PRESCRIPCION

EDICTO CIVIL
El señor Juez del Primer Juzgado Civil de Maynas – Dr. ALEXANDER RIOJA BERMUDEZ y Especialista FERNANDO RIVEROS DA SILVA, en el Expediente Nº 2016-00309-0-1903-JR-CI-01, seguidos por GLADIS EMILIA HUAMAN REATEGUI contra SEGUNDO ELOY GARRIDO CHIROQUE y TERESA DEL CARMEN PINHEYROS DE GARRIDO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, ha ordenado por resolución número DOS, su fecha dieciséis de mayo del dos mil dieciséis, proceder a notificar por EDICTO de un extracto de la demanda y auto emisario, por el término de UN DIA. RESOLUCION NUMERO DOS: AUTOS Y VISTOS; se dispone: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por GLADIS EMILIA HUAMAN REATEGUI contra SEGUNDO ELOY GARRIDO CHIROQUE y TERESA DEL CARMEN PINHEYROS DE GARRIDO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, sobre el bien inmueble ubicado en Pasaje Cajamarca Nº 584-Pueblo Joven “Jesús García”, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. La misma que viene siendo tramitada en la vía de Proceso Abreviado, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indican los que se merituaran en su oportunidad procesal y en tal virtud, dispóngase el traslado de la misma a la parte demandada por el término de DIEZ DIAS, a fin de que cumpla con absolverlo, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Así mismo; conforme lo establecido en el artículo 506 del Código Adjetivo, PROCÉDASE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA DEMANDA Y AUTO ADMISORIO por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167º y 168º de Código Procesal Civil. Firmado por el Dr. Alexander Rioja Bermúdez; y Abogado, Fernando Riveros Da Silva.
FERNANDO L. RIVEROS DA SILVA
Secretario Judicial
1er. Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas
V-3(06,10 y 16)B/35928
S/.122.00