Por: Abogado JONATHAN DAPENA MORALES
Es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración. Su naturaleza es comunitaria y representa a los pueblos de la Comunidad Andina. Los orígenes del Parlamento Andino están vinculados a la firma del Acuerdo de Cartagena suscrito el 26 de mayo de 1969, donde los países bolivarianos se reunieron en lo que se llamaría inicialmente Pacto Andino y en lo que hoy es la Comunidad Andina (CAN), con el objetivo de fortalecer sus economías a través del libre comercio, la eliminación de aranceles y la unión aduanera. Si bien su creación no se contempla de manera explícita en este Acuerdo, instrumentos como la Declaración de Bogotá en 1978, el Mandato de Cartagena en 1979, y la Declaración de Presidentes de Quito del 11 de agosto de 1979 apoyan la creación de un Parlamento para los países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones.
El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control de la Comunidad Andina y representa a los 120 millones de habitantes de dicha Comunidad. Fue creado el 25 de octubre de 1979 en La Paz, a través del Tratado Constitutivo suscrito por los cancilleres de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Entró en vigencia en enero de 1984. Tiene sede en Bogotá (Colombia), aunque primero funcionó en Lima (Perú). Pero estos países, que en un comienzo se asociaron sólo por razones económicas, se dieron cuenta de que la integración no debía ser únicamente comercial, por lo que crearon una serie de órganos e instituciones que trabajaran por otros aspectos, tales como política, educación, salud, trabajo, justicia, etc. De esta forma nace el Parlamento Andino, órgano encargado de velar que el proceso de integración represente los intereses de los ciudadanos andinos.
Su misión no es legislar, sino brindar consejos y dar su opinión sobre algún tema que afecte a algún miembro de la Comunidad Andina.
La declaración de Caracas del 27 de septiembre de 1979, determinó la constitución del Parlamento Andino y el 2 de octubre del mismo año, se expidió el Acta de Panamá, donde se señala el 25 de ese mes y año, como la fecha acordada para la suscripción de su Tratado Constitutivo, en la Paz, Bolivia.
Uno de los propósitos fundamentales contemplados en éste Tratado, es el de sustentar en la Subregión Andina el pleno imperio de la libertad, la justicia social y la democracia en su más amplio ejercicio participativo.
¿CÓMO SE ELIGE A SUS REPRESENTANTES?
Entre 1984 y 1996 eran electos por los congresos nacionales de los países miembros. Según el Protocolo de Trujillo, aprobada el 10 de marzo de 1996, sus representantes son elegidos por un período de 5 años en forma directa (elección de sus representantes por sufragio universal y directo) por los respectivos países integrantes de la Comunidad Andina. Los representantes del Parlamento Andino, son elegidos en cada país miembro en la fecha en se efectúan elecciones legislativas u otras generales, pudiendo ser comicios especiales, de conformidad con su propia legislación.
BENEFICIOS DIRECTOS DE ESTAS ELECCIONES
- Creación de puestos de trabajo, gracias a los proyectos sociales comunitarios que han sido elaborados por el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina.
- Erradicación del trabajo infantil y protección a los trabajadores adolescentes para asegurar el bienestar de nuestra infancia, a través del fortalecimiento de políticas sociales públicas que se llevarán a cabo con la implementación del Plan Integrado de Desarrollo Social, que ha sido creado por el Consejo Presidencial Andino.
- Mejora de la educación mediante el otorgamiento de subsidios y becas, así como la convalidación de estudios universitarios entre los países andinos, gracias a la adopción de un conjunto de lineamientos y principios ( Decisión 439 de la Comunidad Andina, 1998) que permitirán una mayor armonización y reconocimiento de los currículos de estudios superiores y profesionales en los países de la Comunidad Andina, que aseguren y hagan efectivo el Derecho a la educación universal, gratuita y de calidad.
- Aumento de las exportaciones e importaciones intracomunitarias que permiten un mayor crecimiento económico de cada país andino, y a la vez de toda la Comunidad Andina.
- Mayor legitimidad para representar no sólo los intereses de cada nación, sino de todos los países andinos, gracias a la armonización de las leyes y normas nacionales con las de los demás países miembros.
¿CUANTOS MIEMBROS LO INTEGRAN?
El Parlamento Andino está constituido por cinco representantes titulares por cada país miembro de la Comunidad Andina (Bolivia, Perú, Colombia, Ecuador). Lo cual da un total de 20 parlamentarios. El Protocolo Adicional dispone que cada representante titular tenga dos representantes alternos que lo suplirán en caso de ausencia temporal o vacancia. Antes del retiro de Venezuela de la CAN, la cantidad de parlamentarios eran 25.
