- Por lo que juez no ordenó la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.
Respecto al caso judicial que involucra a un padrastro como presunto autor de la violación de una niña de 11 años, la Corte de Loreto informa los dos elementos centrales en la decisión del juez para no dictar la prisión preventiva del investigado:
- La imputación fiscal indica que la presunta violación sexual ocurrió el 2 de julio del presente año, más el peritaje del propio Ministerio Público certifica la inexistencia de lesiones recientes que acrediten tal hecho.
- A su vez, el mismo peritaje identificó lesiones antiguas de violencia sexual; sin embargo, en su testimonio, la menor ha mencionado a otro sujeto (vecino) quien le habría agredido sexualmente en el pasado. Dicho sospechoso no está imputado en la investigación del Ministerio Público.
Por lo que, al no estar suficiente y debidamente acreditados los elementos de convicción, el juez resolvió declarar infundado el pedido de prisión preventiva del Ministerio Público, ordenando la comparecencia con restricciones.
Cabe indicar que en el expediente no existe pedido de aborto terapéutico de la menor.
La Corte de Loreto informa para conocimiento de la comunidad en general.