RECTIFICACIONES

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante esta Notaría Pérez, ubicada en Jr. Ricardo Palma N° 162 – Iquitos, don: JHONY ALVAREZ CHU, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, a efecto de rectificar la omisión del segundo prenombre de su progenitora, que aparece como “MARIA CHU AGUIRRE”, siendo lo correcto y debiendo consignarse como: “MARIA JULIA CHU AGUIRRE”
Iquitos, 05 de Julio del 2011.
ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ
Abogado
Notario de Maynas
V-1(06)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Belén, que despacha el Juez Sergio Freitas Cárdenas y Secretario Leonardo Alvarado Castillo, Acción Civil. Expediente Nº 706-2011. Seguidos por  Carlos Gastón Palermo Pérez, sobre Rectificación de Partida de Matrimonio de Estela Ríos Pérez de Fernández, inscrito el 21/10/56, en el Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas. En el sentido que se ha consignado en forma errada los datos de su esposo:
Actualmente como: José Priciliano Fernández López
Debe ser: Prisciliano Fernández López
Estos es, debe suprimirse el nombre de “José” y agregarse la letra “s” al nombre de Priciliano”
Iquitos, 04 de Julio del 2011
Leonardo Alvarado Castillo
Secretario Judicial de Paz Letrado Belén
V-1(05)
(S/.5.30)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; el señor: “LEYDA CABRERA LIMA” , con Expediente Nº 019409-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR del Acta de Defunción de  su señor padre “ADRIEL CABRERA PASMIÑO”, registrado en el Libro Nº 272, Folio Nº 7120, año 2010, quien refiere que por error del declarante se omitió consignar el segundo pre nombre del occiso “NORBERTO” debiendo ser lo correcto “ADRIEL NORBERTO” teniendo como medio probatorio la Partida de Bautismo, procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 23 de Junio del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(05)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTAS NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; la señora: “ZOILA VIDAL VILLACORTA DE MOROCHO”, Expediente Nº 018639-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATIBUIBLE AL RGISTRADOR de su Acta de Defunción de “JOSEFA VILLACORTA DE VIDAL”, registrado en el Libro Nº 280 Folio Nº 6107, año 2010, quien refiere que por error de la declarante se omitió consignar su primer pre nombre de la occisa “JUSTINA”, debiendo ser lo correcto “JUSTINA JOSEFA”, teniendo como medio probatorio la partida de Nacimiento de la occisa, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 art. 07 al 75 D.S. Nº 015-98-PCM que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que faculta la rectificación cuando se determina algún error en el acta
Iquitos, 17 de junio de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(06)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTAS NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; la señora: “ZOILA VIDAL VILLACORTA DE MOROCHO”, Expediente Nº 014292-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATIBUIBLE AL RGISTRADOR del Acta de Defunción de “JAIME VIDAL PERALTA”, registrado en el Libro Nº 166 Folio Nº 163, año 1993, quien refiere que por error del declarante se omitió en el cuerpo del acta su segundo pre nombre “JESUS”, siendo lo correcto “JAIME JESUS VIDAL PERALTA”, teniendo como prueba el Acta de Nacimiento del occiso, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 art. 07 al 75 D.S. Nº 015-98-PCM que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que faculta la rectificación cuando se determina algún error en el acta
Iquitos, 13 de junio de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(06)
(S/.10.00)