Para que las personas que consideren alguna anomalía existente en los procesos judiciales que vienen sosteniendo, así como también de la inconducta funcional de algún trabajador, funcionaros secretario, juez o magistrado del Poder judicial, les hacemos llegar lo que la OCMA indica sobre el tema:
Quejas
Al tomar como fundamento que la potestad de administrar justicia emana del pueblo, y tener como misión primordial lograr el bienestar de la ciudadanía y de los que acceden al Poder judicial, en búsqueda de solución a sus conflictos planteados y a fin de crear conciencia en la opinión pública que la corrupción sólo puede ser combatida por la ciudadanía, con el apoyo del Estado, la Oficina del Control de la Magistratura OCMA es la encargada de canalizar esta opinión en la forma de quejas y denuncias.
¿Qué es una queja o denuncia?
Es la desaprobación, cuestionamiento, clamor, acusación, que los ciudadanos, usuarios del servicio expresan contra los actos de un Magistrado y/o Servidor Judicial o dependencia del Poder Judicial por actos contrarios o irregulares a la correcta administración de Justicia.
¿Qué puede reclamar o denunciar?
La existencia de una irregularidad o inconducta funcional de un funcionario de justicia, ya sea Magistrado, Servidor o Auxiliar Judicial dentro de un proceso de cualquier naturaleza.
Cualquier queja o denuncia realizada frente a una presunta irregularidad es susceptible de ser investigada, ya que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, en el ejercicio de sus cargos, desarrollan funciones que la ley les señala, las que se encuentran estipuladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Reglamento y supletoriamente, por el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales y Procedimientos Administrativos y los Códigos Adjetivos en materia Civil y Penal, en cuanto le sean aplicables.
¿Qué es una queja maliciosa?
Se entiende por Queja Maliciosa cuando aquella se formula a sabiendas que se alegan hechos contrarios a la realidad o cuando la misma tiene como finalidad perjudicar o dilatar el trámite del proceso jurisdiccional respecto del cual se formula la queja.
Tipos de Quejas
Existen tres maneras de presentar una Queja o Denuncia en la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA, o en las Oficinas Distritales de Control de la Magistratura – ODECMAs, que son las siguientes:
QUEJA ESCRITA
Se realiza mediante la presentación de un escrito ante la Mesa de Partes de la OCMA en el caso de Lima o en las ODECMAs de cada Corte Superior de Justicia para el caso de provincias.
QUEJA VERBAL
Es la efectuada cuando se requiere una acción inmediata ante la queja o denuncia presentada, en ese caso se realiza personalmente ante la Oficina de Quejas Verbales de la OCMA en el caso de Lima o ante el personal encargado de las quejas verbales en las ODECMAs de cada Corte Superior de Justicia para el caso de provincias.
QUEJA TELEFONICA y/o CORREO ELECTRONICO
Es la que se efectúa mediante el hilo telefónico (línea gratuita 0800-12121), y así también, por vía e-mail (ocmapj@pj.gob.pe), cuya recepción está a cargo de personal calificado para ello.
Requisitos para presentar una Queja y/o Denuncia
– Nombre, documento de identidad, domicilio real y procesal del quejoso.
– Nombre, cargo y dependencia del Juez, Vocal y/o Auxiliar quejado.
– Número del o los expedientes que motivan la queja o denuncia si es que lo conoce.
– Determinación clara y precisa de la irregularidad que se cuestiona.
– Fundamentos sobre los cuales se basa la conducta irregular del quejado.
¿Donde se presenta? / Trámite
Las Quejas y/o Denuncias, según sea su ámbito de competencia se pueden presentar en las siguientes Oficinas:
En la OCMA
Que conoce las Quejas que se formulen en contra de:
– Los Presidentes de las Cortes Superiores (Jefes de ODECMAs).
– De los integantes de las ODECMAs.
– De los Auxiliares de Justicia de la Corte Suprema.
– De los Magistrados y Funcionarios de la OCMA.
– De las Irregularidades producidas en las ODECMAs. Su queja será recepcionada en la Mesa de Partes de la OCMA, sito en Palacio Nacional de Justicia, segundo piso.
En la ODECMA
Las Oficinas Distritales de Control de la Magistratura (ODECMAs) conocen de las Quejas que se formulen en contra de:
– Los Magistrados y Auxiliares de Justicia de su jurisdicción. Su queja será recepcionada en la Mesa de Partes de las ODECMAs de cada una de las Cortes Superiores respectivas. (WGN)






