La necesidad de un proceso eficaz, justo y tramitado en un plazo razonable representa en la actualidad el principal clamor de la sociedad peruana, especialmente cuando se trata de un proceso penal, toda vez que implica la restricción de uno de los derechos fundamentales de la persona como es el derecho a la libertad.
En efecto, en un proceso penal el derecho a la libertad es restringido no sólo cuando se dicta un mandato de detención contra el procesado, sino también cuando se dispone la comparecencia restringida, en la medida que el inculpado se ve impedido de ejercer varios de sus derechos conexos al derecho a la libertad como el de tránsito y el de libre comunicación, todo esto está cambiando con la implementación del nuevo modelo procesal penal.
Es por ello que en Loreto se intensifican estas capacitaciones a diversas instituciones que albergan profesionales de distintas especialidades. Para este sábado de 09 de la mañana a 1:00 de la tarde, se desarrollará un seminario de capacitación del Nuevo modelo procesal penal, esta vez dirigido a periodistas.
Este seminario, promovido por la Dirección general de Defensa Pública, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, forma parte del programa de actividades académicas de capacitación a periodistas de Loreto.
El modelo procesal penal propuesto, se caracteriza por afirmar los principios básicos de un proceso penal respetuoso de los derechos humanos y protector de la seguridad ciudadana. Se debe tener en cuenta que, en el proceso penal se enfrentan los intereses colectivos con los individuales, siendo dirimidos éstos durante dicho proceso.
En este sentido, el Estado debe proteger al individuo de una persecución injusta y de una privación inadecuada de su libertad. Así, el imputado debe tener ocasión suficiente para defenderse, la meta del derecho procesal penal no es el castigo de una persona, idealmente del culpable, sino la decisión sobre una sospecha.
La estructura del nuevo modelo de proceso penal apunta a constituir un tipo de proceso único para todos los delitos perseguibles por ejercicio público de la acción penal, que se inicie con la actividad preparatoria de investigación bajo la dirección del fiscal, continúe con la acusación, la audiencia preliminar y el juicio oral.
La idea del proceso único no excluye los procesos consensuales y abreviados, como la suspensión condicional del proceso, la terminación anticipada del mismo, entre otros que podrán tener lugar durante toda la etapa preparatoria, e inclusive antes de que se presente la acusación.
Para el desarrollo de este seminario está la presencia del director general de Defensa Pública y acceso a la Justicia, Ernesto Lechuga, así como otros especialistas como Wilber Espino Medrano, José Manuel Tello, entre otros. (MIPR)