SALA PENAL

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:00015-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:TANANTA DE LA CRUZ, JANTER TANANTA
DELITO:VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO:P E, F CH
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO. Iquitos, tres de agosto año dos mil quince.- Dado cuenta en la fecha los actuados con la Razón de relatoría y secretaría, que antecede, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra JANTER TANANTA DE LA CRUZ (Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 110) como autor del delito contra la Libertad Sexual-Violación Sexual de menor de edad, ilícito penal previsto y sancionado en el inciso 2 del primer párrafo  del artículo 173 del Código Penal en agravio del menor de iniciales P.E.F.CH; y conforme se tiene de autos que mediante resolución número VEINTE se ha programado el inicio de los debates orales para el día ocho de julio de los corrientes, sin embargo no se pudo llevar a cabo al no haberse completado el Colegiado, debido a la licencia otorgada al Juez Superior AMORETTI MARTINEZ, desde el seis al diecinueve de julio del presente año, a su vez no se pudo reconformar con los jueces llamados por ley por el cruce de sus horarios y tener sus agenda recargada y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones  el referido magistrado, y siendo el estado de autos REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día  MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO Y TREINTA  DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), la misma que se realizará con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ y BENDEZU CIGARAN; DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) JANTER TANANTA DE LA CRUZ, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante EDICTO DE LEY en el Diario La Región y el Peruano,  quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público  adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución, auto superior de enjuiciamiento y el Dictamen Acusatorio; Al punto 1 del citado Dictamen, DESE cuenta en audiencia. MANDARON, recabar las declaraciones testimoniales de JAMES JAVIER VELA VASQUEZ, y WILLIAM VELA VILCHEZ, a fin que narren los hechos suscitados el día seis de enero del dos mil once, a quienes se deberá notificar en su debida oportunidad en sus domicilio  real o procesal señalados en autos, así como en sus Ficha RENIEC; MANDARON, recabar la pericia psicológica del menor agraviado a fin de determinar  el grado de afectación psíquica sufrida como consecuencia de haber sido sometido a una experiencia sexual traumática, así como una pericia del acusado por lo que se debe oficiar al Instituto de Medicina Legal de Loreto a fin que designe a dos especialistas en psicología  para la realización de las pericias respectivas en su debida oportunidad. MANDARON se cumpla con notificar con la debida anticipación al interprete del lenguaje de señas para sordos mudos TITO SAUL VEGA MORI, en los domicilios consignado en autos, sin perjuicio de ser notificado en el domicilio consignado en la RENIEC, estando a ello CUMPLA el área de secretaria previamente con comunicarse antes de la audiencia con la Directora del Centro Especial antes citado a los teléfonos 065796518 y RPM *762930, a fin de confirmar la asistencia del intérprete en mención a la audiencia programada en la presente resolución; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Al escrito N° 9889-2015, presentado por la Oficina de Medicina Legal en la cual informa cuales son los tramites para  solicitar una evaluación psicológica, asimismo el oficio en la cual comunican la inconcurrencia del procesado en mención a su cita psicológica, agréguese a los autos. NOTIFIQUESE.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:00117-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:RIOS DE PEREZ, MARITZA Y OTROS
DELITO:COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO:EL ESTADO Y LA SOCIEDAD ,
RESOLUCION NUMERO DIECISEIS. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal  ya la razón de relatoría que antecede, en el proceso seguido contra MARITZA RIOS DE PEREZ Y JHONY DEL AGUILA URQUIA, por el delito de Comercialización o Trafico de Productos Nocivos en agravio de Estado; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS  DE LA MAÑANA; con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, en forma personal, por fax y por Edicto en el Diario la Región y el Peruano de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el señor juez ACEVEDO CHAVEZ  al haberse reincorporado a sus funciones.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:00722-2002-0-1903-JR-PE-03
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:AGUIRRE PEÑA, FREDY
DELITO:VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO:DIONISIO PANDURO, MAGALY
RESOLUCION NUMERO TREINTA Y UNO. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal que antecede, en el proceso seguido contra FREDDY AGUIRRE PEÑA, por el delito Contra la Libertad Sexual-Violación Sexual de menor de edad en agravio de la menor de iniciales M.D.P; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS  DE LA MAÑANA; con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, en forma personal, por fax y por Edicto en el Diario la Región y el Peruano de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el señor juez AMORETTI MARTINEZ al haberse reincorporado a sus funciones y el juez superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del juez BENDEZU CIGARAN.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:00811-2005-0-1903-JR-PE-05
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:CABRERA SILVANO, MANUEL ELISEO y otros.
DELITO:PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO:EL ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO- NAUTA.
