍA SUPERIOR PENAL EN EL TRABAJO DE LOS FISCALES?
Que ambos, tanto el fiscal provincial y la fiscal adjunta de la 8va. Fiscalía, responsables de la investigación, no realizaron un adecuado cumplimiento de sus funciones, habiendo incurrido en irregularidades durante el desarrollo de la investigación y en la emisión de la disposición donde deciden no formalizar investigación preparatoria; lo que generó nulidad de la misma.
Además, el fiscal superior, luego de un profundo análisis de la resolución, advirtió una dilación innecesaria, puesto que la denuncia de parte fue interpuesta el 9 de abril del 2014, disponiéndose recién diligencias el 27 de agosto, contando solo con 41 días de investigación. Lo que sin duda impidió agotar los medios necesarios a fin de recabar los elementos suficientes que le permitieran desarrollar un pronunciamiento objetivo acorde a lo previsto en el código procesal penal. Por lo que, en resumen, se señala que ambos fiscales no cumplieron adecuadamente con sus funciones y además incurrieron en irregularidades, ocasionando dilaciones que permitieron la vulneración de derechos.
Por lo que la Tercera Fiscalía Penal, dispuso: “Declarar FUNDADA la pretensión impugnatoria interpuesta por los agraviados, declarando NULA la disposición fiscal materia de la apelación. Remarcando en la decisión de EXCLUIR de oficio al fiscal provincial de la Octava Fiscalía Penal Juan Néstor Navarro Quispe y a la fiscal adjunta Leslie Torres Chávez. Por lo que el fiscal coordinador designará al nuevo fiscal que continuará con la presente investigación.
La resolución emanada de la 3ra.Fiscalía, es sumamente ácida en cuanto al desempeño de los fiscales excluidos. “Ambos han incurrido en irregularidades durante el desarrollo de la investigación al no haber efectuado un debido estudio del caso y haber emitido disposiciones fiscales SIN contar con una debida motivación y fundamentación”. Por lo que el accionar irregular de los fiscales ha sido REMITIDO al Órgano de Control Interno de Loreto para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.

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