Trabajadores menores de edad deben tener condiciones de seguridad

  • “Mediante las oficinas de inspección supervisaremos a las empresas”, indica abogado de la Dirección de Trabajo

 

Teniendo en cuenta que un menor de edad sí puede trabajar siempre y cuando tenga la autorización de sus padres o tutores, se tiene que plantear a los niños desde qué punto la Constitución Política del Perú les ampara.

“La fortaleza de un menor está entre los 14 años a 17 años, aunque aquí se ve menores tan pequeños que laboran y eso mayormente porque tienen tan grandes necesidades que sus padres les mandan a trabajar muchas veces exponiéndolos ante la sociedad.

El problema a donde nosotros apuntamos es a las condiciones de seguridad que casi nunca tienen, por eso se están tomando medidas a través de las oficinas de inspección, que estarán encargadas de supervisar las micro y medianas empresas de las cuadrantes norte, sur, este y oeste de la región.

De esa manera, vamos a vincularles al entorno laboral, la protección y seguridad del trabajador menor de edad. No solamente es que no les pagan, sino que les pagan mal, no les dan boletas, no pagan seguro, AFP, trabajan más de ocho horas. También no es igual trabajar en la mañana que en la noche. Si no están bien remunerados, a eso se le llama explotación.

Más que la informalidad, existe el abuso y la apropiación del derecho a la remuneración por trabajo”, indicó el abogado Ricardo Martín Paima Armas, asesor de la Oficina de Conciliación de la Dirección Regional de Trabajo. (Gonzalo López)