Juez declaró infundado pedido de excepción de improcedencia de acción solicitada por defensa de ex director de agricultura

Juez de investigación preparatoria Leoncio Bolaños Cusimayta, declaró infundado pedido del ex director de agricultura. Dra. Mónica Barrós, fiscal anticorrupción, estuvo a la altura del Ministerio Público como persecutor del delito.

-En juicio seguido sobre la entrega de créditos agrarios

– Ítalo Cardama, sigue inmerso en proceso hasta que se desarrolle juicio principal.

El ex director de agricultura (marzo 2007-abril 2008) Ítalo Cardama Vásquez, expresó ante el Juez de Investigación Preparatoria Leoncio Bolaños Cusimayta, estar absolutamente sorprendido por su inclusión en el proceso judicial respecto a los créditos agrarios otorgados por el gobierno regional, agregando que lo único que hizo él fue atender el requerimiento hecho por el ex gerente de desarrollo económico, Villavicencio La Torre.

 

Indicó que Villavicencio basó el pedido de un informe técnico a la dirección agraria, sobre la propuesta hecha por la señora Francisca Chota Salas, empresaria de PROASA, la empresa que ofrecía ejecutar todo el sistema de entrega de créditos, asegurando la recuperación del dinero del Estado. Hecho que no ha ocurrido a la fecha, cabe precisar que de los millones entregados, no se ha recuperado ni el 10% de la inversión total.

 

Juez de investigación preparatoria Leoncio Bolaños Cusimayta, declaró infundado pedido del ex director de agricultura. Dra. Mónica Barrós, fiscal anticorrupción, estuvo a la altura del Ministerio Público como persecutor del delito.
Juez de investigación preparatoria Leoncio Bolaños Cusimayta, declaró infundado pedido del ex director de agricultura. Dra. Mónica Barrós, fiscal anticorrupción, estuvo a la altura del Ministerio Público como persecutor del delito.

El abogado defensor de Ítalo Cardama, Kerlin Vásquez, sustentó el pedido de excepción de improcedencia de acción, o sea, para que saquen del proceso judicial en investigación a su patrocinado, puesto que él (Ítalo) sólo había seguido lo que manda el reglamento de organización de funciones de la institución que lideraba. Atender el requerimiento hecho por la gerencia de desarrollo económico, que solicitaba el informe técnico sobre la propuesta hecha por PROASA.

 

Para la doctora Mónica Barrós, fiscal anticorrupción, quien en esta oportunidad tuvo un desempeño impecable en cuanto al manejo de información total en el tema ya avanzado; lo expresado por el abogado Vásquez y su patrocinado no era así de simple como lo manifestaban.

 

«Ellos dicen que sólo cumplieron con su función ante el pedido hecho por desarrollo económico y no es así, el director emitió una opinión favorable sobre el requerimiento hecho y de esa opinión se desencadenó todo el proceso que vino posteriormente con los agravantes y los perjuicios al Estado Peruano. El es un profesional y debió haber estudiado mejor el requerimiento hecho por el ex gerente, además el informe lo hicieron 2 ingenieros, pero quien emite el informe final opinando favorablemente fue el ex director Ítalo Cardama, tal como se observa en los documentos que maneja el Ministerio Público», expresó de manera firme Barrós.

 

Agregó que la sustentación hecha por el abogado Kerlin Vásquez, no era suficiente, pues se había basado en el fondo de la denuncia principal de los créditos agrarios, que sería materia del juicio principal, no sustentando el porqué declarar fundado su pedido de excepción de improcedencia de acción para su patrocinado.

 

Por su parte, el Procurador Anticorrupción, Abog. Roldán Ruiz, ilustró sobre la excepción de improcedencia de acción, para lo que deben existir dos  requisitos especiales: cuando el hecho denunciado no está tipificado como delito en el Código o no es justiciable penalmente.

 

«O sea, que no se justifica que se inicie una investigación por los hechos que se le atribuyen. Acá el abogado defensor había expresado hechos referentes a la responsabilidad o irresponsabilidad de su patrocinado, lo que no puede dilucidarse en esta etapa. Si es responsable o no de lo que se le atribuye eso se verá en el cuaderno principal, en el juicio principal, no acá.

 

Acá lo que debió argumentar el abogado es si se justifica o no el inicio de una investigación por lo que le denuncian o atribuyen, si es delito o no para sustraerle del proceso, para que lo saquen de ahí y sea desvinculado del proceso. Ellos han interpuesto apelación ante el fallo dado por el Juez Leoncio Bolaños, quien dictaminó infundado el pedido de excepción de improcedencia de acción, ahora la Sala de Apelaciones tendrá que decidir si confirma o revoca el fallo dado por el juez de investigación preparatoria», explicó Ruiz Ruiz.