“Pedimos se respete el acuerdo hecho con Electro Oriente”

  • Dicen cesantes y jubilados de Electro Oriente

La mayoría de integrantes de la Asociación de Pensionistas Cesantes y Jubilados de Electro Oriente, todos de la tercera edad, se encuentran desconcertados debido a inconvenientes luego de previo acuerdo que habían llegado para la respectiva transacción extrajudicial que ha motivado que la empresa Electro Oriente les pague lo que por ley les corresponde por el proceso seguido, según el expediente No 185-2011-0-1903 ante el Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas.
Sin embargo, en el camino se han suscitado inconveniencias producidas por terceras personas que pretenden desconocer el acuerdo hecho que tiene validez legal, y con escritos presentados ante el Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas que despacha el juez Luis M. Salgado Díaz, quien ha validado la petición, ha provocado que se pretendan realizar embargos individuales, lo que es improcedente porque hay un acuerdo firmado por el presidente de los cesantes y jubilados de Electro Oriente, Marcial Correa Marín, con la gerencia general de dicha empresa.
El abogado Gabriel García Villacrez, quien asesora a los 21 miembros de la asociación, junto con el anciano Marcial Correa Marín, ayer por la mañana presentó la apelación dirigido al juez Luis Salgado Díaz, con la finalidad de que sea la Sala Civil Mixta la que revoque la resolución Nº 73 del 31-08-2017 y ordene homologar la transacción extrajudicial como acto jurídico posterior a la sentencia, y por desistido el embargo decretado en ejecución de sentencia.
Por la tarde, el abogado García Villacrez concurrió ante el magistrado Javier Sologuren Anchante para entregar la documentación respectiva de este caso y hacer la denuncia verbal contra el juez por emitir una resolución de presunta parcialización y contradictorio a lo planteado primigeniamente.
La apelación en sus fundamentos de hecho indica que, “…el juez deberá tener en cuenta que la presente causa se encuentra en ejecución de sentencia y pendiente de aprobar el acto jurídico posterior a la sentencia; además, el juez no ha cumplido con analizar, ni valorar adecuadamente y homologar el acta de transacción extrajudicial presentado. También, el juez de manera errada y fuera del contexto legal señala que la persona de Luz Angélica Peña viuda de Flores e Isidora Arévalo de Fernández sí se encuentran fallecidos, los mismos que se encuentran representados en la asociación por sus herederos, quienes firmaron el acta de asamblea del 19 de junio del 2017 en su representación, al igual que la heredera de Carmen Arrarte Montes es su heredera Jacobita Arrarte Montes, quien firmó la documentación respectiva…
Refiere también la apelación, “…que el juez adelantó y procedió analizar su criterio al haber realizado un pronunciamiento respecto a la validez o no del acta de asamblea general de asociados del 19 de junio del 2017, vulnerando así el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, sin tener en cuenta que ni siquiera la parte demandada Electro Oriente ha presentado algún escrito oponiéndose al pedido de homologar la transacción como un acto jurídico posterior a la sentencia e inclusive se contradice cuando dice que tiene una sobrecarga laboral; sin embargo, sigue tramitando los procesos judiciales con sentencia consentida y ejecutoriada obviando la paz social en justicia. Es decir parece absurdo lo resuelto por el juez que ha dado lugar al vicio de incongruencia denominado “extra petita”, sin tener en cuenta que se trata de concluir uno de los tantos procesos que existe en el despacho del juez”, dice el escrito.
En resumen, los ancianos de la tercera edad dela Asociación de pensionistas Cesantes y Jubilados de Electro Oriente, piden se cumpla en todos los extremos lo pactado con Electro Oriente mediante la conciliación extrajudicial que tiene peso de Ley. (Gonzalo López)