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Cómo quisiéramos que el diálogo entre las organizaciones (ciudadanía) y el Estado (gobierno de turno) se realizaran con mecanismos claros y directos, y no en términos rebuscados que nos da la sensación de querer tendernos una trampa, o de hacernos creer algo que luego no se cumplirá, apelando al mismo documento en el que parece decir que sí lo harán.
Vaya un juego de palabras que antes muchos nos la creíamos como queríamos que fuera, pero en realidad eran solo ambigüedades. Mecanismos que a la larga o la corta terminaría en una lavada de manos por la autoridad de turno, dependiendo del caso y de la entidad pública.
Han pasado ya varias décadas y la ciudadanía con un mejor criterio aunque no la ideal educación, ya va analizando y siendo crítica frente a respuestas que atentan la inteligencia y el respeto que nos merecemos como ciudadanos con derechos y obligaciones.
Una muestra clara, al margen de discrepancias internas que puedan tener entre sí las federaciones indígenas, es el último documento del Ministerio de Cultura que declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la FEDIQUEP (Pastaza) y la FECONACO (Corrientes), respecto al pedido de una nueva Consulta Previa en el ámbito del Lote 192 (con miras a un nuevo contrato petrolero por 30 años).
Esta respuesta, como es lógico, ha motivado una reacción de indignación por parte de las federaciones que hicieron específicamente el pedido. Pedido que además está en la agenda de las demás federaciones indígenas de la zona de influencia petrolera. O sea, desde varios frentes vienen exigiendo al gobierno de turno que se realice este procedimiento que es Ley en el país y respaldado por el convenio 169 de la OIT.
En este escenario ha salido a pronunciarse a modo de aclaración el viceministro de Interculturalidad, Alfredo Luna, quien ha reconocido que la Consulta Previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y que la resolución que la declara improcedente “tiene un aspecto eminentemente técnico”, y que en el segundo artículo indica que cuando se configure un nuevo acto administrativo (puede ser un nuevo contrato) podrá producirse y evaluarse dicha consulta”.
Ojo, no dice prepararse y realizarse una Consulta Previa. Además, el viceministro señala algo que nos parece preocupante cuando indica que “hay que tener en cuenta que el proceso de Consulta Previa es un diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas”, sin recordar su rango legal. Tenemos que precisar que las conversaciones tienen su base en la Ley de Consulta Previa, que los voceros del Estado parece no lo quieren recordar explícitamente. Así no se construye diálogo.

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