RECTIFICACIONES

EDICTO
En el Exp. Nº 00336-2011; de Juzgado de Paz Letrado de San Juan de la sede principal, a cargo de la Dra. Marlene Carmen Tisce Traverso, sobre la solicitud presentada por ESPIRITA MORI LOPEZ de Inscripción de Partida de Defunción de su señor padre MAMERTO MORI MORI, la Juez ha expedido la siguiente Res. Nº 2; Iquitos 30-03-2011; ADMITIR a trámite la presente solicitud de INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION en la VIA NO CONTENCIOSO y conforme a lo prescrito en el Art. 828º del Código Procesal Civil, PUBLIQUESE por una vez en el Diario Oficial el PERUANO y en el Diario Oficial de la  Corte Superior de Justicia de Loreto asimismo CITASE para la Audiencia de Actuación de Pruebas y Declaración Judicial, el VEINTISIETE DE ABRIL del año en curso las ONCE de la mañana, en el local del juzgado notificándose a las partes para su concurrencia. Interviniendo la señora Juez que suscribe y la secretaria que autoriza abogada. Marly Castro Pizango.
Abog. MARLY CASTRO PIZANGO
Secretaria Judicial
Juzgado Paz Letrado San Juan
V-1(18)
(S/.7.60)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; la señora: SILVIA GRISELDA DIAZ CAPUENA, Expediente Nº 05757-2011, solicita la Rectificación Administrativa del acta de NACIMIENTO de FABIAN CAHUAZA DIAZ, registrado en el Libro Nº 1348, Folio Nº 68308181, año 2010, quien manifiesta que por error se omitió en el cuerpo del acta del titular, el segundo pre-nombre de la progenitora como GRISELADA, debiendo ser lo correcto “SILVIA GRISELDA”, teniendo como medio probatorio el acta de nacimiento de su progenitora; por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S.015-98-PCM, que reglamente la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 13 de Abril de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(18)
(S/.10.00)