JUZGADO UNIPERSONAL

2° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE: 02163-2015-92-1903-JR-PE-04
JUEZ: ROMERO URIOL VICTOR ALBERTO
ESPECIALISTA: DE LOS SANTOS VILCHEZ MARTHA INDIRA
ABOGADO DEFENSOR: VILLAZON OBESO, PETERSON
MINISTERIO PÚBLICO: 7MA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: SALAS MURRIETA, PEDRO
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
EDICTO
Por el presente el 2do JUZGADO UNIPERSONAL DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente N° 02163-2015-92-1903-JR-PE-04, se ha emitido la siguiente: Resolución Número UNO, Iquitos, nueve de junio Del dos mil diecisiete.- “AUTOS y VISTOS: Dado cuenta con el estado de los actuados sobre Proceso Común, remitidos por la Juez del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, para los efectos de proceder al Juzgamiento del acusado; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme se aprecia del tenor del acta de la audiencia pública de control de acusación, desarrollada por el Juzgado Penal remitente, se ha resuelto dictar Auto de Enjuiciamiento contra el acusado PEDRO SALAS MURRIETA, como autor del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD. SEGUNDO: Que, en este sentido, de conformidad con lo indicado en el artículo 355º del Código Procesal Penal, corresponde expedir el Auto de Citación a Juicio Oral en acto público. TERCERO: Que, por las consideraciones expuestas precedentemente y, siendo el estado del proceso, de conformidad al dispositivo legal precitado, en la causa penal signado con el N° 02163-2015-92-PE denominado “CUADERNO DE DEBATES” seguido contra el acusado PEDRO SALAS MURRIETA, como autor del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD; en consecuencia, el Señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, RESUELVE: PRIMERO: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa penal de acuerdo a la disponibilidad de tiempo del juzgado, teniendo en cuenta que la agenda judicial se encuentra recargada y congestionada, en consecuencia, CÍTESE para el día JUEVES TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE, a las DOCE Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicada en AV. GRAU N° 720 – TERCER PISO – LOCAL ANEXO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS. SEGUNDO: SE DISPONE: NOTIFICAR con la presente resolución, a los siguientes sujetos procesales para que concurran obligatoriamente al Juicio Oral, mediante cédula o cualquier otro medio de notificación idóneo y verificable, y estableciendo los apercibimientos que directamente corresponden a cada uno de ellos, en el caso que se produzca alguna inconcurrencia: a) CÍTESE al acusado PEDRO SALAS MURRIETA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 46424952, a quien se le deberá notificar en sus dos domicilios reales dada por la Fiscalía, sito en CALLE MORONA N° 1236 – DISTRITO DE IQUITOS; así como también, en el PSJE. LAS MERCEDES N° 49 – DISTRITO DE IQUITOS; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. b) CÍTESE al Abogado Defensor del acusado Pedro Salas Murrieta, letrado CARLOS ENRIQUE TUESTA RIVERA, a quien se le deberá notificar en su CASILLA ELECTRÓNICA N° 24738, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de excluirle de la defensa y designar a otro defensor público como lo autoriza el artículo 359°.5) del CPP y de poner en conocimiento a su Órgano de Control del Ministerio de Justicia en la ciudad de Lima. (…) NOTIFÍQUESE”. Firmado por el Juez: Víctor Alberto Romero Uriol. Especialista Catalina Andrea Carvallo Del Águila. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, veintiuno de agosto de dos mil diecisiete.- DADO CUENTA, Con la razón de dicho, téngase presente y con el Escrito N° 44598-2017, presentado por el Representante del Ministerio Público, proporcionando la dirección de la parte imputada y la forma de notificación, agréguese a los autos; en consecuencia: SE DISPONE: 1) NOTIFICAR al imputado la resolución 01 y la presente para los fines legales pertinentes en su domicilio real Pasaje Las Mercedes N° 49 – Referencia Altura cdra. 20 de la Calle Putumayo – Iquitos – Maynas – Loreto. 2) NOTIFICAR al imputado mediante EDICTO PENAL la resolución 01 y la presente para los fines legales pertinentes. 3) NOTIFÍQUESE al Fiscal responsable de la presente investigación en la Casilla Electrónica N° 82836. Suscribe la Especialista Judicial al amparo de lo previsto por el último párrafo del artículo 122° del código procesal civil; concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Ordenado de La Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE conforme a ley.” Firmado por la Especialista Catalina Andrea Carvallo Del Águila.
Iquitos, 21 de agosto del 2017
V-3(28,29 y 31)