SALA PENAL

SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
SENTENCIA
EXP. Nº: 00128 – 2009- 0-1903-SP-PE-01
IMPUTADO: ÁNGEL ELISBAN PANAIFO CHUNG
DELITO: VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD.
AGRAVIADA: D.R.V.H (13)
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y CINCO
Iquitos, veintitrés de diciembre del Dos Mil veintiuno.
AUTOS; VISTOS Y OIDOS; Que, conforme aparece de las actas de las fechas que corresponde, se tiene que, viene en conocimiento de la 2° Sala de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, la presente causa seguida contra el imputado ÁNGEL ELISBAN PANIFO CHUNG a quien se les procesa por el delito de VIOLACION SEXUAL EN AGRAVIO DE MENOR DE EDAD – previsto y sancionado en el artículo 173. 2º del Código penal; delito cometido en agravio de la menor de iniciales D.R.V.H. (13). (…)Que, conforme lo ha sostenido la Corte Suprema de la República en reiteradas Ejecutorias Supremas para emitir una sentencia condenatoria en un caso de esta naturaleza se requiere de uniformidad de lo sostenido por el agraviado en cuanto a sus manifestaciones que indudablemente estén corroborados sus dichos con otros medios de prueba que generen la convicción en el Juzgador no sólo de que los hechos se han producido, sino también que exista la vinculación entre estos hechos y el imputado a fin de determinar la responsabilidad de la comisión del ilícito penal, situación que como lo hemos anotado anteriormente no se ha producido en la presente causa, situación que lleva no sólo a la duda del juzgador sino a sostener que la presunción de inocencia, que es un derecho absoluto de naturaleza constitucional, no se ha vencido, pues la única y sola versión de la menor han generado una situación de duda por su no claridad y la falta de otros medios de prueba que corroboren la inicial imputación que se ha desvanecido por las imprecisiones y contradicciones de la agraviada, no generan convicción en el Juzgador sobre algún nivel de responsabilidad del imputado, obrando hacia él la duda razonable en su favor. DECISIÓN: Por estos fundamentos esta Sala de conformidad con lo establecido en el artículo 284º del código de procedimientos penales en concordancia con los principios contenidos en la declaración universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Humanos, Convención Americana de Derechos Humanos. RESUELVE: ABSOLVER A ÁNGEL ELISBAN PANAIFO CHUNG de la acusación penal por el delito de violación sexual de menor de edad, delito previsto y sancionado en el artículo 173.2 del código penal en agravio de la menor de edad de iniciales D.R.V.H. (13). Para asegurar la notificación, se dispone se notifique a las partes, vía edicto web y penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”, cuyas publicaciones deberán ser insertadas al expediente, bajo responsabilidad; hágase saber, con citación. (…).
Iquitos, 05 de Abril del 2022
V-3(06,07 y 08)