La Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) declaró ilegal la paralización realizada el día 12 de enero de 2011 y que fue convocada por la dirigencia del Sindicato Unitario de Trabajadores de la UNAP (SUTUNAP), por haber incumplido una serie de normas y leyes establecidas en la Constitución Política del Estado.
La declaratoria se basa en que es potestad de la autoridad universitaria, determinar los actos de administración interna, destinados a organizar y hacer funcionar los diversos servicios de la institución, y se establece que la forma como se planteó este paro no fue la correcta, por cuanto no se utilizó el procedimiento establecido para estos casos.
Si bien el SUTUNAP envió un oficio comunicando de la medida de lucha con fecha 11 de enero de 2011, se advierte que éste carece de los requisitos mínimos exigidos por la ley, en razón a que la organización sindical no ha demostrado que la decisión de llevar a cabo su medida haya sido adoptada por la mayoría de sus miembros, puesto que no acompañó el acta de asamblea correspondiente y menos aún, que se haya comunicado con la anticipación previa de 10 días al empleador, por tratarse de una entidad de la administración pública que brinda servicios educativos, incumpliéndose con lo dispuestos en los incisos b y c del Art. 73 del texto único ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
Hay que tener en consideración que el ejercicio del derecho de huelga o paro, supone haber agotado previamente la negociación directa entre las partes, respecto a la materia controvertida, lo que para el caso no se ha producido; por cuanto las autoridades de la UNAP en ningún momento se han negado al diálogo; al contario, siempre estuvieron prestas a escuchar a los trabajadores y llegar a una solución concertada. (UNAP)