Juan Saldaña Rojas lamenta decisión del Congreso de la República:
La inscripción observada por la SUNARP del actual presidente del IIAP ha sido el «caldo de cultivo» para que el Congreso de la República apruebe una nueva Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana -sin el visto bueno de ninguna Comisión encargada de estudiar y dictaminar las iniciativas parlamentarias-. Aprobación unánime producida apenas a los 5 días de haberse presentado dicho proyecto en el Área de Trámite Documentario del Congreso, exonerada de segunda votación y con el texto sin modificación alguna.
Si todas las leyes se aprobaran en el pleno del Congreso de la República así por así, de la noche a la mañana, sin consulta alguna a las instituciones involucradas o a la sociedad civil, simplemente el orden jurídico del país dejaría de funcionar, o tendrían un impacto negativo en la vidas de las instituciones, poniéndolas al servicio de alguna AUTORIDAD que cree que siempre estará en el cargo, a la larga se convierte en un ERROR POLÍTICO, pues las leyes de la República, NO DEBERÍAN APROBARSE DE ESA MANERA.
La aprobación del Proyecto de Ley No. 318/2011-CR, a iniciativa del congresista loretano Leonardo Agustín Inga Vásquez, es una decisión que lamentamos porque representa un «ADIÓS AUTONOMÍA DEL IIAP», no obstante que la intención en ese sentido se inicia en el quinquenio de 1990 y el 2000, pues el congresista de aquel entonces, Luis Campos Baca, podría explicarlo mejor.
La autonomía del IIAP se inicia con el art. 120 de la Constitución Política del Perú de 1979, luego en 1981, a través de la Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, Ley No. 23374, se «reconoce que el IIAP es de creación constitucional y le atribuye personería jurídica de derecho público interno y plena autonomía. Posteriormente, la intención del recorte de dicha autonomía se da con el art. 69 de la Constitución del Perú de 1993, que a la letra dice «El estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia con una legislación», quitando toda referencia a la institución técnica o al IIAP como la encargada de hacerlo.
Posteriormente entre los años 2002 y 2008, se inicia la pérdida progresiva de dicha autonomía, la adscripción del IIAP al Ministerio de Educación en sus años fundacionales pasó al Ministerio de la Producción, luego al Ministerio del Ambiente, relacionándose con el gobierno nacional. Por último, el congresista Leonardo Agustín Inga Vásquez, en estos últimos días, sustenta el proyecto de Ley que representa un «ADIÓS AUTONOMÍA DEL IIAP», dice que «los permanentes cambios en el entorno global y amazónico y luego de 30 años de vigencia de la actual ley del IIAP hace necesario adecuar las funciones y estructura organizacional a las necesidades nacionales… la Ley No 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – LOPE, en la sexta disposición transitoria, contempla la actualización o modificación de las leyes de los organismos públicos como el IIAP».
El proyecto de Ley aprobado por el Congreso de la República con el Visto Bueno de su presidente, busca evitar la inscripción del presidente y el directorio del IIAP ante la SUNARP. Esta nueva ley que será promulgada sin lugar a dudas, le transforma al IIAP en un ORGANISMO PÚBLICO, cuyo presidente y el directorio no necesitan inscripción ante la SUNARP, sólo que la NO INSCRIPCIÓN TIENE UN COSTO MUY ALTO, la pérdida de la autonomía del IIAP, que nació como una institución científica para el desarrollo sostenible de la Amazonia peruana, pero sin manipulación de los gobiernos de turno.
Poco importa que los rectores de las universidades privadas ya no integren el Consejo Superior o Consejo Directivo y según la nueva Ley del IIIAP sean reemplazados por un representante de las organizaciones empresariales que desarrollen actividades en la Amazonia peruana, porque a partir de la vigencia de la nueva ley del IIAP, serán los Gobiernos Regionales y el gobierno nacional a través del Ministerio del Ambiente y el Ministerio de la Producción, los que tendrán poder en el IIAP, aunque una nueva elección del presidente del IIAP habría sido la solución para la Inscripción ante SUNARP manteniendo la plena vigencia de la autonomía.






Por fin se acaba la era de las vacas sagradas que en nombre de la investigación hicieron del IIAP un feudo. Nuevos tiempos, nuevos hombres
En 5 dias y sin mayor debate y analisis propositivo de las instituciones especializadas, de investigacion y vinculadas al quehacer amazonico, el Congreso de la Republica a velocidad supersonica aprobo un nuevo marco legal del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana (IIAP). cuya creacion fue establecida por mandato del articulo 120 de la Constitucion Politica de 1979 y la Ley N° 23374 con la filosofia principista, que es politica del gobierno peruano la utilizacion racional de los recursos renovables y no renovables, que para la utilizacion de los recursos naturales de la Amazonia Peruana se requiere de una entidad con caracter cientifico, tecnologico y normativo, y que las exigencias de caracter geopolitico, defensa y desarrollo nacional evidencian el imperativo del maximo conocimiento de la realidad ecologica y potencia de la Amazonia Peruana. En la ley de creacion del Ministerio de Medio Ambiente, el IIAP mantenia su caracter autonomo.
Y lo mas grave, este desproposito fue iniciativa del congresista por Loreto (AP) Leonardo Inga Vasquez, quien abdicando de sus funciones para salvaguardar la operatividad de instituciones de investigacion bajo criterios de autonomia y descentralizacion, que esten despercudidas del mangoneo y manipuleo politiquero, que esta haciendo muchisimo daño a entidades vitales para el desarrollo del conocimiento y la tecnologia en las regiones y el pais en su conjunto, ha planteado esta propuesta de marras.
Las entidades vinculadas al quehacer amazonico tienen la palabra. El Poder Ejecutivo debe observar esta Ley y devolverla al Congreso para un mejor y mayor analisis, que enriquezca su proyeccion al futuro de una entidad de enorme importancia para la investigacion en la Amazonia. ¿Empezo el mangoneo politiquero en el IIAP?.