SALA PENAL

EDICTO PENAL
EXP. N° 00241-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00241-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: ESPINOZA AHUANARI, ROBERTO CARLOS
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD.
AGRAVIADO: L A S M.
RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE.
Iquitos, veintisiete de octubre del dos mil quince.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de secretaria y escritos que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra ROBERTO CARLOS ESPINOZA AHUANARI (Mandato de Comparecencia Restringida fojas 66 al 71), como presunto autor del delito Contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.A.S.M., ilícito penal tipificado y sancionado en el primer párrafo, inciso 2) del artículo 173º del Código Penal, y conforme se tiene de autos que mediante resolución número CATORCE se ha programado el inicio de los debates orales para el día miércoles diecinueve de agosto de los corrientes; sin embargo no se pudo llevar a cabo al no haberse completado el Colegiado, debido a la reconformacion de Sala, por la licencia otorgada al juez BENDEZU CIGARAN del 14 al 28 de agosto del presente año, a su vez no se pudo reconformar con los jueces llamados por ley por el cruce de sus horarios y tener sus agenda recargada y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones  el referido magistrado, en consecuencia REPROGRAMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales el día  MIERCOLES DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, en la Sala de Audiencia de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el Tercer Piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) ROBERTO CARLOS ESPINOZA AHUANARI, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, así como la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a la señora madre de la menor agraviada, a fin de que preste la declaración respectiva sobre los hechos que dieron origen al presente proceso; MANDARON se OFICIE a la RENIEC, solicitando la remisión de la partida de nacimiento de la menor agraviada, adjuntándose las generales que la menor agraviada, con la debida nota de atención; MANDARON se Oficie en su debida oportunidad al Ministerio Público – Instituto de Medicina Legal, a fin de que designe a dos profesionales en psicología para la realización de las pericias respectivas del acusado, así como de la menor agraviada; con conocimiento del señor Fiscal Superior. A los antecedentes penales y policiales del procesado antes citado, agréguese a los autos. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior  BENDEZU CIGARAN por reconformacion de Sala.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00868-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00868-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: OCMIN CORDOVA, LUIS ENRIQUE
DELITO: ROBO AGRAVADO – TENTATIVA.
AGRAVIADO: PANDURO HUAYABAN, LESY ANA.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO.
Iquitos, veintisiete de octubre del dos mil quince.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de secretaria y escrito que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra LUIS ENRIQUE OCMIN CORDOVA, como presunto autor del delito Contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de LESY ANA PANDURO HUAYABAN, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo, inciso 2) y 3) del artículo 189, concordante con el artículo 188 del Código Penal y artículo 16 del mismo cuerpo legal; y conforme se tiene de autos que mediante resolución número VEINTE se ha programado el inicio de los debates orales para el día miércoles diecinueve de agosto del presente año, sin embargo no se pudo llevar a cabo al no haberse completado el Colegiado, debido a la licencia otorgada al Juez Superior BENDEZU CIGARAN, desde el seis 14 al 28 de setiembre o del presente año, a su vez no se pudo reconformar con los jueces llamados por ley por el cruce de sus horarios y tener sus agenda recargada y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones  el referido magistrado, en consecuencia REPROGRAMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales el día  MIERCOLES DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.); Con el Colegiado co0nformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora sito en el tercer piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) LUIS ENRIQUE OCMIN CORDOVA, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región y El Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a la agraviada, a fin de que preste su respectiva declaración; con conocimiento del señor Fiscal Superior. A los antecedentes penales y policiales del procesado antes citado, agréguese a los autos. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior BENDEZU CIGARAN por reconformacion de Sala.—
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
EXP. N° 01033-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01033-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CHIROQUE MARTINEZ, PABLO DEL ROSARIO y otros.
DELITO: DEFRAUDACION TRIBUTARIA y otro.
AGRAVIADO: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA SUNAT.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICINCO.
