No zarpó lancha “NINFA” que trasladaría a maestros hasta Yaquerana

  • Ahora los perjudicados piden dónde estar ya que no cuentan con dinero para seguir en Iquitos.
  • Hoy se deben estar pronunciando el gobernador o la directora regional de educación.
  • Asesores legales y representante de defensa civil de la dirección fueron de inmediato al puerto y finalmente decidieron que nave fluvial no salga.

La decisión de ir hasta el puerto a ver la realidad de lo ocurrido con la lancha “Ninfa”, se tomó después que los consejeros regionales narraran las adversidades observadas en dicho puerto con los docentes y familiares dispuestos a partir a Colonia Angamos.
“La directora no está en Iquitos, pero se han tomado acciones inmediatas a fin que los asesores vayan a observar todo el panorama narrado y de ahí ver posibles soluciones.
Quien ha llevado adelante el proceso de selección es la comisión formada para ello, está presidida por la señora Janeth Burga. Se le pedirá un informe de todo lo desplegado en ese proceso.
Se verá el contrato y las bases hechas para la convocatoria, todo lo referente al proceso, como reitero ya se ha pedido de inmediato un informe para su evaluación a través de asesoría legal.
Se verá si todo está en regla, sino se declara la nulidad y con las responsabilidades a que diera lugar, primero se debe evaluar todo”, mencionó Régulo.
Horas más tarde se conoció que habían tomado la decisión de impedir el zarpe, por lo que todos los pasajeros terminaron bajando de la lancha “Ninfa”, al igual que su carga, sin saber a dónde ir. Un perjuicio muy grande para todos ellos.
CONTRATO HECHO CON EMPRESA.
Este medio de comunicación tuvo acceso al Contrato 003/2020 GRL/DREL por el servicio de transporte fluvial par el traslado de docentes, administrativos y familiares desde Iquitos hasta Torres Causana, Napo y Yaquerana.
Contrato firmado entre la DREL representada por la directora de educación Dora Vigo, con la empresa Servicios Multimodal Santa Lucía EIRL, representada por su gerente Lucienne Zegarra Flores.
Adjudicación simplificada 001-2020, por el monto de 240 mil soles que comprende el servicio, así como tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y de ser el caso, costos laborales. Con carta fianza por 24 mil soles.
En la cláusula novena existe un punto importante: “No resulta aplicable el procedimiento cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la entidad no otorga la conformidad, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que corresponde por cada día de atraso”.
Lo que se debería aplicar pues no es aceptable que hayan ofertado una lancha llena de óxido y huecos peligrosos para los pasajeros. A los maestros bilingües y familiares no se les puede tratar así, eso es discriminatorio.