JUZGADO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
Instr. N° 01004-2012
Sec. Jud. Shirley Soria Rivadeneira
E D I C T O        P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a LLACSON FERREYRA PEREZ para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), con la finalidad de llevarse a cabo la diligencia de DECLARACIÓN DECLARACION INSTRUCTIVA, el día MIERCOLES 25 DE NOVIEMBRE DEL 2015, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 01004-2012, que se le sigue por el delito de falsificación de documentos en agravio de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO – NAUTA.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 11  de Noviembre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
Instr. N° 1860-2011
Sec. Jud. Shirley Soria Rivadeneira
NOTIFICAR: CESAR BRUNO RENGIFO CHUQUIPIONDO Y RODOLFO SHERMULI HIDALGO (IMPUTADOS)
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO
Iquitos, doce de noviembre del dos mil quince
DADO CUENTA, en la fecha del presente expediente, con el escrito que antecede presentado por el letrado HERNÁN ARELLANO BAUTISTA, mediante el cual, devuelve la cedula de notificación de la resolución número siete, correspondiente a la parte imputada Cesar Bruno Rengifo Chuquipiondo y Rodolfo Shermuli Hidalgo, indicando que a la fecha no patrocina a dichas personas, agréguese a los autos y a efectos de no recortar su derecho a la defensa NOTIFÍQUESE la presente resolución y la resolución número siete a los imputados  CESAR BRUNO RENGIFO CHUQUIPIONDO Y RODOLFO SHERMULI HIDALGO en su domicilio actual señalado en autos, sin perjuicio de notificarse por EDICTO en el diario judicial “La Región”, así como en el diario EL PERUANO. Oficiándose con tal fin a la Oficina de Imagen Institucional de esta Sede de Corte para su cumplimiento; asimismo, cúrsese oficio al Director de la Defensoría Pública, a fin de que designe un defensor público para que este presente en la fecha y hora señalada. Hágase saber. NOTIFIQUESE.
V-3(17,18 y 19)

Instr. N° 01177-2010
Test. Actuario: Jorge Arturo Pereyra Rimachi.
E D I C T O  P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado ALFREDO MORENO PEZO para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 11 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; por estar así ordenado en la Instrucción N° 01177-2010, que se le sigue por el delito HOMICIDIO CULPOSO Y FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS, en agravio de LUIS BROWN ZARATE y La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 16 de Noviembre del 2015
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE    : 02852-2008-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL.
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, pone a conocimiento de los sentenciado ARMANDO LUNA PEREZ y , y agraviados DEYSI VASQUEZ CHAVEZ Y BLANCA RÍOS INUMA,  la RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA que, RESUELVE:I.- ABSUELVE de la acusación fiscal al acusado ARMANDO LUNA PEREZ, por el presunto delito Contra La Vida, El Cuerpo Y La Salud – HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de DEYSI VASQUEZ CHAVEZ, ilícito prescrito por el artículo  ciento once primer y  segundo párrafo del Código Penal;  y por delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES CULPOSAS, en agravio de BLANCA RIOS INUMA, ilícito prescrito por el artículo ciento veinticuatro  primer y  tercer párrafo del  antes citado Código. II.-Consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia: ANULENSE los Antecedentes judiciales y LEVANTESE las ordenes de captura que hubiera generado la presente instrucción. Y se  ARCHÍVESE definitivamente los actuados. HAGASE SABER. Avocándose al conocimiento del proceso la Juez que suscribe por Disposición Superior.-NOTIFIQUESE. Interviniendo la juez que suscribe por disposición superior. III.- Déjese sin efecto al resolución número treinta y nueve de foja 381en el extremo que señalo fecha para la lectura de sentencia. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 11 de noviembre del 2015
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE    : 03039-2010-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL.
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, pone a conocimiento de el procesado HERNAN PEÑA ACHO y agraviada de inciales D.M.A., la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Iquitos, siete de agosto De dos mil quince.-
Dado cuenta con el Informe Final que antecede, y siendo el estado del proceso; PONGASE a conocimiento de las partes por el término de tres días, para que cumplan con presentar sus informes o alegatos de ley; cumplida la misma REMITASE los autos al Superior Jerárquico.
Iquitos. 11 de noviembre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03610-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
IMPUTADO: SABOYA INUMA, ARTURO
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente NOTIFICO a la parte procesada SABOYA SAAVEDRA ARTURO la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE Iquitos, diez de julio De dos mil quince. Dado cuenta con el dictamen penal que antecede, agréguese a los autos y téngase presente, de conformidad con el artículo cinco del decreto legislativo ciento veinticuatro modificado por el artículo dos de la ley veintiocho ciento diecisiete, PONGASE LOS AUTOS A DISPOSICION DE LAS PARTES por el término de diez días, a fin de que presenten sus informes o alegatos de acuerdo a ley. y fecho PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin de suscrito emita la resolución que corresponda. Al otrosí: Téngase presente. Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.
