Pese a derechos del Perú, Chile no reconoce límites marítimos.

Todo el Perú ya está enterado  que el gobierno nacional desde el 16 de enero del     2008, presentó un reclamo ante la Corte Internacional de La Haya, solicitando en tal reclamo, el reconocimiento real del límite marítimo con Chile en su frontera actual, en la cual el país del sur  está ejerciendo soberanía, sin contar con ello, con ningún tratado suscrito por ambos países en ninguna fase de su relación diplomática.

Ahora el caso es, que pese a que Chile aceptó la competencia de la Corte Internacional en el litigio con el Perú, su representante ante la ONU, Mariano Fernández presentó un mapa de la frontera marítima con el Perú, donde incluye la zona en litigio como propiedad de dicho país.

Pero, precisemos lo que se debe saber sobre la citada Corte Internacional. En primer lugar, señalamos que fue creada en 1946, como órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y es la entidad encargada de resolver, conforme al derecho internacional público, las controversias jurídicas entre los estados miembros que en la actualidad  son 192. Su sede está en La Haya, en el Palacio de la Paz en Holanda, país que mantuvo su neutralidad durante la primera guerra mundial.

De acuerdo a sus normas, sólo los estados que aceptan la competencia y jurisdicción de la citada Corte, pueden acceder a sus fueros, pues dicha entidad no recibe pedidos de personas naturales o jurídicas, ni de organizaciones internacionales.

Los estados miembros pueden acudir a la Corte cuando surgen problemas limítrofes, sean éstos terrestres o marítimos o controversias en relación al derecho de asilo, interpretación de tratados o, en cualquier caso,  de responsabilidad internacional.

Esta conformado por 15 jueces de diferentes nacionalidades que no representan a su Estado ni a  ningún Estado ni interés en particular. Cada uno de ellos es elegido para cumplir un período de 9 años por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sus votos son independientes. Cuando la Corte emite su fallo final este es de carácter vinculante, aunque los países litigantes no estén  de acuerdo. En lo que se refiere al Perú,  sus autoridades señalan que cumplirán el mandato de la Corte.