JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 40-2014-32-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra RAQUEL RENGIFO GUERRA (EMPRESA PROMOTOR DEL NORTE SRLTDA), por el delito FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, en agravio del ESTADO -ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO OSCE Y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAHUAPANAS, la  señorita Juez MARIA INES DIAZ LOZANO del Juzgado PENAL UNIPERSONAL – DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto tanto a la imputada RAQUEL RENGIFO GUERRA, asi como a los  agraviados  el ESTADO -ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO OSCE Y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAHUAPANAS, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES. San Lorenzo, diecinueve de Setiembre de dos mil diecisiete. DADO CUENTA: En la fecha, estando a la razón que antecede y conforme a su estado se procede a REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DIA ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE (11.10.2017)  A HORAS ONCE DE LA MAÑANA  (11:00 AM), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal-Datem del Marañón, sitio calle Pastaza S/N San Lorenzo. Bajo apercibimiento de la imputada de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada; y estando  a la devolución de la cedula de notificación del abogado defensor, cumplan la imputada con nombrar un abogado defensor, bajo apercibimiento  de nombrarse uno de oficio y estando que en esta provincia no contamos con abogados del Ministerio de Justicia, se le nombrara uno de la localidad;  notifíquese la presente  resolución mediante cedula y por edicto penal a la imputada como a los agraviados. Notifíquese con las formalidades de Ley.
V-3(25,26 y 27)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°  09-2013-3-1907-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra PERCY PIÑA MAYAN, GONZALO VASQUEZ ALEJANDRIA, JORGE FACHIN TAPAYURI, ANTONIO FACHIN TAPAYURI, ZOILA VICTORIA VASQUEZ GARCIA, HUSTON CUNAYAPI APUELA, por el delito de USURPACIÓN y DAÑOS, en agravio de la EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES GLEYCER E.I.R.L, la señorita Juez MARIA INES DIAZ LOZANO del Juzgado PENAL UNIPERSONAL – DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial a los sujetos procesales, con la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE.-San Lorenzo,  diecinueve de Setiembre  de dos mil diecisiete. DADO CUENTA: Estando a su estado se procede a REPROGRAMAR LA AUDIENCIA JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTE DE OCTUBRE DEL 2017 (20.10.2017 A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal-Datem del Marañón, sitio calle Pastaza S/N San Lorenzo. Bajo apercibimiento de los imputados de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada; debiendo los mismos concurrir a la presente audiencia con su abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrarse uno de Oficio, a sabiendas que en esta provincia no contamos con abogados del Ministerio de Justicia se les nombrara uno de la localidad. Notifíquese la presente mediante cedula y por edicto.
V-3(25,26 y 27)

Instr. N° 234-2009.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al sentenciado RICARDO LOPEZ MACUYAMA, así también como a la agraviada NILSAN SENAYDA ICOMENA PACAYA, la parte resolutiva de la resolución sentencial; recaída en la Instrucción N° 234-2009, que se le siguió, por delito de lesiones leves por violencia familiar; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Iquitos, veinte de julio Del dos mil diecisiete. VISTOS: Los autos puestos a despacho – Instrucción Penal DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO GUION DOS MIL NUEVE contra RICARDO LOPEZ MACUYAMA por el delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES GRAVES, licito penal previsto y sancionado en el inciso tercero del primer párrafo del artículo 121° del Código Penal, en agravio de NILSA SENAYDA ICOMENA PACAYA…. Por consiguiente se pasa a transcribir la parte resolutiva de la resolución sentencial, cuyo tenor literal escomo sigue: – -EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO. FALLA: 1.- CONDENANDO a RICARDO LOPEZ MANUYAMA, como autor del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES GRAVES, previsto y penado en el inciso 3) del primer párrafo del artículo 121°, concordante c on el primer y segundo párrafo del artículo 121° – A del Código Penal, en agravio de NILSA SENAYDA ICOMENA PACAYA; y
como tal se le impone la pena privativa de Libertad de CUATRO AÑOS suspendida en su ejecución por el plazo de TRES AÑOS. 2.-IMPONER al referido sentenciado las siguientes reglas de conducta:  a) No ausentarse de lugar de su residencia, sin autorización del Juzgado; b) No variar de domicilio sin autorización del juzgado; c) Concurrir en forma personal al juzgado para dar cuenta de sus actividades y firmar el libro de registro respectivo, el último día útil de cada mes; d) No volver a incurrir en este tipo de delito en agravio de NILSA SENAYDA ICOMENA PACAYA; reglas de conducta que cumplirá bajo apercibimiento de dictarse las medidas previstas en el artículo cincuenta y nueve del Código Penal. 3.- FIJAR en la suma de QUINIENTOS NUEVOS SOLES, monto por concepto de la reparación civil que el sentenciado pagará a favor de la agraviada. 4.- ORDENAR que consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia; se archive en secretaria en la forma y modo de ley, previa ejecución de la reparación Civil; REMITASE los Boletines de Condena al registro Nacional y Distrital de Condenas. NOTIFIQUESE.- Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo -Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 21 de setiembre del 2017.
V-3(25,26 y 27)

EDICTO
Exp. N° 2596-2008
Sec. Díaz Díaz
Por medio de la presente se notifica a los sentenciados ALIRIO CRUZ CERQUERA y BERTULIO VALDERRAMA CORREA con la parte resolutiva de la resolución número 21 de fecha 20 de setiembre de 2017 que contiene la sentencia: RESUELVE: 1.- ABSUELVE de la acusación fiscal a ALIRIO CRUZ CERQUERA y BERTULIO VALDERRAMA CORREA, como autor del Delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA – DELITOS DE PELIGRO COMÚN en la modalidad de TENENCIA ILEGAL DE ARMAS; previsto y sancionado en el artículo 279° del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO – MINISTERIO DEL INTERIOR. 2.- Consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia: ARCHÍVESE definitivamente los actuados. Asimismo, déjese sin efecto la resolución número veinte de fecha veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete, en el extremo que señala fecha para lectura de sentencia. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 22 de setiembre de 2017
V-3(25,26 y 27)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00059-2017-0-1901-JR-PE-01
JUEZ:     VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
NOTIFICAR: IMPUTADO: MANIHUARI MORI, GLIDER
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS
Nauta, diecinueve de setiembre Del dos mil dieciocho.
TENIENDO, el Oficio N° 9487-2017-2°D-MP-FPPC-LORETO-NAUTA/SAAM, el mismo que trae aparejado la Disposición Número Tres, cuyo contenido Dispone la Conclusión de la Investigación Preparatoria seguida contra todos los procesados instruidos por el fiscal desde la recepción de la citada investigación, Téngase presente y agréguese a los autos, debiendo el Ministerio Público proceder con respeto al plazo perentorio de quince días, contemplado en el artículo 344°.1 del Código Procesal Penal. Notifíquese.
V-3(25,26 y 27)