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“A criterio del Ministerio Público sí se configura el delito de colusión”

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  • Fiscal Superior, Víctor Severino Cruz.
  • “El perjuicio no necesita ser real, basta que sea potencial”.
  • “Toda esa documentación (pruebas) que se ha hecho mención están en el cuaderno de debate”.

Durante la audiencia de apelación de sentencia realizada ayer sobre el caso de la elaboración del expediente técnico del Alcantarillado de Iquitos, uno de los momentos más intensos fue cuando el representante del Ministerio Público, sustentó la configuración del delito de colusión en base a documentos normativos legales, y que la defensa reclamó que esas pruebas eran nuevas y por tanto no son válidas”.
“Toda esa información que se ha dado acá es en base a documentación que está en el cuaderno de debates, ha sido expuesta en la audiencia de juzgamiento en primera instancia. La defensa dice que esas pruebas no se habían presentado, eso es una estrategia de defensa de ellos, pues”, declaró al término de la audiencia el fiscal superior Víctor Severino Cruz, y que lo señaló también ante el pleno de la Sala de Apelaciones.
Respecto a que si con estos documentos se puede probar el delito de colusión que habría cometido el señor Iván Vásquez con el Ing. Ricardo Rojas (quien dicen donó el expediente), declaró: “A criterio del Ministerio Público sí, yo he fundamentado y he sido claro, ahora no sé cuál va a ser el criterio de la sala”.
Sobre la mención a normativas legales del Estado en el sentido que el delito contra el mismo se puede configurar haya o no haya un perjuicio: “Lo que pasa es que uno de los presupuestos del tipo es, que aparte de la concertación es que exista una defraudación, en ese extremo la jurisprudencia ya ha marcado de que ese perjuicio no necesita ser real, basta que sea potencial. Incluso si al Estado tú le limitas esa posibilidad que tiene de escoger a la persona ideal para que te haga un servicio, un trabajo, si es que le limitas, ahí estás vulnerando”.
Según el formato Snip, el costo de la elaboración de ese perfil era de 325 mil soles. “Entonces la teoría del Ministerio Público es que si había un presupuesto, había un costo para que se realice ese estudio, por qué no se hizo, por qué no se convocó a una licitación pública”, se preguntó el fiscal superior.
“Ese perfil se ha donado, entre comillas. Para que se configure el delito de colusión no se necesita que se pague. El perjuicio está en que tú le limitas al Estado en esa posibilidad de elegir a un profesional que te realice un trabajo, para eso es una licitación pública”.
En relación a la responsabilidad directa del Gorel, manifestó: “Yo he sido muy claro en especificar que el Gorel no puede alegar de que no le correspondía, existía un convenio tripartito que se suscribe entre el Ministerio de Vivienda, Gorel y Sedaloreto. Sedaloreto en virtud a ese convenio le delega facultades para que el Gorel elabore el estudio. Y eso no lo hizo”, remarcó el fiscal Víctor Severino Cruz. (Diana LM.)

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