Municipalidad de Maynas informa vencimiento de 2da Cuota Predial, 2da Cuota Vehicular y 5ta Cuota de Arbitrios

– Contribuyentes deben tomar conciencia sobre sus obligaciones tributariasIMG_9698

La Municipalidad Provincial de Maynas, a través de la Gerencia de Rentas, informa a la ciudadanía en general, que el vencimiento de la 2da cuota del impuesto predial, 2da cuota de impuesto vehicular y 5ta cuota de arbitrios municipales, vence esta viernes 30 de mayo.

La responsable de esta área, Rosío Dávila Ramírez, explica que este calendario de pagos, se encuentra detallado en la cuponera; documento que fue entregado por personal de esta Gerencia, en el mes de febrero.

Asimismo, todos aquellos que deben la primera cuota, la deben cancelar antes del vencimiento de la segunda cuota, evitando así que existan sobrecargos y moras a pagar. La Municipalidad, buscando que los vecinos y vecinas estén informados sobre estos pagos, estará haciendo llegar casa por casa el importe de la deuda.

«Esperamos que los contribuyentes se pongan al día y eviten las molestias de estar mandando la deuda a la vía coactiva, que eviten que se les embargue los predios o sus cuentas. Necesitamos que los vecinos, los contribuyentes, tomen conciencia sobre sus obligaciones tributarias. Estos son pagos obligatorios por Ley», informa la funcionaria.
Precisa también, que se vienen haciendo fiscalizaciones en todos los predios que han hecho nuevas construcciones y que hasta el momento no han venido a declarar, lo cual está en el marco de la declaratoria jurada.

Es preciso recordar, que con estos pagos la Municipalidad puede ejecutar una serie de obras con presupuesto propio, beneficiando y desarrollando más a la Provincia. Dentro de las obras que se pueden mencionar, que se han ejecutado gracias al aporte de cada contribuyente son: Calle Pevas, Calle Abtao, Calle Bolognesi, Calle Benavides, Calle 15 de Junio e Iquitos, Mejoramiento de la IEPSM Canta Gallo, veredas peatonales en Santa Rita, en el Río Nanay – Huaturi (tramos I, II y III), entre otros. (MPM)