JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 73-2016-97-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra JOSE GILBERTO LOPEZ PATOR, por el delito de DAÑOS, en agravio de ROMULO GOMEZ LAURA, el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado JOSE GILBERTO LOPEZ PATOR, así como al agraviado ROMULO GOMEZ LAURA, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO TRES. Dado cuenta en la fecha, con la razón emitida por la secretaria cursora y conforme al estadio de la presente causa REPROGRÁMESE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO (03.04.2018), A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE (02:30 pm.), en el local del Juzgado Unipersonal Penal- Datem del marañón, ubicado en la calle Pastaza S/N- San Lorenzo; bajo apercibimiento del imputado de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. Estando a la devolución de la cedula de notificación realizada por el responsable de notificaciones de esta Sede – Judicial, del abogado defensor del imputado, téngase por devuelta y REQUIÉRASE al imputado nombrar abogado defensor de su libre elección a efectos de llevarse a cabo la presente audiencia, bajo apercibimiento de nombrarse uno de la localidad, a sabiendas que en esta Provincias no contamos con abogados del Ministerio de Justicia (Defensores Públicos). Notifíquese la presente mediante cedula y por edicto. Avocándose al conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior, de lo que como Especialista de causa certifico. Notifíquese.
V-3(26,27 y 28)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 34-2016-57-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra GABILIO ASUNAT CUJA, por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD, en agravio del menor de iniciales A.J.CH.G (07), el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado GABILIO ASUNAT CUJA, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO TRES: Dado cuenta en la fecha con la razón de la especialista de audiencia, téngase presente, y estado al estado del presente proceso, SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE; en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal – Datem del Marañón, sitio en la calle Pastaza S/N – San Lorenzo; bajo apercibimiento de imputado de ser declarado REO CONTUMAZ y reservarse el proceso hasta que sea habido, conforme a los artículos 355°, inc. 4 y art. 357°, 367° inc.2 del código Procesal Penal, debiendo el mismo concurrir con su abogado defensor de su libre elección bajo apercibimiento de nombrarse un abogado del Ministerio de Justicia y a sabiendas que en esta localidad non contamos con abogados del ministerio de Justicia se le nombrara uno de la localidad que ejerza la defensa libre.
V-3(26.27 y 28)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 43-2016-19-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra FREDDY CHANCHARI GUEVARA, por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de JUAN ADOLFO RIOS SORIA, el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado FREDDY CHANCHARI GUEVARA, así como al agraviado JUAN ADOLFO RIOS SORIA, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: San Lorenzo veinte de febrero Del dos mil dieciocho.- Dado cuenta en la fecha y estando a la razón de la especialista de audiencia, y siendo su estado REPROGRAMESE LA AUDIENCIA DE CITACIÓN A  JUICIO ORAL PARA EL DÍA DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES DE LA TARDE,  en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal – Datem del Marañón, ubicado en la calle Pastaza S/N – San Lorenzo, debiendo de notificarse a las partes mediante cedula y por edicto; bajo apercibimiento del decreto de resolución uno.
V-3(26,27 y 28)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 52-2016-92-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra NEVIL TORRES RAMIREZ y LUIS TUESTA SALAS, por el delito contra la Salud Pública en la modalidad de Contaminación o Adulteración de alimentos o bebidas y alteración de la fecha de vencimiento, en agravio de TERESA SALDAÑA SILVANO, el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial a los imputados NEVIL TORRES RAMIREZ y LUIS TUESTA SALAS, así como a la agraviada TERESA SALDAÑA SILVANO, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO TRES San Lorenzo, veinte de febrero Del año dos mil dieciocho.-Dado cuenta en la fecha y estando a lo señalado por el representante del Ministerio Público, se procede a reprogramar la audiencia de Juicio Oral, para el día diez de abril del dos mil Dieciocho, a horas dos y treinta de la tarde, en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal –Datem del Marañón, ubicado en la calle Pastaza S/N – San Lorenzo, debiendo se notificarse a las partes procesales mediante, radio difusión cedula y edicto; bajo el apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(26,27 y 28)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 109-2016-45-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra FLORENTINO GUERRA AMASIFUEN, por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de DALILA RUIZ CABANILLAS, el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado FLORENTINO GUERRA AMASIFUEN, así como a la agraviada DALILA RUIZ CABANILLAS, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO DOS San Lorenzo, veinte de febrero Del año dos mil dieciocho.- Dado cuenta en la fecha y estando a la razón de la especialista de audiencia y siendo su estado reprográmese la audiencia de juicio oral, para el día diez de abril del dos mil dieciocho, a horas tres y treinta de la tarde, en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal –Datem del Marañón, ubicado en la calle Pastaza S/N – San Lorenzo, debiendo se notificarse a las partes procesales mediante cedula y edicto; bajo el apercibimiento decretado mediante resolución número uno.
V-3(26,27 y 28)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 294-2017-28-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra ANDERSON ANTONIO APUELA HUIÑAPI, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio menor del menor de iniciales M.A.A.M, representado por su mamá la señora JANET HELY MANAMÓN HUAZANGA, el señor Juez supernumerario JULIO ALBERTO ALMORA MONTOYA del Juzgado UNIPERSONAL PENAL –  DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado ANDERSON ANTONIO APUELA HUIÑAPI, RESOLUCIÓN NÚMERO TRES: AUTOS Y VISTOS; ADVIRTIENDO:  PRIMERO.- El artículo 367°, numeral tercero del Código Procesal Penal señala que ante la inconcurrencia de los acusados de manera injustificada deberá señalarse nuevo día y hora para la realización de la audiencia de Juicio Oral, sin perjuicio de declararse reo contumaz. SEGUNDO.- Que, el artículo 79° numeral 3) señala que al auto que declara contumaz al acusado debe señalar su conducción compulsiva, así como la declaración del defensor de oficio correspondiente para efecto de cautelarse su derecho a la defensa. TERCERO.- Conforme a lo informado por la Especialista Judicial de audiencia, el acusado ANDERSON ANTONIO APUELA HUIÑAPI, ha sido debidamente notificado, por lo que se advierte que el acusado tiene pleno conocimiento de la presente diligencia, programada para el día de hoy. CUARTO.-Que, al momento de señalarse la declaratoria de contumacia del procesado, se procederá en su oportunidad a archivarse provisionalmente el proceso y disponer su orden de captura a nivel nacional, en consecuencia SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR al acusado ANDERSON ANTONIO APUELA HUIÑAPI REO CONTUMAZ, consecuentemente se ordena su conducción compulsiva a esta Judicatura, ARCHIVANDOSE PROVISIONALMENTE el presente proceso, así mismo se dispone que se curse los oficios correspondientes para la Ubicación y captura. SEGUNDO: SE REQUIERE al imputado que nombre su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarse un abogado defensor de la localidad.
V-3(26,27 y 28)