RESOLUCIÓN NÚMERO… /// Iquitos, tres de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta en la fecha los actuados con la Razón de relatoría y Secretaria que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra CESAR WALTER CORDOVA INUMA, MANUEL ELISEO CABRERA SILVANO, PASCUAL PORTOCARRERO LOPEZ, JULIO CESAR ORTIZ SANCHEZ, JOSE ANDRES NAVAS RAMIREZ, WILSON RIOS GAMBOA, DONALDO VELA PAREDES, CLEVER FERNANDO VILLACORTA LOPEZ, GONZALO LOPEZ PEÑA, CARLOS RUIZ RAMIREZ y EDWIN CAROLI PEÑA AHUANARI DENI (Mandato de Comparecencia Restringida, habiéndose revocado al último la Detención por Comparecencia Restringida a fojas 5274 Tomo XII); y contra MARTIN NICANOR MOREY MELENDEZ (Reo Contumaz con Mandato de Detención fojas 5128-XII), por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública – PECULADO, en agravio del Estado – Municipalidad Provincial de Loreto Nauta; y estando a lo expuesto en la Razón de Secretaria que antecede se tiene que el Juicio Oral programado mediante resolución Sin Numero de fecha  veinticinco de mayo del año dos mil quince que no pudo llevarse a cabo debido a que no pudo completarse el colegiado, y estando a  las vacaciones del Magistrado AMORETTI MARTINEZ,  del seis al diecinueve de julio del presente año y al no poder completar con el juez llamado pro ley por la recargada agenda en sus despacho, y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones  el referido magistrado, en consecuencia REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.); con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN en la Sala de Audiencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto- Tercer Piso, DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados, CESAR WALTER CORDOVA INUMA, MANUEL ELISEO CABRERA SILVANO, PASCUAL PORTOCARRERO LOPEZ, JULIO CESAR ORTIZ SANCHEZ, JOSE ANDRES NAVAS RAMIREZ, WILSON RIOS GAMBOA, DONALDO VELA PAREDES, DENI MARTIN NICANOR MOREY MELENDEZ, CLEVER FERNANDO VILLACORTA LOPEZ, GONZALO LOPEZ PEÑA, CARLOS RUIZ RAMIREZ EDWIN CAROLI PEÑA AHUANARI, en sus domicilio real y procesal señalados en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazados mediante edictos de ley, en el Diario La Región y El Peruano; debiendo los procesados que se encuentran con Mandato de Comparecencia Restringida de concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE REVOCÁRSELES EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADOS REOS CONTUMACES Y ORDENARSE SUS UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE VARONES – IQUITOS EN CASO DE INCONCURRENCIA; los mismos que deberán asistir acompañados de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tienen indistintamente señalados en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al Defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución, el Auto Superior de Enjuiciamiento y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se notifique al Procurador Público respectivo a fin de que concurran a la audiencia programada en autos y ejerzan la defensa del estado de acuerdo a ley; MANDARON se notifique a la parte agraviada a fin de que concurra a la audiencia programada; asimismo, DESE cuenta en audiencia que se encuentra pendiente de pronunciamiento la Excepción De Cosa Juzgada deducida por el acusado WILSON RIOS GAMBOA (fojas 4680-4681 Tomo XI), reiterada mediante escrito ingresado con número 3207-2014 (fojas 5146 al 5149 Tomo XII), en espera de las copias certificadas de la sentencia recaída en el Expediente N° 326-2008-71 (número antiguo 2002-91), del Juzgado Provincial de Loreto Nauta (fojas 4917-Tomo XI); estando a ello reitérese OFICIO al referido Juzgado solicitando las copias certificadas de la sentencia y resolución que declara consentida en el expediente en mención; asimismo, se encuentra pendiente de pronunciamiento la Excepción de Prescripción solicitada por el letrado ERALIO EXEQUIEL PRETELL SAAVEDRA, abogado del procesado GONZALO LOPEZ PEÑA (fojas 5428 al 5431 Tomo XII), DESE cuenta en audiencia; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior SOLOGUREN ANCHANTE por licencia del Magistrado BENDEZU CIGARAN e impedimento del magistrado ACEVEDO CHAVEZ.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
SOLOGUREN ANCHANTE.
