Tomando como base lo que manifestara en su momento el doctor Fernando Rodríguez Patrón, Jefe de la OROP del JNE, señalaremos que se define como partido político a un conjunto o agregado de personas que siguen y defienden una misma opinión o causa. Un destacado analista político asegura que «es una comunidad con una estructura particular, cuyo objetivo es conquistar el poder y ejercerlo».
Curiosamente la ley 28094 (ley de Partidos Políticos) no define lo que es un partido político, pero señala que estos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política y base del sistema democrático.
También son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado, cuyo objetivo es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la ley en mención.
Para inscribirse en el JNE, la ley orgánica de elecciones (ley 26859) en su artículo 88 exige los siguientes requisitos: Solicitud dirigida al JNE. Relación de adherentes que deberá ser el 1% del total de votantes del proceso electoral próximo anterior. También, presentación en microfilm o medio de reproducción electrónica, de la relación de adherentes y su número de DNI.
Ahora, para inscribir un partido político ante el JNE, el artículo 5to. de la ley dice: De acuerdo a lo dispuesto por el citado artículo, para constituir un partido político se requiere: Acta de Fundación, Relación de adherentes, actas constitutivas de comités provinciales, estatuto, designación de personeros legales y técnicos, y designación de representantes legales.
Debe señalarse que el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos, si, bien invalida la intención de inscripción, no la descarta totalmente, pues cada institución política tiene la opción de enmendar el error en plazos adecuados.
Por ejemplo, para las elecciones pasadas en Loreto solicitaron inscribirse 47 instituciones políticas, de todas ellas fueron aceptadas 26 y rechazadas 21.
Hasta aquí la parte primaria de los requisitos a cumplir para inscribir un partido político, mañana ubicaremos un análisis de los requisitos para tal acto de inscripción.