JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA-Sede MBJ Requena. EXPEDIENTE: 00088-2014-94-1905-JR-PE-01, JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO, ESPECIALISTA: RODAS HORNA ROCKY, MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE REQUENA, IMPUTADO: SAAVEDRA RAMIREZ MIGUEL ANTONIO, TAMANI PACAYA MARY, TAMANI PACAYA MIQUEAS, DELITO: ADMINIDTRACION FRAUDULENTA, AGRAVIADO: PEREIRA SAAVEDRA JONATHAN. RESOLUCION NUMERO: TRES, Requena, trece de setiembre Del año dos mil diecinueve.- DADO CUENTA con la revisión de los autos, se tiene que a la fecha no ha retornado el cargo de notificación del corrido de traslado del imputado MIGUEL ANTONIO SAAVEDRA RAMIREZ, conteniendo la resolución uno de autos; en tal sentido, REITERESE la notificación de la resolución uno, adjuntando requerimiento de sobreseimiento y estando a la revisión de los autos, conforme a lo previsto en el artículo 345° numeral 3º del Código Procesal Penal; CÍTESE para el día JUEVES CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE (2:30 pm. Hora exacta, se programa en la fecha, debido a que el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, también tiene a su cargo el Juzgado de Paz Letrado de esta Provincia y en atención al domicilio del imputado Miguel Antonio Saavedra Ramírez en Av. San Martin N° 790, Distrito de Calleria y Provincia de Coronel Portillo Departamento de Ucayali) para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Requena, sito en calle recreo s/n con 28 de julio de esta ciudad, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECISESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16º, incisos 1º y 2º del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa Nº 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada; sin perjuicio a ello, se dispone que la notificación a las partes se realice vía edicto judicial, con lo cual se garantizara de una y otra manera su notificación debida. Edicto firmado y autorizado por el Especialista Abg. Rocky Rodas Horna y el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Requena.
V-3(03,04 y 07)

JUZGADO TRANSITORIO ESPEC. EXTINCIÓN DOMINIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01946-2010-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: PALOMINO PEDRAZA BETHY VILMA
ESPECIALISTA: JUAN ALEJANDRO LAM PAJUELO
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente, se Notifica a los agraviados (MARINA FLORA ALVARADO ROSA PEREZ, BETTY SONIA HUARI LEYVA, FLORINDA CARRASCO FERNANDEZ, JULIETH ZUMAETA GUEDES, ROSA LIDIA ZUMAETA GUEDES, MEISER IRARICA BOCANEGRA, LUANA ANGULO TANANTA, ENCARNACIÓN GARNIZA ZAPATA, ISRAEL MONTOYA VASQUEZ, CHARLES MURAYARI CHAVEZ, JUANA GARCIA TAMANI, WILDER MONTOYA YACSAHUANCA, ISABEL CHACON MARINO, ESTEBAN CHIRINOS BORDA, ANA MARIA VENTURA ANTONIO Y MARCO ANTONIO SOTELO LOPEZ) y acusados (CAMILO MONTOYA ESTEVES, GEBIL PARANA TANANTA, MARCOS CURICO TORRES e HILARIO MANIHUARI), el contenido de la resolución número CIENTO CINCUENTA Y TRES de fecha 02 de Octubre de 2019: DADO CUENTA, proveyendo la causa conforme a su estado, SEÑALESE FECHA Y HORA, para la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, de los acusados CAMILO ERNESTO MONTOYA ESTEVES Y OTROS, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES ONCE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (11.10.2019) a horas DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M), debiendo concurrir los acusados, en compañía de sus abogados defensores, diligencia que se llevará a cabo en el local del Juzgado, sito en AV. GRAU N° 859; audiencia que se llevara a cabo con o sin la presencia de los acusados, en aplicación de la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Notifíquese con dicho fin a la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, y al abogado de la Defensa Pública para su presencia a dicha diligencia. Sin perjuicio de notificarse por Edicto Penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”. Notifíquese, conforme a ley.
Iquitos, 02 de Octubre del 2019
V-3(03,04 y 07)