-Expresó secretario de defensa del sindicato de trabajadores de Pétrex
-Con Resolución Ejecutiva del Gorel se pide nulidad del proceso de arbitraje potestativo, con lo que perjudicarían a más de 1,600 trabajadores petroleros.
Así lo dio a conocer Magno Valderrama, secretario de defensa del sindicato de trabajadores de Campo Pétrex S.A. en cuanto al proceso de solución correspondiente a la negociación colectiva 2011, seguido desde el mes de setiembre 2012 en Lima ante el Tribunal Arbitral. Acción tramitada ante la dirección general de trabajo del Ministerio de Trabajo respecto al expediente 106-2012.
«Este es el primer Laudo Arbitral en más de 30 años que el sector petrolero está en la selva, que se resuelve a favor de los trabajadores y acá con una Resolución Ejecutiva Regional actúan en contra de nuestros derechos laborales, por lo que estaríamos asesorándonos para tomar acciones legales al respecto.
Acá se ve la parcialidad del presidente regional que interviene en la Resolución Ejecutiva 1251-2012, pidiendo la nulidad del proceso de arbitraje potestativo. Los más de 1,600 trabajadores petroleros realmente que nos sentimos traicionados, no puede ser que en vez de apoyar nuestro arbitraje ganado ante la empresa, el mimo gobierno regional lo frustre a través de una resolución ejecutiva» ,declaró Valderrama.
¿Qué dice la resolución ejecutiva regional?
«La empresa señala en su escrito del 17 de diciembre de 2012 que con fecha 14 diciembre, ha sido notificada con la Resolución Ejecutiva Regional 1251-que resuelve en su artículo 2.-DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD del auto sub directoral 011-2012 de fecha 20 de abril y el auto directoral 001-2012, hasta antes del Acta de Instalación de Negociación Colectiva 2011-Etapa de Trato Directo, disponiendo en su artículo 3.-la renovación del procedimiento de negociación colectiva y la continuación de la misma en la etapa de trato directo.
Por lo que SOLICITA al Tribunal Arbitral se abstenga de seguir conociendo este proceso y remitir los actuados a la Autoridad Administrativa de Trabajo para la prosecución del trámite de la negociación colectiva tal y como lo señala la autoridad regional de Iquitos», reza la resolución.
Dicho pedido supone la nulidad del presente proceso arbitral, es decir retrotraer las cosas al momento anterior a la instalación del trato directo. Todos los actos posteriores (incluido el arbitraje) serían nulos de pleno derecho, lo que no es compartido por el Tribunal Arbitral porque el proceso de negociación colectiva es un proceso de autocomposición del conflicto social.
Es decir, las partes sociales y sólo las partes, deciden iniciarla, suspenderla o terminarla, no el gobierno regional, eso según el Art. 4 del Convenio 98 de la OIT. La negociación libre y voluntaria debe darse entre empleadores u organizaciones de empleadores, de una parte y de organizaciones de trabajadores de otra. De este modo los funcionarios estatales No pueden decidir en qué momento una negociación colectiva termina como pretende el gobierno regional a través de la Resolución Ejecutiva.
«En ninguna parte existe una ley que nos ordene la negociación colectiva, ésta se da por un acuerdo entre ambas partes tal como reseña la Constitución Política del Estado. Nosotros estamos analizando todo lo ocurrido con nuestros asesores legales para interponer una acción penal contra los que resulten responsables en esta tremenda intromisión totalmente fuera de la Ley. Nosotros contamos con una resolución de la dirección nacional de trabajo donde se nos da la razón en cuanto a que sí nos corresponde el arbitraje.
Tenemos la Resolución del presidente del Tribunal Arbitral sobre el Laudo donde nos dan la razón y declarando improcedente el pedido del gobierno regional indicando que se abstenga de resolver sobre el arbitraje. Conversamos con el Dr. Elmer Arce y él nos confirmó que el presidente regional llamó para que se abstenga el proceso arbitral y eso es ir en contra de los derechos laborales de más de 1,600 trabajadores petroleros que hoy nos sentimos traicionados», concluyó Valderrama.