SALA PENAL

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00043-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
MINISTERIO PUBLICO: 1RA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA,
IMPUTADO: HUAMA NAPUCHI, ABEL
DELITO: HURTO AGRAVADO.
BAOS ANGULO, JHON BARNARD
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: EMPRESA AMAZONAS MACHINERY TRADING SAC,
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE
Iquitos, tres de mayo Del Año dos mil diecinueve.
DADO CUENTA de autos con el Dictamen Penal Superior que antecede: agréguese a los autos;  y del proceso seguido contra ABEL HUAMAN NAPUCHI, por el DELITO DE HURTO AGRAVADO, en agravio de EMPRESA AMAZONAS MACHINERY TRADING SAC; en mérito a la APELACIÓN interpuesta Contra la Sentencia contenida en la resolución número VEINTIUNO de fecha treinta y uno de enero del dos mil dieciocho, formulado por el sentenciado Abel HUaman Napuchi; y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación, por Edicto de Ley en el Diario “La Región”, edicto web, sin perjuicio de notificarlo en su Casilla Electrónica N° 20446 bajo responsabilidad, a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(10,13 y 14)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00103-2010-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
MINISTERIO PUBLICO: PRIMERA FISCALIA PENAL, CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: DEL AGUILA PAREDES, NILO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 7-10 AÑOS).
DEL AGUILA PAREDES, NILO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 7-10 AÑOS).
AGRAVIADO: S L, LD.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA
Iquitos, tres de mayo Del Año dos mil diecinueve.
DADO CUENTA con el Dictamen Penal Superior que antecede: agréguese a los autos; y del presente proceso seguido contra NILO DEL ÁGUILA PAREDES, por el DELITO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de menor de iníciales S.L.L.D..; en mérito a la APELACIÓN interpuesta Contra la Sentencia contenida en la resolución número TREINTA Y SEIS, formulado por el abogado del sentenciado; y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación y por Edicto de Ley en el Diario “La Región” y edicto web, sin perjuicio de notificarlo por su casilla electrónica N° 40260. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(10,13 y 14)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01453-2008-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
MINISTERIO PUBLICO: PRIMERA FISCALIA, PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
PARTE CIVIL: HUANSI SALINAS, MARIA LUISA
IMPUTADO: NAVARRO SILVA, BERNARDO
DELITO    : ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 7-10 AÑOS).
AGRAVIADO: AMRSH.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y CINCO
Iquitos, tres de mayo Del Año dos mil diecinueve.
DADO CUENTA con el Dictamen Penal Superior que antecede: agréguese a los autos;  y en el proceso seguido contra BERNARDO NAVARRO SILVA, por el DELITO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de menor de iníciales AMRSH., en mérito a la APELACIÓN interpuesta Contra la Sentencia contenida en la resolución número cincuenta y nueve¸ formulada por  el defensor público asignado a la defensa del sentenciado Bernardo Navarro Silva; y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación y por Edicto de Ley en el Diario “La Región” bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento Por otro lado estando a lo expuesto en la razón de relatoría que antecede, recomiéndese al Personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Disponiéndose notificar al procesado en la casilla electrónica N° 41027. SUSCRIBIENDO a presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(10,13 y 14)