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Consultape.com realiza un análisis sobre los procesos de Consulta Previa realizados durante el 2015

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  • A pesar de haberse realizado varias consultas previas a nivel nacional, las comunidades esperan que los acuerdos alcanzados durante el proceso, se visibilicen en sus comunidades.consulta previa

Cuatro años han pasado desde que el Gobierno de Ollanta Humala aprobara la Ley de Consulta Previa (N° 29785). El resultado: 27 procesos de consulta previa puestos en marcha, 15 de ellos finalizados, y 12 en proceso. Las novedades del 2015 fueron las tres primeras consultas en minería, y zanjar la consulta en el estratégico lote petrolero 192 en Andoas -una rémora para el Ejecutivo que llevaba arrastrando desde el 2012- sin embargo, medir el resultado de las consultas por el número de procesos realizados deviene en una trampa matemática. ¿Qué se les consulta a los pueblos indígenas? ¿Qué pasa después de que sean consultados? Estas preguntas -que tan escasamente son planteadas- revelan que la realidad nunca se traduce a una cifra. Más aún, si se observa que los procesos de consulta se han implementado en un marco de debilitamiento de los estándares y controles socioambientales.

Luces y sombras…
La consulta no es exclusiva para los proyectos que buscan instalar minas, pozos petroleros, o gaseoductos. También sirve para llegar a un consenso sobre otros aspectos fundamentales, como la educación, donde se está llevando a cabo una consulta al reglamento de la Ley de Lenguas Indígenas y Originarias. No obstante, la mayoría de los procesos de consulta que se han llevado a cabo son para proyectos hidrocarburíferos.
En 2015 en Madre de Dios se finalizaron las consultas sobre los lotes 191 y 190; en Loreto, los relativos a los pozos 198, 197 y 192. Fuera del ámbito de los hidrocarburos también se llevó a cabo una consulta en torno al proyecto de Hidrovía Amazónica, que tuvo como entidad promotora al Ministerio Transportes y Comunicaciones. «Este es un ejemplo de que la consulta se puede hacer de buena forma, con buena fe y con flexibilidad, como indica la norma», declara Richard O’Diana, abogado del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP). A estos procesos, se suma la consulta sobre el Reglamento de Ley Forestal y de Fauna Silvestre que fue promovida por el Ministerio de Agricultura.
Sin embargo, como destaca un informe del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), solo dos de los procesos de consulta que han finalizado, el Área de Conservación Regional Maijuna-Kichwua y el Lote 192, cuentan con resolución final de la entidad correspondiente. «Esto constituye una limitación por cuanto los acuerdos son vinculantes para ambas partes. Al no contar con este instrumento no se puede realizar seguimimiento y monitoreo de cómo se viene implementando estos acuerdos», argumenta el documento.
«La consulta ha tenido sus lados buenos y malos. La realiza el órgano que promueve la medida, entonces depende de qué busca este órgano. Por eso existen diferencias entre uno y otro proyecto», sostiene el abogado del CAAAP, O’Diana.
En Perú, los procesos de consulta están a cargo de la entidad estatal que adopta la medida legislativa o administrativa, aunque el Viceministerio de Interculturalidad ejerza como órgano rector. En el caso de los hidrocarburos, se consulta el decreto supremo que aprueba la suscripción del contrato de licencia para explorar y explotar el lote. Queda fuera de la discusión, por ejemplo, asuntos de vital importancia como el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), documento clave, mermado por los paquetazos ambientales que identifican y evalúa los impactos de un proyecto, para evaluar alternativas y formular medidas de mitigación y prevención-.

La vieja deuda con el Lote 192…
Sin duda, el proceso de consulta previa más destacado de este año fue el realizado en el Lote 192 (ex 1AB) donde, tras ampliar los términos de la consulta, el Estado interrumpe el proceso de diálogo con una parte importante de las comunidades del Corrientes, Pastaza y Tigre (Loreto),  llegando a establecer acuerdos con solo un sector de ellas.
«Es un lote histórico, de gran cantidad de recursos para explotar hidrocarburos, petróleo pesado; la sociedad civil jugó un papel importante, así como las comunidades y el Estado. Creo que ha sido un proceso muy complejo», manifiesta Gustavo Zambrano, investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (Idehpucp).
Dicho proceso de consulta previa estaba en marcha hasta que el Ministerio de Energía y Minas concentró la agenda del diálogo en un solo punto: el de otorgamiento de beneficios, con una propuesta (0,75% de la producción fiscalizada) que solo admitía ser aceptada, quedando pendiente de discusión 26 propuestas formuladas por las comunidades nativas representadas por las federaciones FEDIQUEP y FECONACO (nuevos instrumentos ambientales, vigilancia ambiental comunitaria, compensación por servidumbre, titulación de tierras, etc).
El que el Estado diera por concluida unilateralmente el proceso, generó el rechazo de las comunidades indígenas afectadas, quienes realizaron una protesta pacífica planteando como exigencia retomar el diálogo En un proceso de negociación posterior a la consulta, estas comunidades llegaron a varios acuerdos, entre los cuales está   la entrega de 134 millones de soles para obras de agua potable, saneamiento y electrificación rural.  «Esos acuerdos no fueron parte de la consulta, se dieron después a pedido de las comunidades; por lo tanto, no tienen el carácter vinculante de los acuerdos que son resultado de ella, entonces son endebles, yo diría que ese es el lado negativo», dice Richard O’Diana.

Mejoras pendientes…
Los especialistas señalan que queda aún mucho camino por recorrer para que la consulta previa respete los derechos de los pueblos indígenas y se adecúe a la normativa internacional. El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, en el último informe alternativo 2015 sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT (que se publicará en enero de 2016), recomienda que los acuerdos logrados en los procesos de consulta se refieran también a los contratos de exploración y explotación y no solo al decreto supremo que los aprueba.
Asimismo, apuntan que se debe evaluar si las fases y los plazos de la consulta en el sector hidrocarburos son los adecuados, recomendando que se organicen los procesos de consulta en  aquellas  etapas del proceso de toma de decisiones  sobre un  proyecto que puedan afectar  los derechos colectivos de los pueblos indígenas. No solo eso, el Grupo de Trabajo agrega que es indispensable que el Ministerio de Energía y Minas promueva la consulta previa en el sector minero y que, para eso, se debe completar el reconocimiento de las comunidades quechuas en la Base de Datos de Pueblos Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad.
Destacan que, por encima de todo, el Estado debe dar prioridad a la buena realización de la consulta y no solo preocuparse por realizar las actividades extractivas o económicas, lo que supone respetar los plazos necesarios para las etapas de información, evaluación interna y diálogo. Finalmente, piden que se incorpore explícitamente en la normativa que el derecho a la consulta implica el consentimiento de los pueblos indígenas sobre las medidas legislativas, administrativas y proyectos que puedan afectarlos directamente. Además, exhortan a que el Congreso apruebe la consulta previa legislativa, y a que se deroguen todas las normas que afectan los derechos colectivos de los pueblos indígenas y que no fueron consultados, como los llamados «paquetazos ambientales» (Ley Nº 30230 y su reglamento; y la Ley Nº 30327). (MIPR)

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