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Aprueban la creación de la División de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas- Iquitos

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  • Dependiente de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.

Esto a través de la Resolución Ministerial 0649-2024-IN. VISTOS, el Oficio Nº 1719-2024-CG PNP/SECEJEUNITRDOC- ARETDA de la Unidad de Trámite Documentario de la Policía Nacional del Perú; el Oficio 286-2024-SECEJE PNP/DIRPLAINS-DIVMDI de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú; el Memorando N° 000843-2024 INOGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior; y el Informe N° 000905-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior:
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y Fondo de Aseguramiento adscrito a él; Que, el artículo 7 de la citada norma legal refiere que, el Ministro del Interior con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del Sector y es responsable de su conducción, tiene como función supervisar y evaluar el cumplimiento de la finalidad de la Policía Nacional del Perú.
Que, el artículo 114 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece que las Divisiones de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas son unidades orgánicas desconcentradas a nivel nacional, de carácter técnico, operativo y especializado; responsables del planeamiento, organización, coordinación, ejecución, control y supervisión de las actividades y operaciones policiales antidrogas del nivel operacional y táctico de interdicción terrestre, aérea, marítima, lacustre y fluvial.
Tienen por finalidad prevenir, combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica del fiscal, a personas naturales, jurídicas y organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de drogas y delitos conexos del crimen organizado, en el ámbito territorial de su responsabilidad; son creadas mediante Resolución Ministerial a propuesta del Comandante General de la Policía Nacional del Perú, contando previamente con la respectiva previsión presupuestal; y, estableciéndose en la Resolución el ámbito territorial que les corresponde;
El Informe N° 13-2024-DIRNIC PNP/DIRANDROSEC-UNIPLEDU-AMD de la Dirección Antidrogas, se sustenta la necesidad de crear de la División de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas – Iquitos, precisando que el ámbito de responsabilidad territorial de dicha unidad de organización comprenderá el departamento de Loreto, ámbito de competencia de la Región Policial Loreto, con la finalidad de apoyar en la ejecución de los operativos policiales antidrogas en el ámbito de dicha región policial, para el cumplimiento del Plan de Operaciones Antidrogas.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la creación de la División de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas – Iquitos, dependiente de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, cuyo ámbito de responsabilidad territorial comprende el departamento de Loreto. La estructura y funciones de la División de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas – Iquitos se rigen por lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN.
Artículo 2.- La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú dispondrá las acciones correspondientes para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución.
Firma el ministro del interior, Juan José Santiváñez Antúnez.

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