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Declaran en Emergencia Sanitaria a comunidades nativas afectadas por el derrame de petróleo

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  • Ocurrido hace poco tiempo en el distrito de Manseriche.

En la provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto por el plazo de noventa (90) días calendario. Lo que se pudo ver a través del DS 017-2019. Que, con Oficio N° 556-2019-GRL-GR, de fecha 21 de junio de 2019, el Gobierno Regional de Loreto comunica que ha sufrido una emergencia por derrame de petróleo, por lo cual solicita la “Declaratoria de Emergencia” por el elevado riesgo de contaminación en las localidades afectadas del distrito de Manseriche, provincia del Datem del Marañón.
Que, mediante Informe N° 1814-2019/DCOVI/DIGESA, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria señala que el derrame de crudo de petróleo ocurrido el 18 de junio de 2019, a la altura del kilómetro 237, en la comunidad nativa Nuevo Progreso, distrito de Manseriche, provincia Datem del Marañón, representa un peligro a las comunidades nativas ubicadas en los márgenes de las quebradas Numpagkaim y Saramiriza del Distrito de Manseriche, Provincia del Datem del Marañón, Departamento de Loreto, por las condiciones de alto riesgo de consumo de agua contaminada por el citado evento; siendo 1000 el número de familias que estarían afectadas por el derrame de crudo de petróleo, a las cuales les correspondería implementar los Kits Mi Agua;
Que, mediante Informe Técnico IT-CDC N° 032-2019, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), ante el derrame de petróleo crudo por la rotura de la tubería del oleoducto Nor peruano (ramal norte) ocurrido a la altura del km 237 + 746 aproximadamente a 1.5 Km de la comunidad indígena de Nuevo Progreso, del distrito de Manseriche, provincia del Datem del Marañón, señala que la presencia abrupta del derrame de petróleo crudo en la quebrada Numpagkaim, así como el desplazamiento a la Quebrada Saramiriza y al río Marañón, constituye un elevado riesgo epidemiológico para la salud y la vida de la población indígenas aledañas al ámbito de esta quebrada que se abastece de agua para el consumo humano, así como de los peces, alimento principal de estas familias;
SE DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Emergencia Sanitaria. Declárese en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, las comunidades nativas afectadas por el derrame de petróleo en el distrito de Manseriche, provincia de Datem del Marañón, Departamento de Loreto, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Entidades Intervinientes y Plan de Acción corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Gobierno Regional de Loreto, en el marco de sus competencias, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de acción-declaratoria de emergencia sanitaria en las comunidades nativas afectadas por derrame de petróleo del distrito de Manserice”.
3.2 Las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma, deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.
3.3 Los saldos de los recursos resultantes de la contratación de bienes y servicios establecidos en el Anexo II del presente Decreto Supremo podrán ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia señalado en el artículo 1 para contratar bienes y servicios del mismo listado, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.
Artículo 5.- Financiamiento
La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

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