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Candidato al Decanato del Colegio de Abogados hizo su descargo a observación

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-Mencionó que el Comité Electoral es autónomo y tiene facultades discrecionales

– Abog. Erico Cueva Salazar mencionó que dentro de pocas horas Comité Electoral debe estar dando una respuesta.

Como es de conocimiento, ayer se publicó una nota basada en el Recurso de Reconsideración contra el acta de depuración de firmas y condición de abogados para las elecciones de la Junta Directiva y de Vigilancia periodo 2012-2013, interpuesto por el Abog. Julio Pereira Ríos, ante el Comité Electoral que preside el Abog. Rafael Valdez, observando a dos listas. Una de ellas la encabezada por la Dra. Lupe Arévalo y la otra por el Dr. Erico Cueva, quien ahora habla sobre el tema, entregando copia del descargo hecho ante el mencionado Comité Electoral.

Abog. Erico Cueva Salazar, presentó descargo a observación hecha a su lista.
Abog. Erico Cueva Salazar, presentó descargo a observación hecha a su lista.

 

«Se ha presentado el descargo donde se deja sentadas las normas que rigen en función a la jerarquía del Estatuto que está por sobre el Reglamento de Elecciones. El Estatuto claramente dice en el Art. 11.- «Se suspende calidad de activo declarándolo inhabilitado por adeudar más de 3 meses de las cuotas ordinarias» y mis candidatos habían pagado hasta el mes de octubre, consecuentemente no adeudaban ni un solo mes», declaró Cueva.

 

¿Mas la observación que le hacen es porque el Reglamento indica que han debido pagar hasta noviembre de 2011?

-Deben estar hábiles lo que se corrobora con el pago hasta el mes de noviembre. Mas ese pago hasta el mes de noviembre se ha hecho una costumbre, no es por norma. Es una costumbre que todos, no solamente los candidatos, si no los agremiados, al momento de sufragar tienen que haber pagado hasta el mes de noviembre.

 

En mi lista todos los miembros estaban hábiles al momento de inscribirnos, el impugnante debe probar con documento en el cual los miembros de mi lista están inhabilitados, no hay ninguno y él sólo lo menciona en su recurso, pero no lo prueba.

 

¿Y eso no lo han visto en el Comité Electoral donde se hizo la depuración de listas el último lunes?

-Lo que pasa es que el colega que ha impugnado no ha tenido en cuenta que el Comité Electoral es autónomo y tiene facultades discrecionales. El Comité tiene el poder  de resolver de una u otra manera, sin límites, por supuesto no yendo contra el Estatuto del Colegio de Abogados. Por esa facultad de discreción que le da la norma es que el Comité Electoral resolvió en ese sentido.

 

Su criterio, dijo: «subsanen, paguen hasta noviembre», pero nuestros miembros no están inhabilitados, están hábiles. Finalmente pienso que esas cosas deben ventilarse en el interior del Colegio de Abogados, no era dable que salgan fuera.

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