- Mientras funcionarios se dan la gran vida, no se atienden a zonas de explotación petrolera.

Esto según un informe especial de la Contraloría que es lapidario para la administración de esa corporación edil. Siendo que paralelamente siguen en giro pedidos de vacancia y el alcalde encarcelado, pide su liberación.
¿Cuál fue el destino de los fondos destinados a las comunidades del eje petrolero de Maquía, transferidos durante la administración de Lidenia Seopa Tamani?
La situación en la municipalidad distrital de Maquía es muy delicada, así lo demuestra un informe de la Contraloría General de la República publicado el martes 24 de marzo 2026, donde puntualiza que el 5 % de los ingresos destinados a proyectos en las comunidades del cinturón petrolero de dicha jurisdicción, no han cumplido con ser invertidos.
Todo esto sucede, mientras que los funcionarios se dan la gran vida, con la total complacencia de la alcaldesa Lidenia Seopa Tamani, sobre quien pesan pedidos de vacancia todavía en giro en el Jurado Nacional de Elecciones. Paralelamente, Carlos Alberto Vela Barrera, alcalde suspendido y encarcelado –también con pedido de vacancia en trámite—solicita la cesación de su prisión preventiva y afrontar su proceso en libertad.
Con fecha 24 marzo 2026, la Contraloría General de la República ha publicado el INFORME DE VISITA DE CONTROL N° 1524-2026-CG/GRLO-SV?, con respecto a:
«Asignación de fondos por concepto de canon y sobrecanon para financiar proyectos en las comunidades petroleras, bajo la modalidad de núcleo ejecutor en las comunidades donde se explotan los recursos naturales petroleros», en cuanto concierne a la jurisdicción de la municipalidad distrital de Maquía en la provincia de Requena.
En dicho informe se precisa la siguiente situación adversa: “Falta de ejecución de proyectos de inversión pública y/o gasto social en las comunidades ubicadas en las zonas de explotación petrolera con fondos provenientes del canon y sobrecanon (asignación del 5%), podría incrementar las brechas en servicios básicos y desarrollo local de las comunidades ubicadas en las zonas de explotación petrolera, lo que afectaría directamente a su calidad de vida y su desarrollo social”.
Durante el período que ejerce la alcaldesa en funciones Lidenia Seopa Tamani, la entidad edil ha recepcionado transferencias por concepto de canon y sobrecanon petrolero, en el IV Trimestre 2025, que fue de 1´628,354.00 soles. En el año 2026, hasta el mes de marzo se ha transferido 2´398,949.00 soles. En total 4´027, 303.oo soles.
De acuerdo al Formato de Visita de Control, que suscribe Julio Junior Rodríguez García –gerente de Administración y Finanzas de la municipalidad— y los representantes de la Contraloría General de la República, la municipalidad distrital de Maquía “no estaría asignando el cinco (5%) por ciento de los recursos transferidos por concepto de canon y sobrecanon petrolero, para la ejecución de proyectos de inversión pública y gasto social en las comunidades ubicadas en zona de explotación petrolera”.
Aquí los detalles. La municipalidad distrital de Maquía:
-No realizó la creación de la meta presupuestaria para la asignación de fondos a los núcleos ejecutores, en las comunidades campesinas y nativas ubicadas en las zonas de explotación petrolera.
-No ha destinado el 5% de los fondos de canon y sobrecanon petrolero para la ejecución de proyectos de inversión pública y gasto social, bajo la modalidad de núcleos ejecutores, en las comunidades campesinas y nativas ubicadas en las zonas de explotación petrolera.
-La Entidad no cuenta con padrón o relación de comunidades campesinas y nativas reconocidas por la municipalidad ubicadas en zonas de influencia directa de la explotación petrolera.
-No cuenta con reglamento, directiva u otro documento que regulen las pautas y procedimientos administrativos para la asignación de fondos del canon y sobrecanon a los núcleos ejecutores para la ejecución de los proyectos de inversión pública y gasto social.
-No ejecutó gastos directamente con cargo al 5% del canon y sobrecanon petrolero conforme a las disposiciones previstas en la única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2010.
“También, se recepcionó el Informe N.° 020-2026-MDM-GSPDSyE, de fecha 26 de febrero de 2026, suscrito por el Gerente de Servicios Públicos, Desarrollo Social y Económico, Ing. Paul Juvenal Vinatea Tizón, donde se evidenció que la Municipalidad Distrital de Maquia, no cuenta con núcleos Ejecutores, ni con ningún tipo de transferencia hacia estos producto a la no conformación ni a la promoción de medidas que garanticen su aplicación efectiva por parte de la entidad, lo que confirma que no se estaría cumpliendo con lo que establece el Decreto de Urgencia N° 028-2006”.