Iquitos, veintinueve de octubre del año dos mil quince.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los presentes actuados con la Razón de Secretaria, Relatoría y escritos que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra MARIA ELENA BORRERO GARCIA y JAVIER FRANCISCO MARTIN RODRIGUEZ VENCES, como presunto coautores del delito Tributario – DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 1° de la Ley Penal Tributaria – Decreto Legislativo N° 813, concordante con el literal a) del artículo 4° de la norma acotada, en agravio del Estado Peruano – Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria; y contra DAVID GERARDO DE LA CRUZ SANCHEZ RANGEL, JULIO RICARTE VARGAS N AVARRO, JOSE EDUARDO CORDOVA CORDOVA, PABLO DEL ROSARIO CHIROQUE MARTINEZ, LUZ MONICA GRANDA CASTILLO y VICTOR MARTIN NUÑEZ ORREGO, como cómplices primarios del delito Tributario – DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 1° de la Ley Penal Tributaria – Decreto Legislativo N° 813, concordante con el literal a) del artículo 4° de la norma acotada, en agravio del Estado Peruano – Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria; y estando a lo expuesto en la Razón de Secretaria que antecede, se tiene que el Juicio Oral programado mediante resolución número VEINTICUATRO (fojas 1782), no se pudo llevar a cabo por inconcurrencia de los referidos procesados estando a ello siendo el estado del proceso REPOGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA (08:15 A.M.); DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados (Libres) MARIA ELENA BORRERO GARCIA, JAVIER FRANCISCO MARTIN RODRIGUEZ VENCES, DAVID GERARDO DE LA CRUZ SANCHEZ RANGEL, JULIO RICARTE VARGAS NAVARRO, JOSE EDUARDO CORDOVA CORDOVA, PABLO  DEL ROSARIO CHIROQUE MARTINEZ, LUZ MONICA GRANDA CASTILLO y VICTOR MARTIN NUÑEZ ORREGO,  en sus domicilio real y procesal señalados en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quienes tienen que concurrir de manera obligatoria a las audiencias programadas, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ser declarados Reos Contumaz y ordenarse sus ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañados de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC de los acusados, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad al Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de administración Tributaria – SUNAT, a fin de que concurran a la audiencia programada y ejerzan la defensa del Estado de acuerdo a ley; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a PATRICIA GIOVANNA PONCE TOME, en calidad de Auditor de la SUNAT de la Intendencia Regional de Loreto, a fin de que exponga las conclusiones técnicas y documentarias del Informe de Auditoría que dio origen al presente proceso y determine el perjuicio económico ocasionado al fisco, a quien se deberá notificar por intermedio de la SUNAT y en el domicilio consignado en la RENIEC; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a GIOVANNA CECILIA LEDESMA RIVAROL, en su condición de Intendente Regional de Loreto (periodo 2004), a fin de esclarecer los hechos denunciados y explique el agravio ocasionado a su representada, a quien se deberá notificar por intermedio de la SUNAT y en el domicilio consignado en la RENIEC; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a SEGUNDO ASENCIÓN JULCA MOROCHO y EDGAR ANDRES BRAVO GAONA, a fin de que presten las declaraciones testimoniales para el esclarecimiento de los hechos materia del presente proceso a quienes se deberá notificar en el domicilio consignado en la RENIEC así como mediante edicto de ley; MANDARON se Oficie a la SUNAT, a fin de que informen quienes apoyaron en la elaboración técnica del Informe de Auditoría suscrito por la auditora Patricia Giovanna Ponce Tome, a fin de que concurran a exponer las conclusiones técnicas del referido informe y determinen el perjuicio económico ocasionado al fisco. A los antecedentes penales que anteceden, agréguense a los autos. Al escrito ingresado con número 10846-2015, presentado por la Superintendencias Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, debidamente