RECTIFICACIONES

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REEGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos;  la señora: “LOIDA AMALIA ENCINAS LOPEZ”, Expediente Nº 035999-2011, solicita la Rectificación Administrativa de su Acta de Matrimonio, registrado en el Libro Nº 48, Folio N° 277, año 1973, quien refiere que por error se consignó en el cuerpo y margen del acta el segundo pre nombre de la contrayente como “AMELIA” debiendo ser lo correcto “AMALIA”, presentando como medio probatorio el acta de Nacimiento de la contrayente, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 22 de Noviembre del 2011
Ofelia Chávez Bardales
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(23)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos, la señora “JUANA OLINDA REATEGUI DE SUAREZ en representación del Sr. ANGEL ROLI GARCIA MARINA con Expediente  Nº 035531-2011, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento  de “SEPTIMO GARCIA CARDENAS”, registrado en el Libro Nº 73, Folio Nº 34343 año 1933, quien refiere que por error se omitió en el cuerpo del acta el segundo pre nombre del progenitor del titular como “ANTONIO” debiendo ser lo correcto su nombre completo “JUAN ANTONIO GARCIA VIUDEZ”, presentando como medio probatorio la partida de Bautismo del progenitor, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S.015-98-PCM, que reglamente la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 21 de noviembre de 2011
Ofelia Chávez Bardales
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(23)
(S/.10.00)