EDICTO
En el expediente Nº 00511-2015-0-1903-JR-CI-02, el señor Juez del 2do. Juzgado Civil de Maynas, por Resolución Nº 02, de fecha 30 de julio del 2015, ha dispuesto se efectúe las publicaciones en el diario de mayor circulación con extracto de la demanda y auto admisorio.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO- Iquitos, quince de mayo del dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por ROSA ALEJANDRINA SÁENZ LÓPEZ, contra ANA DEL CARMEN RODRIGUEZ VELA DE THOMAS, Y FRANK WILLIAM THOMAS sobre Nulidad de Acto Jurídico, en la vía de Proceso de Conocimiento, a efectos de que se declare NULO la Escritura Pública de fecha 22 de Octubre del 2013, ante Notaria Florentino Quispe Ramos, Sobre Compra Venta, por ser la actora ajena a toda suscripción, y no haber otorgado manifestación de voluntad alguna en su calidad de propietaria, a favor de los demandados sobre acto jurídico cuestionado, del bien inscrito en la Partida Electrónica 00014181 de los RR.PP., ubicado en Calle Putumayo 822 – Iquitos. Y desconociendo el actual domicilio, notifíquese a los emplazados por edicto, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, para que en el plazo de 30 días cumplan con absolver la demandal. Fdo. SERGIO ANTONIO DEL AGUILA SALINAS, JUEZ. Fdo. SARINE MORI SAJAMI, SEC.
Abog. SARINE M. DEL JESUS MORI SAJAMI
Secretaria Judicial
2do. Juzgado Especializado Civil de Maynas
V-3(02,03 y 04)B/34717
S/.103.50