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:00890-2012-0-1903-JR-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ,
IMPUTADO:LUIS GUSTAVO GARATE SERRUBIO
DELITO:ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO    :CASTILLO NAVARRO, NOEMI
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICINCO. Iquitos,  tres de agosto del año dos mil quince.- AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la Razón de Secretaria, relatoría y escrito que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra LUIS GUSTAVO GARATE SERRUBIO, JOSE LUIS RODRIGUEZ BANEO Y CESAR JESUS DIAZ SERRUBIO,(Con Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 64); como autores del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, ilícito penal previsto y sancionado en al artículo 188 con las agravantes del primer párrafo incisos 2,3 y 4 del artículo 189 del Código Penal concordante con el artículo 16 del citado Código en agravio de NOEMI CASTILLO NAVARRO y conforme se tiene de autos que mediante resolución número VEINTITRES se ha programado el inicio de los debates orales para el día miércoles ocho de julio de los corrientes, sin embargo no se pudo llevar a cabo al no haberse completado el Colegiado, debido a la licencia otorgada al Juez Superior AMORETTI MARTINEZ, desde el seis al diecinueve de julio del presente año, a su vez no se pudo reconformar con los jueces llamados por ley por el cruce de sus horarios y tener sus agenda recargada y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones  el referido magistrado, en consecuencia REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día LUNES CATORCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE DE LA MAÑANA(11:00 A.M.,); con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados (Libres) LUIS GUSTAVO GARATE SERRUBIO, JOSE LUIS RODRIGUEZ BANEO Y CESAR JESUS DIAZ SERRUBIO, en sus domicilios reales y procesales señalados en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazados mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quienes tienen que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañados de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y las fichas de la RENIEC de los acusados, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique a la agraviada, NOEMI CASTILLO NAVARRO en su domicilio señalado en autos a fin que señale las circunstancias en que fue objeto del robo de su cartera. Al punto 2 del citado Dictamen; NO HA LUGAR lo solicitado por no ser el estado del proceso; MANDARON se notifique al testigo JHON KENNEDY GONZALES CACHIQUE y ANNE LUZ VASQUEZ NAVARRIO, a quien se les deberá notificar en sus domicilio consignado en autos y el de sus Ficha RENIEC, para que den testimonio de los hechos ocurridos; con conocimiento del señor Fiscal; con conocimiento del señor Fiscal Superior. A los antecedentes penales de los procesados antes citados agréguese a los autos.  Notifíquese.
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS
AMORETTI MARTINEZ
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:01660-2009-0-1903-JR-PE-03
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:HUAYCAMA CURITIMA, WELINTON
DELITO:HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO:BARRIA TELLO, RAMON
RESOLUCION NUMERO DIECISEIS. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal que antecede, en el proceso seguido contra WELINTON HUAYCAMA CURITIMA por el delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado en agravio de RAMON BARRIO TELLO; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS  DE LA MAÑANA; con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, en forma personal, por fax y por Edicto en el Diario la Región y el Peruano de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el juez superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del juez BENDEZU CIGARAN.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:01741-2012-58-1903-JR-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ,
IMPUTADO:MENDO PERALTA, SHONY EDGAR
DELITO:TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES
AGRAVIADO:EL ESTADO.
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE. Iquitos, diecisiete de agosto Del año dos mil quince. DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N°98-2015-MP-1°FSP-LORETO, y Razón de Relatoría que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra SHONY EDGAR MENDO PERALTA, por el Delito de Tráfico Ilegal de Productos Forestales, en agravio del Estado; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIESCISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Interviniendo el Señor Juez AMORETTI MARTINEZ al haberse reincorporado a sus funciones y el Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del magistrado BENDEZU CIGARAN. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:01796-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ,
IMPUTADO:LOPEZ HUAYAMBAHUA, DIONICIO
DELITO:MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN.
PEZO CURITIMA, MARIBEL
DELITO:MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN.
VASQUEZ VASQUEZ, MOISES
DELITO:MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN.
AGRAVIADO    : PROCURADOR PÚBLICO RELATIVO TRAFICIO DE DROGAS,
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y DOS. Iquitos, diecisiete de agosto     del año dos mil quince.- DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N°136-2015-MP-2°FSP-LORETO, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra MOISES VASQUEZ VASQUEZ, MARIVEL PEZO CURITIMA Y DIONICIO LOPEZ HUAYAMBAHUA, por el Delito contra la salud Pública – TRAFICO ILICITO DE DROGAS, en agravio de El Estado Peruano; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); Con el Colegiado conformado por DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Interviniendo los Señores Jueces Superiores DEL PIELAGO CARDENAS y AMORETTI MARTINEZ integrantes de esta Sala Penal, así como el Señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del Magistrado BENDEZU CIGARAN. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHÁVEZ.
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:01804-2010-0-1903-JR-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:MOBERG RODRIGUEZ, FERNANDO AUGUSTO
DELITO:FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS.