OBJETIVOS
El Parlamento Andino, en cumplimiento de sus objetivos, debe promover la participación de los pueblos como actores directos del Proceso de Integración latinoamericano; sin descuidar el afianzamiento del sistema democrático, de la paz y la justicia internacional y el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos.
Los objetivos que promueve el Parlamento Andino son los siguientes:
- Incentivar la participación de las naciones y de la ciudadanía.
- Armonizar las leyes de los países andinos.
- Proteger los derechos humanos, la justicia social y la democracia.
- Representar a los pueblos andinos, creando un canal de Participación Ciudadana para asegurar y sustentar el ejercicio de la libertad, la justicia y la democracia entre los países miembros.
- Armonizar las leyes de los países andinos, para obtener mayores beneficios para sus pueblos.
Promover y Orientar a los pueblos andinos sobre la importancia del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la Integración Latinoamericana.
FUNCIONES
El Parlamento Andino cumple con las siguientes funciones:
a. Función Constituyente.- Sugerir las acciones o decisiones necesarias para modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos en relación con los objetivos programáticos y la estructura institucional del Sistema Andino de Integración.
b. Función Legislativa.- Participar mediante sugerencias en la generación normativa del Proceso Andino de Integración sobre temas de interés común para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, así como promover la armonización de las legislaciones de los países miembros.
c. Función de Control Político.- Examinar la marcha del proceso requiriendo información periódica a los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, a través del mecanismo del observatorio de integración.
d. Función Fiscalizadora.- Como Órgano Deliberante, examinar excepcionalmente la conducta de altos funcionarios de los Órganos e Instituciones de la Comunidad Andina por responsabilidades políticas en la marcha del proceso o en el cumplimiento de sus funciones.
e. Función Electoral.- Elegir a sus dignidades, así como a la de los Órganos Subsidiarios del Parlamento.
f. Función Administrativa.- Para establecer la organización y funcionamiento del Parlamento Andino y sus órganos.
g. Función de Control Público.- Para emplazar a cualquier persona natural o jurídica, a efecto de que rinda información oral o escrita sobre hechos relacionados con las indagaciones que una de las Comisiones del Parlamento adelante.
FUNCIÓN DE PROTOCOLO.- En la búsqueda de mecanismos de promoción económica, política, cultural, social y deportiva que permitan consolidar el proceso, así como promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los países miembros, Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración y de terceros países en general; y, atender y recibir a Jefes de Estados de los gobiernos de los países miembros y otras altas autoridades que visiten nuestro organismo.
El tratado constitutivo entró en vigencia en enero de 1984, al ser ratificado por los Estados Miembros y acto seguido, se acordó que la sede del Organismo Deliberante de la Comunidad Andina, sería la Ciudad de Santa Fe de Bogotá.
¿CUÁL ES LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES?
La Asamblea del Parlamento Andino celebrará ocho Sesiones Ordinarias anuales en la sede central, ubicada en Bogotá, Colombia. Asimismo, el Parlamento Andino podrá reunirse en forma extraordinaria para conocer los asuntos urgentes y específicos, cuando así lo solicite por lo menos un tercio de los representantes. El Parlamento Andino, Capítulo Perú, independientemente de estas sesiones, realiza reuniones periódicas de trabajo.
¿QUÉ HACEN LOS PARLAMENTARIOS ANDINOS CUANDO NO SE REUNEN?
Los Parlamentarios Andinos, en función de las tareas que deben desarrollar en cada una de las Comisiones a las que pertenecen, mantendrán la continuidad de sus labores en coordinación con sus Presidentes y la Mesa Directiva. En caso necesario, convocarán a sesiones especiales en uno de los países miembros. Asimismo, llevarán a cabo labores de orientación y promoción del Proceso de Integración Subregional Andino, promoviendo reuniones, encuentros con representantes de la sociedad civil, gremiales y del sector público en el marco de lo que se ha denominado Observatorio al Seguimiento al Proceso Andino de Integración.
¿CUÁL ES LA PRINCIPAL DIFERENCIA ENTRE EL PARLAMENTO ANDINO Y EL PARLAMENTO EUROPEO?
En la actualidad la principal diferencia se refiere a la capacidad de co-legislación que tiene el Parlamento Europeo y que el Parlamento Andino aún no lo tiene.
En el caso andino, los órganos con capacidad de legislar a nivel comunitario son el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina que emiten Decisiones y la Secretaría General de la Comunidad Andina que emite Resoluciones, por encargo de los dos órganos anteriores. En tanto que en Europa, para ciertos casos específicos, esta facultad es compartida entre el Consejo y el Parlamento Europeo. Esta es una aspiración del Parlamento Andino que se aspira concretar con su legitimación y consolidación cuando se establezca la elección directa de sus representantes en los cuatro Países Miembros de la Comunidad Andina.