SALA PENAL

EDICTO PENAL
EXP. N°:  00197-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z PASQUEL GARCIA 
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00197-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: GARCIA SUNCION, MARIO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: EPS SEDALORETO SA, 
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES
Iquitos, treinta y uno de octubre del año dos mil diecisiete.
AUTOS Y VISTOS; de conformidad con lo opinado por el Señor Fiscal Superior, en el Dictamen de fojas 3043/3063, con los escritos que Anteceden Asimismo, DECLARARON
HABER MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL contra MARIO GARCIA SUNCIÓN por el DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS-PECULADO  DOLOSO,  ilícito  penal  previsto  y sancionado  en  el  primer  párrafo  del  artículo  387º  del  Código  Penal  (de conformidad con la modificatoria de la Ley N° 26198, publicada el 13 de junio de  1993,  en  agravio  de  la  EMPRESA  PRESTADORA  DE  SERVICIOS  DE SANEAMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LORETO); y conforme al estado del proceso, por disposición superior: PROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO  DOS  MIL  DIECIOCHO  a  horas  NUEVE  CON  TREINTA  MINUTOS  DE  LA MAÑANA (09:30 AM); en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, Av.  Grau  N°  720-  3er  Piso-Iquitos; DISPUSIERON se  cumpla  con  notificar  al acusado (Libre)  MARIO  GARCIA  SUNCIÓN,  en  su  domicilio  real  y  procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo  apercibimiento de Variarse  el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura  e  internamiento  en  el  Establecimiento  Penal  de  Sentenciados  e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado Defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución;
MANDARON se  oficie  a  las  entidades  pertinentes  a  fin  de  recabar  los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC de los acusados, los mismos que  deberán ser agregados a los autos; MANDARON se recabe la declaración testimonial de JULIOA A. MEZA DOMINGUEZ y CHARLI MICHEL MANANITA, a efectos de que concurra a la audiencia, a fin de que narre la forma y circunstancia en que sucedieron  los  hechos. MANDARON se cumpla con notificar al señor Procurador Publico Respectivo, dándole a conocer la fecha y hora de esta Audiencia, MANDARON se Oficie a la Oficina de Administración para la designación de dos peritos contables para que procedan a la realización de una Pericia Contable con la finalidad de determinar el verdadero monto con el que se ha perjudicado al Estado, así como con el monto apropiado por el acusado. MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación y por Edicto de Ley en el Diario “La Región” bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento Por otro lado estando a lo expuesto en la razón de relatoría que antecede, recomiéndese al Personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, AMORETTI MARTINEZ integrantes de esta Sala Penal. Interviniendo la Magistrada CARRION RAMIREZ por licencia por vacaciones judiciales del magistrado DEL ROSARIO CORNEJO.
SS.  ATARAMA LONZOY
AMORETTI MARTINEZ. 
CARRION RAMIREZ.
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AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
La Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, pone en conocimiento al público en general, señores abogados, defensores de oficio, que mediante Resolución Administrativa N° 081-2017-PJ-/CSJLO-P de fecha diecinueve de Enero de dos mil diecisiete, se ha dispuesto que la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al primer trimestre, se lleve a cabo el día LUNES 25 DE JUNIO DEL 2018, A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, para verificar los plazos fijados y establecidos por ley de los procesos que se encuentran en la condición de Reos Libres y Reos en Cárcel; de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 1440-2013-PJ/CSJLO-P y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 25476 y el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, sito en Av. Grau N° 720 – 3° Piso.
Iquitos, 07 de Junio del 2018.
Abog. María Esther Ruiz Bazalar
Secretaria de Sala
Sala Penal Liquidadora de Loreto
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