JUZGADO PENAL

Instr. N° 199-2012-
Incid. 55- Cuaderno de Tacha
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA a la menor agraviada de iniciales Z.M.R.C, por intermedio de su representante legal, el contenido integro de la Resolución que abre a prueba el incidente, y la resolución que ordena notificar; recaída  el Incidente N° 55- Cuaderno de Tacha; derivado de la Instrucción N° 199-2012, seguida contra FRANCISCO EDUARDO DONDO AREVALO, por delito de usuario- cliente de menor; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO UNO. Iquitos, trece de julio del dos mil quince.-Dado cuenta, AVÓQUESE el señor Juez que suscribe al conocimiento de este incidente por disposición superior; y proveyendo conforme a su estado, y habiéndose vencido el plazo de traslado a que se refiere la resolución antecedida, por lo que, en aplicación de lo establecido por el artículo noventa del Código de Procedimientos Penales: ABRASE a prueba por el término de OCHO DIAS, y vencido ese lapso dese cuenta para proveer lo que corresponda; por consiguiente se deberá realizar una sumarísima investigación respecto a las tachas formuladas; y en concordancia con lo establecido en el segundo párrafo del artículo ciento cincuentiséis del Código acotado: RECÍBASE la declaración indagatoria de la Psicóloga Forense: MARIA BUSTAMANTE NUÑEZ, señalándose para el día veintitrés de julio del año en curso, a las once de la mañana; hágase saber; con citación. –   Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario. RESOLUCIÓN NUMERO DOS. Iquitos, veinte de julio del dos mil quince.- Dado cuenta; para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y ADVIRIENDOSE de autos que,  como aparece de la Razón de Dicho, expedido por el  notificador ALFREDO FERNANDEZ CASTILLO, quien refiere que no puso notificar a la menor agraviada, en la dirección de la cédula, por cuanto la Oficina se ha traslado a otro lugar; por consiguiente al no estar debidamente notificada, y con fines de no perjudicar y por ende no recortar su derecho a la defensa, consagrada en la Constitución Política del Perú: NOTIFÍQUESE a la menor agraviada de iniciales Z.M.R.C, en la dirección que se indica en la cédula Avenida Mariscal Cáceres cuadra diecisiete-Iquitos, el contenido íntegro de la Resolución número uno (abre a prueba), su fecha trece de julio de este año; por lo tanto: CORRIJASE la dirección domiciliaria en el Sistema Integral Judicial; sin perjuicio de ello por vía dicto penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”; hágase saber; con citación.- Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.-
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 20 de julio del 2015.
V-3(22,23 y 24)

Instr. N° 0781-2012
Sec. Jud. Shirley L. Soria Rivadeneira
E D I C T O  P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado CESAR MARCELO BOYER VALLES para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 31 DE JULIO DEL 2015, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 0781-2012, que se le sigue por el delito CONTRA LA FAMILIA-OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor CESAR HUMBERTO BOYER SANTAMARIA, debidamente representado por su progenitora LIZ PAMELA SANTAMARIA SABOYA.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 17 de julio del 2015.
V-3(22,23 y 24)

Instr. N° 01018-2012
Sec. Jud. Shirley L. Soria Rivadeneira
E D I C T O  P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado HIPOLITO BRAGA RUIZ para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 31 DE JULIO DEL 2015, A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 01018-2012, que se le sigue por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA-DELITO DE PELIGRO COMUN-CONDUCIR VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de  LA SOCIEDAD.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 17 de julio del 2015.
V-3(22,23 y 24)

TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
Instr. N° 002791-2011.
Sec. S. SORIA.R
NOTIFICAR:     SILVANA BETHZABETH RONCAL MONTES (IMPUTADA)
EDICTO PENAL
RESOLUCION NUMERO QUINCE. Iquitos, diecisiete de julio del dos mil quince.-  Dado cuenta en la fecha; previamente la señora Juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición Superior y encontrándose el Expediente en Despacho: SEÑÁLESE como fecha y hora para la DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA el DÍA TREINTA Y UNO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA; con la presencia del representante del Ministerio Público, debiendo la acusada SILVANA BETHZABETH RONCAL MONTES, concurrir al local del Juzgado en la fecha y hora señalada, en compañía del abogado defensor de su libre elección a efectos de darse cumplimiento a la diligencia ordenada, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su abogado defensor o en su defecto del Defensor Público asignado a este Juzgado, en caso de inconcurrencia de la referida acusada y de su abogado defensor, conforme lo dispone la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, debiendo la cursora notificar a las demás partes procesales, sin perjuicio de ello debe notificarse al Director de la Defensoría Pública, a fin de que designe un defensor público para que esté presente en la fecha y hora señalada, así como también debe notificarse por Edicto Penal al inculpado en el diario de mayor circulación de esta ciudad “La Región” y en el diario oficial “El Peruano”, bajo responsabilidad funcional de la secretaria cursora en caso de incumplimiento. Hágase Saber. Notificándose.
V-3(22,23 y 24)

