JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
En el Exp. N° : 00605-2018-38-1903-JR-PE-01, en el proceso seguidos contra ABEL ALEX ASCENCIO MEZA, como presunto autor del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual de menores de edad, previsto y sancionado en el numeral 2) del primer párrafo del artículo 173° del Código Penal, concordante con el segundo párrafo del mismo articulado, en agravio de su menor hija de iníciales L.O.A.L, se dispone la notificación mediante edicto de la resolución número uno, al acusado ABEL ALEX ASCENCIO MEZA, cuyo contenido es el siguiente: Iquitos, catorce de setiembre del año dos mil dieciocho.- (…) 1). CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa; y 2). SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN FISCAL para el día VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA [10:00 a.m.], la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, sede central de esta Corte Superior, sito en Avenida Grau N° 720 de esta ciudad, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y del abogado defensor del acusado; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del abogado defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Nacional de Defensa Pública, y al Coordinador responsable en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público. (…). FIRMADO ABOG. PALOMINO PEDRAZA BETHY VILMA-JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS.- ABOG. GISELA MARISOL AHUANARI FLORES-ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- IQUITOS CATORCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO.
V-3(19,20 y 21)

Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas
EDICTO
Exp. N° 2645-2016-97
Esp. Díaz
Por medio de la presente se notifica al agraviado SEGUNDO RAMIRO CUEVA INUMA con la parte resolutiva de la resolución número 04 de fecha 04 de junio de 2018 que contiene la sentencia, RESUELVE: 1.- APROBAR el acuerdo de Conclusión Anticipada de Juicio. 2.- CONDENAR a CARLOS SEGUNDO GARCÍA PADILLA como autor del delito contra el patrimonio en la modalidad de RECEPTACION AGRAVADA, ilícito penal previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 195° del Código Penal; concordante con el artículo 194° del citado cuerpo normativo como tipo base,   agravio del Suboficial PNP Segundo Ramiro Cueva Inuma y la Policía Nacional Del Perú, y como tal le impongo TRES AÑOS Y DIEZ MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, suspendida en su ejecución por el plazo de DOS AÑOS, Imponiéndole las siguientes reglas de conducta las que deberá obligatoriamente cumplir el sentenciado mientras dure la condena: a) prohibición de frecuentar determinados lugares b) prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez  c) comparecer mensualmente al juzgado personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades d) reparar los daños ocasionados por el delito o cumplir con su pago fraccionado, reglas de conducta que cumplirá bajo apercibimiento de dictarse las medidas previstas en el artículo cincuenta y nueve del Código Penal. 3.- FIJO por concepto de reparación civil la suma de S/. 300.00 soles que deberá pagar el acusado en tres cuotas mensuales cada cuota de s/100.00 soles que lo deberá realizar el último día hábil del mes de junio, julio y agosto del 2018. Mediante depósitos judiciales ante el Banco de la Nación.  4.- SE IMPONE CINCUENTA Y UN DÍAS MULTA a razón de S/. 7.08 Soles por día que haciende a la suma de trescientos sesenta soles S/. 360.00, la cual deberá ser cancelada en tres cuotas mensuales a partir del mes de setiembre, octubre y noviembre a favor del Estado Peruano.
Iquitos, 18 de setiembre de 2018
V-3(19,20 y 21)
EDICTO PENAL
En el EXPEDIENTE N° 01876-2018-40-1903-JR-PE-01 en los seguidos contra el investigado KENIN SHAWIT NANANTAL, por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iníciales V.N.C, representada por su padre SEGUNDO NACIMIENTO RIOS, se ha dispuesto la notificación mediante edicto al mencionado investigado de la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, de 04 de setiembre del 2018, cuyo contenido es el siguiente: 1) CITAR A JUICIO ORAL al acusado KENIN SHAWIT NANANTAL, por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 173° primer párrafo numeral 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iníciales V.N.C, representada por su padre SEGUNDO NACIMIENTO RIOS; la misma que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO COLEGIADO PENAL DE MAYNAS, ubicado en la CALLE GRAU N° 720 – 3do. PISO, Iquitos,  para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS DIEZ Y VEINTE DE LA MAÑANA (10:20 am), fecha fijada según disponibilidad de la recargada y congestionada agenda temática, del Juzgado, debiendo las parte procesales apersonar ante el especialista de audiencia en la fecha y hora programada.