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Corte de Loreto simplifica apertura de cuentas para alimentistas

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  • Resolución judicial ordenará apertura de cuentas del Banco de la Nación para agilizar procesos de alimentos.

El Poder Judicial firmó un convenio con el Banco de la Nación, aprobado por Resolución Administrativa N° 000088-2025-P-CE-PJ del 5 de agosto de presente año, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo; a fin de que las cuentas para alimentistas se abran de forma automática e inmediata tras una orden judicial, eliminando las demoras que antes tardaban más de 60 días. Cuando un juez ordena un pago, esta disposición se envía por internet al Banco de la Nación, que procesa la información en el mismo día y abre la cuenta para que el beneficiario pueda retirar el dinero y el demandado pueda depositarlo rápidamente.
El Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras, presidente de la CSJ Loreto, por Resolución Administrativa 1162-2025-CSJLO-PJ, dispuso ejecutar los términos del mencionado convenio en el Distrito Judicial de Loreto, luego de su implementación técnica, partir del 08 de setiembre de 2025, siendo la oficina responsable el Área de Servicios Judiciales y Recaudación; así como el responsable del Área de Informática de esta Sede.
La persona demandante ya no tendría que ir al banco a gestionar la apertura de la referida cuenta porque juezas y jueces facilitarán el trámite respectivo, los procesos serán más céleres ante las grandes dificultades por la duración de estos, ello gracias al convenio firmado con Banco de la Nación, permitirá facilidades a madres e hijos alimentistas.
Cabe precisar que, para los procesos de alimentos, la madre presenta la demanda y cuando el juez o jueza la admite, ordena de manera automática la apertura de cuenta en el Sistema Integrado Judicial (SIJ); el banco recibe la información y procesa la apertura de la cuenta de ahorro para alimentistas en el mismo día, durante sus horarios establecidos.
Una vez confirmada la apertura, el sistema del Poder Judicial es notificado, y se informa a las partes involucradas. El demandado puede depositar la pensión sin mayor trámite, y el beneficiario puede acceder a los fondos.
El proceso antes descrito marca un hito favorable en la celeridad de los procesos de alimentos, en beneficio de los menores, que en la mayoría de los casos se encuentran en condición de vulnerabilidad.

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