MOBERG RODRIGUEZ, FERNANDO AUGUSTO
DELITO:FALSA DECLARACIÓN EN PROCESO ADMINISTRATIVO.
AGRAVIADO:ESTADO ORGANISMO SUPERVISOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
RESOLUCION NUMERO TREINTA Y UNO. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal que antecede, en el proceso seguido contra FERNANDO AUGUSTO MOBERG RODRIGUEZ por el delito Contra la Función Jurisdiccional- Falsa declaración al Procedimiento administrativo y contra la Fe Publica –Falsificaciones Documentos  en agravio de Estado-OSCE; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS  DE LA MAÑANA; con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN, en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, en forma personal, por fax y por Edicto en el Diario la Región y el Peruano de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el señor juez superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del juez BENDEZU CIGARAN.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ
ACEVEDO CHAVEZ
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:02680-2010-0-1903-JR-PE-01
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ,
IMPUTADO:MAFALDO CUELIO, HUGO FRANK y OTRO.
DELITO:HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO:FLORES MANUYAMA, MARCY y OTRO.
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N°137-2015-MP-2°FSP-LORETO, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra HUGO FRANK CUYPANO PACAYA y BILLY JACKSON MAFALDO CUELIO, por el Delito Contra el Patrimonio – HURTO AGRAVADO en grado de Tentativa, en agravio de Marcy Flores Manuyama y Sócrates Vela Vásquez; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); con el Colegiado conformado por DEL PIELAGO CARDENAS y AMORETTI MARTINEZ y ENDEZU CIGARAN en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Interviniendo los Señores Jueces Superiores DEL PIELAGO CARDENAS y AMORETTI MARTINEZ integrantes de esta Sala Penal, así el Señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del magistrado BENDEZU CIGARAN. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHÁVEZ.
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE:02828-2011-0-1903-JR-PE-02
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:AHUITE HIDALGO, NESTOR y OTRO
DELITO:LESIONES CULPOSAS
AGRAVIADO:GOYGOCHEA FLORES, ESPERANZA
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS. Iquitos, diecisiete de agosto del año dos mil quince.- DADO CUENTA; en la fecha el Dictamen Fiscal Superior N° 142-2015-MP-2°FSP-LORETO, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra NESTOR AHUITE HIDALGO, por el Delito contra la Vida, el Cuerpo, y la Salud-LESIONES CULPOSAS, en agravio de Esperanza Goygochea Flores; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES DIECISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); Con el Colegiado conformado por DEL PEILAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN; en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Interviniendo los Señores Jueces Superiores DEL PIELAGO CARDENAS y AMORETTI MARTINEZ integrantes de esta Sala Penal, así como el Señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por licencia del Magistrado BENDEZU CIGARAN. Notifíquese.—
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHÁVEZ.
V-3(07,08 y 09)

EDICTO PENAL
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE    : 03343-2010-0-1903-JR-PE-05
RELATOR:CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO:GONZALES DIAZ, PABLO ALEXANDER
DELITO:ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO:VELA OCAMPO, LUCIANA VICTORIA.
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y NUEVE. Iquitos, tres de agosto del año dos mil quince.- Dado cuenta en la fecha los actuados con la Razón de relatoría y Secretaria que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra el acusado PABLO ALEXANDER GONZALES DIAZ, el mismo que tiene Mandato de Comparecencia Restringida conforme se advierte de la Resolución número VEINTITRES (fojas 253 al 257), en el presente proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO, en agravio de LUCIANA VICTORIA VELA OCAMPO; y conforme se tiene de autos que el juicio oral programado mediante resolución número TREINTA Y OCHO  no se pudo llevar a cabo al no haberse completado el Colegiado, debido a la licencia otorgada al Juez Superior AMORETTI MARTINEZ, desde el seis al diecinueve de julio del presente año, a su vez no se pudo reconformar con los jueces llamados por ley por el cruce de sus horarios y tener sus agenda recargada y siendo el estado de autos habiéndose reincorporado en sus funciones el referido magistrado, en consecuencia REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE Y TREINTA  DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), con el Colegiado conformado por los magistrados DEL PIELAGO CARDENAS, AMORETTI MARTINEZ Y BENDEZU CIGARAN la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de reos libres de esta Sala Penal (tercer piso del Poder Judicial); DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado PABLO ALEXANDER GONZALES DIAZ, en forma personal y en el domicilio procesal señalado en autos; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado Defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución, Dictamen Acusatorio y Auto Superior de Enjuiciamiento; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, así como la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos. A los antecedentes penales del procesado, agréguese a los autos; con conocimiento del señor Fiscal Superior. NOTIFÍQUESE.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(07,08 y 09)