– Juzgado colegiado de la Corte de Justicia de Loreto

El juzgado colegiado de la Corte Superior de Justicia de Loreto integrado por los jueces José Neil Chumbe Silva, Marjorie Zuleika Pasquel García y Sonia Patricia Gutiérrez Tafur, ayer en la sala de audiencias del Establecimiento Penal de Varones de Maynas, y en un acto sin precedentes en la justicia de Loreto para este tipo de casos, mediante resolución No. Cinco, condenó a CADENA PERPETUA a Aldo Amasifuén Arévalo por el delito de violación sexual contranatura en agravio de una menor de nueve años de edad de iniciales LACT.
Según el expediente No. 001-2013-Juzgado Colegiado, el hecho que ha promovido la cadena perpetua de Aldo Amasifuen Arévalo sucedió el 31 de diciembre del 2012 en la calle Donadio No 209 de la zona baja de Belén, cuando fue invitado por su compañero de trabajo en vigilancia particular Germán Cumari Rengifo para celebrar el año nuevo, sin embargo; aprovechando que el padre de la menor estaba durmiendo por las celebraciones y la madre de la menor lavaba ropa, y; en momentos que Aldo Amasifuen se encontraba solo con la menor la violó contranatura, motivando que la señora Enilda Tapullima Panaifo hiciera conocer del hecho a su marido Germán Cumari, quien condujo al violador hasta la comisaría.
Según el examen médico legista que se realizó el 01 de enero del 2013 practicado a la menor de iniciales LACT de nueve años de edad indicó presenta signos de coito contranatura reciente.
Sobre la valoración judicial de la prueba: El Colegiado consideró que los hechos resultaron claramente tipificados en el delito de Violación sexual de menor de diez años según el artículo 173 del Código Penal, por cuanto Aldo Amasifuen Arévalo abusó sexualmente de la menor en circunstancias que se encontraba en la casa de la víctima al haber sido invitado por el padre de la menor a celebrar la llegada del año nuevo y; llegando inclusive con el padre de la menor por ser compañeros de trabajo a las nueve de la noche .
Se indica también que Aldo Amasifuen quien se encontraba de servicio el 01 de enero del 2013 regresó a las cuatro de la mañana, sin embargo cuando fue a laborar su puesto ya estaba cubierto por otro agente particular, por lo que nuevamente optó por regresar a la casa de su compañero Germán Cumari quien estaba libando licor con un vecino, pero que por el cansancio tuvo que irse a dormir a las doce del día, es entonces que Amasifuen se quedó solo con los menores edad y cometió el hecho aproximadamente entre dos a tres de la tarde del día 01 de enero del 2013, que fue corroborada por la menor , es decir el hecho sucedió cuando se había quedado sola con su hermano menor de un año y ocho meses de edad pues los otros dos menores había bajado a jugar.
El Juzgado Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Loreto administrando justicia en nombre de la Nación condenó a CADENA PERPETUA a Aldo Amasifuen Arévalo como autor del delito de Violación de la Libertad Sexual –Violación de Menor Edad previsto en el artículo 173 inciso 1 del Código Penal en agravio de la menor de iniciales LACT, asimismo fijó una reparación civil de Cinco Mil Nuevos Soles.






como se puede condamnar a vida un niño de 9 años estos jueces son locos,el niño no puede tener una responsabilidad de su gesto a 9 años que será la vidad de este niño que a tenido un enfancia mala es abjecto