Un tema muy sensible más aún si se enfoca desde el pensamiento religioso católico es el aborto o la interrupción de un proceso de gestación. Y teniendo en cuenta que en nuestro país el aborto está penalizado, ha resultado muy esclarecedora la exposición de la magistrada de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Roxana Carrión Ramírez, sobre el tema específico del Aborto Terapéutico.
En esta exposición han estado los que no tenían que faltar médicos, obstetras y abogados, quienes discutieron sobre las facetas relativas al aborto terapéutico en el Perú, estandarizar el manejo y asumir compromisos en el acceso de las mujeres a este servicio, fue una de las tareas resultantes de este encuentro de profesionales de la salud y del derecho.
Previo al debate la magistrada Carrión brindó una amplia información sobre los delitos contra la vida, los derechos y principios que nos protegen como son la dignidad, libre desarrollo de la personalidad, derecho a la igualdad, a la salud y no discriminación. Una temática de rigor para dar pase a mayores análisis teniendo en cuenta que está en juego la vida de una mujer (madre) y de un ser (embrión o feto).
Se hizo referencia a que el aborto está tipificado como delito en el Código Penal, artículos 114 al 120. Y también a que otra pauta se exhibe en la Guía Nacional para la Atención del Aborto Terapéutico en los hospitales y clínicas, asegurando la atención integral de la gestante en los casos de interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas, con consentimiento informado.
Siempre aclarando que cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente, en el marco de los derechos humanos, con enfoque de calidad, género e interculturalidad. Ha quedado claro también que todavía existen muchos vacíos legales ya que la atención del aborto terapéutico discrimina, y no es aplicable en los casos en que el embarazo es producido por violaciones sexuales u otro causal violento por lo que la mujer desea interrumpir su gestación.
Es que la ley además de tener una mirada masculina solo se considera la parte física en la salud de la mujer al decidir cuándo aplicar el aborto terapéutico, más no se mide el daño psicológico, emocional en la mujer cuando el embarazo es consecuencia de una violación sexual. Esto es terrible. Porque además tendrá que tener durante toda su existencia el recuerdo de un momento por demás traumático.
La ley tendría que facultar a la mujer decidir si continúa o interrumpe su embarazo, por razón propia, religiosa o lo que estime. Es un derecho no concedido a las mujeres en nuestro país. Es más que un clamor, es una exigencia. Es la libertad de tu propia vida, en el caso de embarazos por violaciones sexuales.
Lo Último
Aborto jurídico
Date:






