“Tenemos que hacer justicia que contribuya a la sociedad”

– Doctor Carlos Del Piélago Cárdenas
doctor carlos del Piélago

El presidente de la Sala de Apelaciones y Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto doctor Carlos Del Piélago Cárdenas con relación al taller que se realizará el viernes 06 de agosto referente a la “Imputación Concreta “ y otros temas dijo; debo señalar que no se habla de imputación objetiva que es un tema distinto, hablamos del principio de imputación necesaria o imputación concreta. Toda persona a quien se le atribuye un delito, tiene un derecho fundamental que está establecido en la Constitución en el artículo 139 inciso 14 y 15, en la parte de los derechos internacionales y políticos, en la declaración humana de derechos humanos artículo 8 párrafo 2, en el artículo 9 del CPP del año 2004 que dice; “toda persona tiene derecho inviolable e irrestricto a que se le comunique de inmediato la imputación formulada en su contra. Vale decir que si una persona no sabe de qué se le acusa, no va poder defenderse.
Muchas veces existen acusaciones que no reúnen los requisitos que establece la Ley y que han sido desarrollados inclusive por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es decir son violaciones que no se pueden permitir, razón por lo cual consideré que era necesario hacer una exposición académica para que los estudiantes de derecho, los abogados y el público en general interesado en el tema, los fiscales, asistan y podamos dialogar sobre el tema de la imputación concreta dijo el doctor Del Piélago.
El tema de la imputación concreta es muy importante, porque no se puede decir tú mataste, sino que acompañada a ella debe estar la relación que hace que una persona sea presumiblemente autora del delito y tener los elementos de convicción que acredite que hay indicios de la comisión del delito. Decir a alguien eres responsable de tal cosa, significa simplemente no decir nada, porque esa persona va decir yo no soy. Si dicen usted es responsable del accidente de tránsito ¿cuál accidente de tránsito? se tiene que remitirse a los hechos y con que se basa a la imputación. Hemos visto que existen acusaciones sobre todo en delitos de violación sexual, donde las penas son muy graves (30 a 35 años y hasta cadena perpetua), donde las tesis de imputaciones indican de que algo ocurrió, y a veces las imputaciones han sido usadas como una manera de hacerle daño a las otras personas.
En los medios de comunicación, salió un reportaje de cómo un abogado y tres personas, se habían permitido ir a extorsionar a una persona denunciada de violación. Que a alguien lo acusen de violación de manera mecánica y le digan que le van a internar en el penal, diciéndole que es un delito muy grave, violando los derechos; es decir, la imputación concreta debe ser la base para analizar una medida cautelar, porque las medidas cautelares se dictan porque existe presión de los medios de comunicación, porque dicen que es el delito muy grave y porque no tienen trabajo; es decir,  en un país donde la mayoría no tiene trabajo, “todos deberían estar presos”.
Además, el doctor Del Piélago mencionó, es necesario entender que la base de la defensa y el trabajo del proceso está en saber qué cosa se atribuye, para saber de qué se va a defender y no simplemente una acusación de orden moral que es indefendible, porque no es un tema jurídico; sin embargo, en más de una oportunidad hemos encontrado en los procesos que se discuten asuntos de orden moral, que no debió llegar jamás al Poder Judicial.
Hay un caso que actualmente se está discutiendo por un caso de peculado por veinte soles, treinta soles, por la no rendición de viáticos; es decir, vamos a activar el aparato judicial por una tesis porque no se rindió cuenta de esos montos, si solamente en el trámite del proceso ya se debe haber gastado unos ocho mil a diez mil soles; si se hubiese hecho una imputación objetiva concreta, habríamos encontrado que es innecesario el proceso y se hubiera ahorrado, ahora tenemos que resolver ya en el juicio oral algo que debió resolverse desde un inicio y lo preocupante es que este tipo de casos tienen cinco a más años de antigüedad.
Para que las imputaciones sean concretas, se debe tener una capacitación constante y debería haber una escuela de formación hasta de un año para que puedan tener una imputación definida. Hemos conversado con un magistrado chileno, quien dijo que en ese país pasó lo mismo. Es decir, se requiere tiempo, se requiere permanencia en los puestos de trabajo, pero en la CSJLO hay rotación de personal por los contratos públicos que son muy difíciles, porque hay gente que se capacita y se va; es decir, pierde el Poder Judicial, pierde la sociedad, porque se pierde un proceso y esto es preocupante que afecta a todo el sistema de justicia. La capacitación es constante estudio, sostuvo el doctor Carlos Del Piélago.
Cuando se dice a usted se le dio, se debe investigar con que resolución se dio, si se tenía que rendir cuenta, se olvidó el Estado de que se rinda cuenta. Si se pide un anticipo de salario, no se comete ningún delito porque es su remuneración y no se rinde cuenta a nadie. Pero si es comisiones para rendir cuenta, eso es otra cosa, y se tiene que saber si se hizo el trabajo o no, se rindió cuenta con documentos válidos, todo ese tipo de cosas se tiene que estudiar, pero se tiene que tener sólidamente las bases que atribuyen un delito,  también los elementos de prueba y acreditarlos. Nos ahorraríamos mucho tiempo si las cosas se hicieran bien.
En los casos de narcotráfico, cuando alguien está adentro de una oficina, sin embargo al que se encuentra fuera, le encuentran droga, y por estar adentro también los llevan e inclusive los abren procesos por ser cómplices, entonces la pregunta es ¿Qué tenían que hacer los que estaban adentro con las personas que se encontraba afuera? Eso no es una imputación  y un buen fiscal hubiera dicho aquí no hay nada para acusar, pero a veces hay presiones y hay gente que sale a decir que se está teniendo éxito  en la lucha contra las drogas, y eso no sería cierto. Entonces a la gente se le debe imputar por lo que es.
El doctor Del Piélago dijo, hace algunos días absolvimos a una persona que estuvo inmerso en un caso de violación sexual, es decir alguien lo acusó y eso no es tolerable, porque se vulneran los derechos fundamentales, entonces el tema que se va a tratar el próximo viernes 06 es para conversar que las cosas se hagan bien  y qué es lo que se tiene que hacer para que la justicia sea más efectiva y no perder el tiempo.
También el doctor del Piélago, indicó que los delitos por conducir en estado de ebriedad ni siquiera deberían judicializarse, deberían ser resueltos en la fiscalía aplicando el principio de oportunidad, y si no se aplica estamos perdiendo. El delito por manejar en estado de ebriedad no solamente se soluciona con prisión o multa, lo que pasa que la gente piensa que todo es cárcel, ya existe sentencia del Tribunal Constitucional sobre este caso. Y en ningún caso los jueces de primera instancia han explicado por qué no se aplica la multa o de servicio a la comunidad, y no lo explican porque no lo saben, así de simple y consideran como mucha gente  que es la prisión la pena que se tiene que aplicar cuando el código claramente dice qué es lo que se tiene que hacer. La norma nos indica que tenemos que hacer que la justicia contribuya a la sociedad, enfatizó. (W.Gil)