«No se puede socavar el principio de autoridad de las instituciones públicas»

Tercera Fiscalía apela dictamen del 5to. Juzgado Penal por fallo sorprendente.

-Expresan desde la Tercera Fiscalía Provincial de Maynas

-Respecto al fallo dado a favor de asesor legal de la Municipalidad, sin el sustento legal correspondiente.

Por: Luz Marina Herrera. 

La Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Maynas que despacha el Fiscal Ulises Germán García Rivasplata, elevó recurso de apelación ante el 5to. Juzgado Penal de Maynas por haber declarado NO ha lugar a abrir instrucción contra Jhonatan Dapena Morales, por los presuntos delitos contra la administración pública usurpación de función pública, así como contra la fe pública-falsedad genérica. Sustentando en el recurso de apelación los errores en sentencia emitida desde el 5to.Juzgado a cargo de la Jueza Rosa Peláez, firmando el escrito el secretario Gamaniel Laulate.

Tercera Fiscalía apela dictamen del 5to. Juzgado Penal por fallo sorprendente.
Tercera Fiscalía apela dictamen del 5to. Juzgado Penal por fallo sorprendente.

«El Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad de Maynas, reconoció que había entregado de manera ilegal una Unidad de Proyección Social de la municipalidad de Punchana. Dentro de ese contexto cuando aparecen ese tipo de irregularidades al interior de esas instituciones, existe el Órgano de Procuraduría quien es el llamado por Ley a formalizar la denuncia en salvaguarda de los intereses del Estado.

Dapena Morales sin haber sido sometido el caso a un tema interno institucional, formaliza la denuncia a título personal solo con su condición de asesor legal usurpando una función que por Ley le correspondía al Procurador de la Institución. En ese contexto simple de función, cuando uno asume un cargo dentro de la institución pública, tiene a su mando una serie de responsabilidades y atribuciones delimitadas por Ley. Se tiene que cumplir con los parámetros que la Ley le exige.

Cuando se sale de esas  funciones y abarca  funciones que tienen otra instancia de la administración pública es un delito. Peor en nosotros que somos Abogados y conocemos las Leyes, no podemos simplemente por ansias de figuración o antipatía hacia alguna persona asumir funciones que no nos corresponden. No solo se veía el tema de usurpación de funciones sino dentro de las consideraciones que ha tenido esa persona, él ha utilizado información falsa, incorrecta, indebida y por eso se le denunció por dos presuntos delitos.

Siendo una denuncia aparentemente enmarcada dentro de los márgenes legales que regula el Código Penal, sorprendentemente el órgano jurisdiccional del 5to. Juzgado Penal, desestima la denuncia que formaliza la Fiscalía. Sustentan en su criterio que la conducta de esa persona (Dapena) no estaría dentro de los márgenes que ha establecido y considerado la Fiscalía para denunciarlo, que el hecho no tendría contenido ilícito.

Una sorpresa el ver cómo se ha valorado ligeramente el contexto de la denuncia y segundo; todo el entorno donde al parecer habría intereses políticos o de otra índole que está blindándole a este personaje que en realidad como cualquier otro ciudadano debería someterse a un juicio para que se establezca su responsabilidad o no. Eso es lo que sorprende de la decisión del 5to. Juzgado que sin que se haya emitido alguna sentencia, porque correspondía que abran proceso judicial en donde se establezcan los criterios, no se ha dado pie al sustento de la fiscalía.

El órgano jurisdiccional ha delimitado y ha dicho que no hay una consideración para que se abra un proceso judicial, lo que nos genera una preocupación complicada porque acá de lo que se trata es de defender, más allá de la legalidad y rol que cumple el Ministerio Público, restablecer y restituir a las instituciones el principio de autoridad. Principio de autoridad que no está dada por el cargo que uno tiene sino por el cumplimiento de las funciones que se nos encomiendan, es así como se ejerce ese principio.

Si una persona va ha atribuirse facultades que no le competen para ejercer poderes políticos o intereses personales desmedidamente y las instituciones no ven como defender ese marco Legal, se convierte en una persona muy peligrosa y para la población emite el mensaje que no se está respetando ese principio de autoridad. Esto independientemente de la institución que sea, puede ser el Ministerio Público, la policía, municipalidades y otros, se necesita que la población sienta confianza en sus autoridades, que se restablezca el principio de autoridad y no poner en peligro el marco legal de persecución que tiene la fiscalía. Se está socavando el principio de autoridad de las instituciones, poniéndose de alguna manera en condicionamientos políticos o de otra índole» señalaron desde el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Maynas.