Iquitos, 20 de Octubre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE    : 01140-2011-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
El Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas notifica a la sentenciada TESSY RUTH MERMAO TONG,  la resolución numero diez(sentencia) que ; RESUELVE: I.-  CONDENANDO a TESSY RUTH MERMAO TONG como presunto autor del delito CONTRA LA FE PUBLICA – FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL LORETO – NAUTA, tipificado en el primero y segundo párrafo del Artículo 427º del Código Penal  Y como tal se le impone TRES AÑOS de pena privativa de libertad con carácter de SUSPENDIDA en su ejecución por DOS AÑOS. Quedando sujeto a guardar las siguientes reglas de conducta: a) Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del Juez c) Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado, en forma mensual, para informar y  justificar sus actividades cada primer día del mes; Todo ello bajo apercibimiento de aplicar el Art.  59 del Código Penal. II.- SE LE IMPONE el pago de cuarenta días multa que es de S/250.00 doscientos cincuenta nuevos soles que será cancelado en el plazo de treinta días de consentida o ejecutoriada que quede la sentencia. III.- REPARACION CIVIL. Y el pago de una reparación civil de QUINIENTOS  NUEVOS SOLES que será pagado por el sentenciado a favor del Estado Peruano – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA. IV.- MANDO: Que, esta sentencia sea leída en acto público y consentida o ejecutoriada que sea la misma, archívese los actuados en secretaría en el modo y la forma de ley, Notifíquese con apremio de Ley.
Iquitos 20 de octubre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02696-2011-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: ALAN PINCHE MORENO
IMPUTADO: SHAPIAMA PEREZ, GUILER
DELITO: APROPIACIÓN ILÍCITA.
AGRAVIADO: ARTPAN IQUITOS EIRL,
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente NOTIFICO a la parte procesada SHAPIAMA PEREZ GHILER RESOLUCION NUMERO CINCO Iquitos, doce de Junio Del año dos mil doce.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta, habiendo sido devuelto el presente expediente por el señor representante del Ministerio Público con Dictamen Acusatorio, agréguese a los autos; al principal: De conformidad con lo dispuesto por el artículo quinto del Decreto Legislativo ciento veinticuatro: Póngase los autos de manifiesto en la secretaría del juzgado por el término de DIEZ DÍAS, plazo común para que los abogados defensores presenten alegatos e informes escritos que correspondan; cumplido que sea póngase los autos en mesa para sentenciar;  al primer y segundo otrosí: Téngase presente; Ofíciese en el día a las autoridades policiales pertinentes disponiéndose su búsqueda y captura del acusado GUILER SHAPIAMA PEREZ, conforme esta ordenado mediante resolución número cuatro de fojas ochenta y ocho;
Hágase saber y la  RESOLUCION NUMERO SEIS Iquitos, veintiséis de noviembre Del año dos mil catorce.-  DADO CUENTA en la fecha, con la razón que antecede, previamente AVOQUESE al conocimiento del presente proceso a la Señora Juez que suscribe e interviniendo el Secretario que da cuenta por disposición Superior, y proveyendo según su estado: PÓNGASE LOS AUTOS A DESPACHO a fin de emitir la resolución correspondiente. Notifíquese.
Iquitos, 20 de Octubre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01968-2011-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
IMPUTADO: MARRERO SAAVEDRA, GERMAN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: R LL, M
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente NOTIFICO a la parte agraviada RLL.M y a la procesada MARRERO SAAVEDRA GERMAN la RESOLUCION NUMERO DIECISÉIS. Iquitos, quince de mayo
Del dos mil Quince, Dado cuenta; con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo quinto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro: PÓNGASE de manifiesto los autos, por el término de diez días a disposición de las partes, para los alegatos de ley; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en despacho, para expedir la resolución que corresponda.-Notifíquese.
Iquitos, 20 de Octubre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02733-2011-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL.
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, notifica a los sentenciados Limbert Manuel Rengifo Tello, Mirtha Nadia Davila Bardales, Jackson Edwar Rengifo Davila, Miguel Angel Rengifo Davila, Gianella Marilyn Portugal Pereyra, así como a los agraviados, Abad Ernesto Larra Ibarra y Erika Pamela Rengifo Ibarra, la resolución numero trece que resuelve: I. CONDENANDO a los acusados LIMBERT MANUEL RENGIFO TELLO, MIRTHA NADIA DAVILA BARDALES, JACSON EDWARD RENGIFO DAVILA, MIGUEL ANGEL RENGIFO DAVILA y GIANELLA MARILYN PORTUGAL PEREYRA, como autores del delito CONTRA EL PATRIMONIO – USURPACION AGRAVADA, previsto y penado en el inciso 2 del artículo 202° (tipo base), concordante con el inciso 2) de artículo204° (Tipo Agravante) del Código Penal y como tal se le impone DOS AÑOS de pena privativa de libertad con carácter de SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN  por el plazo de UN AÑO, quedando sujeto a guardar las siguientes reglas de conducta: a) Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del Juez c) Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado, en forma mensual, para informar y  justificar sus actividades cada primer día del mes;  Todo ello bajo apercibimiento de aplicar el Art.  59 del Código Penal. II. REPARACION CIVIL. Se fijo en la suma de doscientos nuevos soles por cada acusado a favor de los agraviados correspondiendo a cada agraviado la suma de cien nuevos soles por cada acusado consignándose mediante certificado de depósito judicial. III. MANDO: Que, esta sentencia sea leída en acto público y consentida o  ejecutoriada que sea la misma, archivándose los actuados en secretaría  en el modo y forma y ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(17,18 y 19)

EXPEDIENTE: 01508-2010
JUEZ: LAZO QUEVEDO NERIO
ESPECIALISTA: MARIO DIAZ DIAZ
IMPUTADO: SISLEY MELENDEZ GILDEMEISTER
AGRAVIADO: ESTADO
DELITO: MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado SISLEY MELENDEZ GILDEMEISTER, para que se presente en la Sala de Audiencia del Centro Penitenciario de Varones de Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON CUARENTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01508-2010, que se le sigue, por el delito de Microproducción o Microcomercialización, en agravio del Estado Peruano.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 13 de noviembre del 2015.
V-3(17,18 y 19)