Lo dejaron libre. Mediante el auto de inicio de proceso, el Segundo Juzgado Penal, determinó que el abogado Francisco Dongo Arévalo, acusado por el ministerio público por el delito contra la libertad en la modalidad de proxenetismo, usuario- cliente y favorecimiento a la prostitución, sea puesto en libertad bajo mandato de comparecencia restringida, quedando sujeto a varias reglas de conducta.
Como se recuerda, Francisco Dongo, ex decano del colegio de abogados de Loreto, fue intervenido cuando se encontraba al interior de una de las habitaciones del hospedaje “Princess” en compañía de una menor de edad con quien según declaraciones de la menor mantuvo relaciones sexuales.
Pero según la manifestación policial de fojas 21, el abogado Francisco Dongo jamás mantuvo relaciones sexuales con la menor y que él estuvo en la habitación 7 del hospedaje esperando a su pareja sentimental y que la menor, a quien dijo no conocer, ingresó a su habitación.
“Al pasar unos 15 minutos, se apareció una chica delgada, pelo largo, de unos 20 años aproximadamente, quien poco a poco ingresó a la habitación y me preguntó si quería acompañarle, se sentó en la cama, luego cerró la puerta y en esos instantes llegó la policía”, indica la manifestación del abogado.
Sin embargo, en su manifestación la menor dijo que llegó al hospedaje en compañía de Fredy Ramírez, (acusado de ser él proxeneta), quien le dijo que el cliente en esta oportunidad era un abogado que ya le está esperando, por lo que fue hasta la habitación, y al ver a Francisco Dongo le dijo que Fredy le había mentido.
“Fredy cobró la suma de 150 soles, sí mantuvo relaciones sexuales con el abogado sólo un par de minutos y que sí utilizó preservativo, luego se bañaron y se cambiaron”, indica la manifestación.
Asimismo, hay que indicar que el certificado médico legista practicado a la menor de 16 años de edad, concluye: “Desfloración antigua con lesiones genitales por coito reciente, lesiones en ano por coito contra natura reciente.
Pero pese a todo esto, el abogado fue puesto en libertad al igual que la recepcionista del hospedaje que fue denunciada por el delito de favorecimiento a la prostitución, mientras que a Fredy Rolan Ramírez Tenazoa le ordenaron mandato de detención. (G.Ross)







Es increible como blindan a este personaje; es docente principal en la UCP el conoce todo lo que implica el tener relaciones sexuales con una menor y por eso el castigo debio ser drastico y contundente lamentablemente las autoridades del poder judicial otravez tienen una actuacion desastroza; diganme ustedes como confiar en ese poder del estado si demuestra corrupcion y favoritismo por demas descarado.
Debe ser expulsado de la UCP hay padres que tienen a sus hijas estudiando ahi y este prsonaje derrepente por notas puede abusar de las alumnas.
increible como actuado el poder judicial cualquier hijo del vecino ya estaria en GUAYABAMBA.
QUE PAYASOS, MEJOR QUE LA MENOR TENGA LA CULPA Y LE CAIGA TODO EL PESO DE LA LEY, Y FRANCISCO DONGO SEA LA VICTIMA, ASI ESTA EL PODER JUDICIAL SEÑORES, NADA MENOS PRESIDIDO POR ALDO ATARAMA LONZOY, UNA EMINENCIA EN LA JUSTICIA LORETANA, EN ESTA REGION NADIE SE PRONUNCIA RESPECTO A LOS ROBOS QUE HACEN LOS SACHA ABOGADO CON EL CUENTO DE LOS HONORARIOS, LOS DEJAN POBRES A SUS CLIENTES, MINTIENDOLES, AUNADO A ESTO QUE EN EL PROCESO LE ENSEÑAN A MENTIR, COMO EN ESTE CASO DEL ABOGADO DONGO, ESTA EVIDENTE EL CASO, PERO YA LO QUIERE MAQUILLAR QUE ESTUVO CON FEMINA ADULTA, QUE PAYASO Y NADA HONESTO ABOGADO DONGO, Y TODAVIA ES `PROFESOR EN LA SACHA UNIVERSIDAD «CIENTIFICA» DEL PERU
tal como lo imagine y despues se archiva el caso todo por quees abogado haber si uds hacen algo yo estare pendiente desde lima y confio en uds
amigos para aclarar el panorama. no lo hago para defender a este señor. en primer lugar. cuando se inicia un proceso penal no siempre será con mandato de detención ya que está es la excepción. en segundo lugar. para dictar detención hay requisitos
estos requisitos son que haya suficientes pruebas de la comisión del delito. que el delito investigado tenga una pena mayor a un año y el más importante que no haya peligro para el proceso. este último de no haber no puede darse detención.
pero en que consiste el peligro para el proceso. en dos cosas que el procesado puesto en libertad trate de huir para no ser sancionado por el delito o que perturbe el proceso. para esto el juez evalúa sí el procesado tiene domicilio conocido. un trabajo
arraigo familiar. participación activa en la sociedad. es decir condiciones para que el mismo no trate de huir o perturbar el proceso. entonces analicen ustedes mismos y saquen sus conclusiones para ver sí se podía dictas detención contra este señor.
Es que aqui ya no hay justicia, cada dia mas la corrupcion sigue su cause si hasta los que estan en el poder son los mas corruptos y quien los para? Nadie, es una burla, Ya no hay Valor empezando desde los hogares, ni los padres cuidan de sus hijos. Para ejemplo ahi esta la noticia.