- 1.NOTIFIQUESE al acusado KENIN SHAWIT NANANTAL, a quien se le notificará en su domicilio real sito en la COMUNIDAD NATIVA DE SHACHAPAPA – MANSERICHE – DATEM DEL MARAÑON LORETO, asimismo mediante edicto, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP.-2. NOTIFIQUESE al Abogado defensor del acusado KENIN SHAWIT NANANTAL, al letrado FERNANDEZ VELASQUEZ  RODOLFO JAVIER, en su domicilio procesal sito en CALLE TIGRE N° 781 – SAN LORENZO o al CEL. 940403286, bajo apercibimiento que en caso de inconcurrencia injustificada de designarse a un Defensor Público, y en su caso de excluírsele de la defensa, e imponérsele al citado profesional multa equivalente a una unidad de referencia procesal, en atención a las facultades concedida al órgano jurisdiccional, conforme a los artículos 08 y 09 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. –3. NOTIFIQUESE al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso al Fiscal SEGUNDO MARIANO ROMAN FASABI, en su domicilio procesal sito en CALLE TIGRE N° 223 – SAN LORENZO; bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP. – De conformidad con el artículo 363 numerales 1 a 5, Reglamento de Notificaciones, citaciones y Comunicaciones (artículo 21°, 23° y 24°) del Reglamento de Notificaciones, citaciones y Comunicaciones entre autoridades en la Actuación Fiscal NOTIFIQUESE a los TESTIGOS Y/O PERITOS ofrecidos por el MINISTERIO PUBLICO:-Declaración Testimonial de SEGUNDO NACIMIENTO RIOS, a quien se le deberá notificar en su domicilio real, sito en CALLE 28 DE JULIO CUADRA 02 – SARAMIRIZA – PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON – LORETO.- Declaración Testimonial de ELIZABETH CORREA TRIGOSO, a quien se le deberá notificar en su domicilio real, sito en CALLE 28 DE JULIO CUADRA 02 – SARAMIRIZA – PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON – LORETO. -Declaración Testimonial de LUIS NASHNATE SILVANO, a quien se le deberá notificar en su domicilio real, sito en VILLA SARAMIRIZA – MANSERICHE – PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON – LORETO. -Declaración de la menor de iníciales V.N.C (12), , a quien se le deberá notificar en su domicilio real, sito en CALLE 28 DE JULIO CUADRA 02 – SARAMIRIZA – PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON – LORETO. -Medico RENZO M. STUCCHI ASENJO, a quien se le deberá notificar en el domicilio laboral sito en CENTRO DE SALUD SARAMIRIZA – DISTRITO DE MANSERICHE – PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON LORETO.- Médico Legista FRANCISCO MORENO IRSEN, a quien se le deberá notificar en el domicilio laboral sito en la AV. DEL EJERCITO N° 1439 –INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL IQUITOS. -Psicóloga JHENNIFER CRISTINA ANGULO NAVARRO, a quien se le deberá notificar en el domicilio laboral sito en la CEM – SAN LORENZO. Notificándose.» FIRMADO. ABOG. GUILLERMO BENDEZU CIGARAN – PRESIDENTE DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE MAYNAS. ABOG. OFELIA PAULINHA ORELLANO BICERRA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS 04 DE SETIEMBRE DEL 2018.
V-3(19,20 y 21)

JUZGADO PENAL COLEGIADO CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00656-2017-29-1903-JR-PE-04
JUECES: (*) BENAVENTE CHORRES HESBERT             
CECILIA RUIZ FERNANDEZ             
GUILLERMO BENDEZU CIGARAN             
ESPECIALISTA: LLERENA SOLANO JORGE RUY
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA DELITOS DE TRATA DE PERSONAS,
IMPUTADO: SIFUENTES SIQUIHUA, CLAYSU
DELITO: FORMAS AGRAVADAS DE LA TRATA DE PERSONAS
AGRAVIADO: EMCM 13,
EDICTO PENAL
El señor Presidente del Juzgado Penal Colegiado, mediante Resolución Número Tres ha ordenado se notifique por edicto a la acusada CLAYSI SIFUENTES SIQUIHUA, para que asista obligatoriamente a la audiencia de juicio oral programada para el día VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado ubicado en la intersección de las calles Moore con Av. Mariscal Cáceres – Ciudad de Iquitos [Módulo Penal Central NCPP Tercer Piso], en el proceso penal que se sigue en su contra, en el Expediente N° 656-2017-29, por la presunta comisión del delito de Trata de Personas, bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de no presentarse a la audiencia injustificadamente, ordenándose a la Fuerza Policial su búsqueda, captura y puesta a disposición de este Juzgado. Notifíquese por edicto. Firmado: Juez: Dr. Guillermo Bendezú Cigarán [Presidente]. Firmado: Especialista de Juzgado: Abog. Jorge Llerena Solano.
V-3(19,20 y 21)