representada por el Procurador Público Adjunto HECTOR AGRIPINO CASTILLO FIGUEROA, al principal, TÉNGASE por apersonado al recurrente y por señalado como domicilio Oficial en Jirón Miró Quesada N° 212, Cercado de Lima y como domicilio procesal en Avenida 28 de Julio N° 810, cruce con Avenida Buenos Aires, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, en donde se harán llegar todas las notificaciones que recaigan de autos. Al primer otrosí, TÉNGASE por delegado la representación de la recurrente a favor de los letrados VICTOR MANUEL HINOSTROZA  MATOS, ANGELA TALÍA AVELLANEDA DIAZ, YAMSI ROBER SANCHEZ SOTO, SERGIO VICTOR LLALLICO NUÑEZ, INÉS VICTORIA FLORES SALAZAR, GIOVANNA FIORELLA GONZALES SOTO, PATRICIA TRINIDAD BENAVIDES RANILLA, CARLOS AUGUSTO FLORES ESPINOZA, quienes en forma conjunta o indistintamente ejercerán la defensa del Estado de acuerdo a ley. Al escrito ingresado con número 10893-2015, presentado por el letrado JOSE MARTIN ROSPIGLIOSI CRUZ, en representación de sus patrocinados DAVID GERARDO DE LA CRUZ SANCHEZ RANGEL, JOSE EDUARDO CORDOVA CORDOVA y JULIO RICARTI VARGAS NAVARRO, con el cual solicita se reprograme nueva fecha y hora para juicio oral, estando a ello ESTESE a lo resuelto en la presente resolución. Al escrito ingresado con número 10892-2015, presentado por el letrado DANILIN CARDENAS TORRES, en representación de sus patrocinados MARIA ELENA BORRERO GARCIA, JAVIER FRANCISCO MARTIN RODRIGUEZ VENCES y VICTOR MARTIN NUÑEZ ORREGO, con el cual justifica su inasistencia al juicio oral programado mediante resolución número VEINTICUATRO, TÉNGASE presente y ESTESE a lo resuelto en la presente resolución. A la devolución del Oficio remitido a la OFICRI PNP, solicitando los antecedentes policiales de los procesados, efectuada pro Consorcio Optimus S.R.L., agréguese a los autos y TÉNGASE presente. Por otro lado se tiene del Dictamen Acusatorio (fojas 1687), así como de la ficha RENIEC de fojas 1243, que el procesado JUAN EMILIO GUERRERO SANCHEZ, habría fallecido, estando a ello y a fin de mejor resolver OFÍCIESE a la RENIEC, solicitando la remisión del Certificado de Defunción del referido procesado; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ, por impedimento del magistrado BENDEZU CIGARAN.—
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
EXP. N° 03555-2011-33-1903-JR-PE-05
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03555-2011-33-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: TUESTA NAVARRO, MARI ELVIRA
DELITO: DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO.
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.
Iquitos, cinco de Noviembre     del año dos mil quince.-
DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N°258-2015-MP-2°FSP-LORETO, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra MARIANA DEL AGUILA TUESTA, LANDER DEL AGUILA TUESTA Y NOELINA REATEGUI NAVARRO, por el Delito Contra la Salud Pública-Tráfico Ilícito de Drogas-Posesión de Pasta Básica de Cocaína y Marihuana, con fines de Comercialización en Organización a Nivel Regional, en agravio del Estado Peruano; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.-
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
EXP. N° 03555-2011-79-1903-JR-PE-05
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03555-2011-79-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: TUESTA NAVARRO, MARIA ELVIRA.
DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO.
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.
Iquitos, cinco de Noviembre del año dos mil quince.-
DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N°255-2015-MP-2°FSP-LORETO, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra MARIA ELVIRA TUESTA NAVARRO, por el Delito Contra la Salud Pública-Tráfico Ilícito de Drogas-Posesión de Pasta Básica de Cocaína y Marihuana, con fines de Comercialización en Organización a Nivel Regional, en agravio del Estado Peruano; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.—
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(16,17 y 18)