JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
En el Cuaderno N° 1049-2013-92, en los seguidos contra CLEVER DÁVILA CURICO, como presunto AUTOR del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO, a don CLEVER DAVILA CURICO y CINTHYA ARIRAMA YUMBATO, en representación de la menor agraviada de inciales J.N.D.Y; la parte pertinente del Acta de Audiencia de fecha 26/07/2018, cuya redacción es la siguiente:   ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION.- En la ciudad de Iquitos, siendo las con CINCO DE LA TARDE del día VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, presentes en la Sala de Audiencias del Módulo Penal del Nuevo Código Procesal Penal, la Señora Juez ERIKA IBERICO VEGA, Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, asistida por la Especialista Judicial de Audiencias, Abog. Olga Milagros Pereira Documet a fin de llevar a cabo la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN en el expediente N° 01049-2013-92-1903-JR-PE-02, en los seguidos contra DAVILA CURICO CLEVER, como autor del delito de VIOLACIÓN DE MENOR SEXUAL, en agravio de MENOR DE INICIALES JMDY.- Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla, conforme lo establece el Art. 361°, numeral 2 del Nuevo Código Procesal Penal y el Art. 26° del Reglamento General de Audiencias; por tanto, se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia.-I.  IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES: 1. Ministerio Público:  ABG. CARLOS VASQUEZ FIGUEROA, Fiscal Adjunto de la Cuarta Fiscalía Penal Corporativa de Maynas.- INCONCURRENCIA. Defensa Técnica.-ROSA MARAVI OVIEDO CAL 947. 2. Reghistro CAL N° 2123 Domicilio procesal: calle Sargento Lores N° 702 Casilla electrónica Nro.- 42521. 3. Imputado:- INCONCURRENCIA. II DESARROLLO DE LA AUDIENCIA JUEZ: El despacho da cuenta mediante acta de audiencia del 5 de julio del 2018, se dispuso reprogramar la audiencia para el día de hoy habiendo acudido en dicha audiencia el abogado Carlos Vásquez Figueroa que representa a la Cuarta Fiscalía, a quien se le requirió la subsanación de la acusación dentro del quinto día a fin de correr traslado a la defensa oportunamente, sin embargo el referido letrado no ha concurrido a la audiencia pese a estar válidamente notificado y tampoco dentro del quinto día conforme se acredita ha presentado la subsanación ya realizado en acta de audiencia anterior. Bajo ese contexto y habiendo dejado establecido el apercibimiento de que se pondrá en conocimiento a su órgano de control ante la inconcurrencia y ante la omisión de la comunicación respecto a esta subsanación, se dispone en este acto oficiar al órgano de control interno comunicando que el abogado Carlos Vásquez Figueroa quien pertenece a la cuarta fiscalía no ha cumplido con presentar, levantar las observaciones planteadas en acta de audiencia del 5 de julio ni mucho menos a concurrido y presentado escrito alguno justificando la inasistencia a la presente diligencia bajo esa situación se va a proceder a la reprogramación de la audiencia. La abogada de la defensa algo que desea precisar. DEFENSA TECNICA: Ninguna JUEZ: Se procede a reprogramar la audiencia para el día CATORCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA, queda notificado la señorita abogada de la defensa, notifíquese al representante del Ministerio Publico con conocimiento de la Coordinación de la Cuarta Fiscalía respecto de las reiteradas inconcurrencias del fiscal ya antes citado, notifíquese también a la parte agraviada para su conocimiento. III. CONCLUSIÓN. Siendo las 05:05 p.m. se da por concluida la presente audiencia. Lo que doy fe.
V-3(06,07 y 10)

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