Instr. N° 02791-2011
Sec. Jud. Shirley L. Soria Rivadeneira
E D I C T O  P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA a la acusada SILVANA BETHZABETH RONCAL MONTES para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 31 DE JULIO DEL 2015, A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 02791-2011, que se le sigue por el delito CONTRA LA FAMILIA-OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor EDSON PIERR RENGIFO RONCAL, debidamente representado por su señor padre EDSON RENGIFO PINCHI.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 17 de julio del 2015.
V-3(22,23 y 24)

Instr. N° 02959-2011
Sec. Jud. Shirley L. Soria Rivadeneira
E D I C T O   P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado JUAN GREGORIO LOPEZ MALHABER para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 31 DE JULIO DEL 2015, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 02959-2011, que se le sigue por el delito CONTRA EL PATRIMONIO-HURTO SIMPLE, en agravio de MELISSA BARDALES COLLANTES.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 17 de julio del 2015.
V-3(22,23 y 24)

TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
Instr. N° 278-2007.
Sec. S. SORIA.R
NOTIFICAR: Richard Suarez Ríos (imputado)
EDICTO  PENAL
RESOLUCION NUMERO DIEZ. Iquitos, ocho de julio del dos mil quince.-                                                   DADO CUENTA; a la fecha; con la razón de la secretaria cursora que antecede, agréguese a los autos y téngase presente de la revisión de los actuados se advierte que la resolución número N° 08 y 09, no fueron debidamente notificados el imputado Richard Suarez Ríos y el agraviado Asociación Peruana de Autores y Compositores, conforme a la razón de dicho que obran a fojas ciento cuatro y ciento ocho de autos en la que devuelve dicha cedula indicando que la numeración del inmueble es inexacta y en el otro que la dirección del destinatario no corresponde, por tal motivo no fue posible notificar a las partes procesales, por lo que a fin de evitar nulidades posteriores, NOTIFIQUESE la presente resolución y la resoluciones número 08 y 09, al imputado Richard Suarez Ríos y a la parte agraviada Asociación Peruana de Autores y Compositores, al primero de los nombrados notificar en su domicilio real señalado en su ficha RENIEC, al segundo notificar en su domicilio real señalado en Jr. PUTUMAYO N° 704 Iquitos  sin perjuicio de NOTIFÍQUESE por EDICTO en el diario judicial “La Región”, y con el escrito que antecede presentado por el procesado GUILLERMO RODRIGUEZ TAPULLIMA; agréguese a los autos; y estando a lo solicitado TÉNGASE por nombrado a su abogado defensor al letrado JAVIER EDMUNDO MOYA IBAÑEZ, con Registro CAL N° 362., a quien se le brindará las facultades generales previstas en el artículo 74° concordante con el artículo 80° del Código Procesal Civil; y POR SEÑALADO su Domicilio Procesal en la CASILLA DE NOTIFICACIONES NÚMERO 80 DE LA OFICINA CENTRAL DE NOTIFICACIONES DE ESTA SEDE DE CORTE,  lugar donde se harán llegar todas las notificaciones emitidas por éste despacho judicial; siendo su estado actual del expediente. AVOQUESE a la señora Juez al conocimiento del presente proceso por disposición Superior e interviniendo la secretaria que da cuenta por disposición Superior. Hágase saber. Notifíquese. SEÑORA JUEZ Doy cuenta a usted  que el presente proceso no ha sido impulsado de oficio  en su oportunidad, debido a las recargadas labores dela secretaria a mi cargo, teniendo en cuenta que la suscrita sumió la secretaria con fecha 03 de marzo del 2014; asimismo, por la huelga nacional indefinida de los trabajadores del poder judicial que se inicio el 25/03/25014, ingresando a laborar el 09/05/2014,  lo que pongo de su conocimiento para los fines correspondientes.
Iquitos,  03 de Junio del 2014
V-3(22,23 y 24)

3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE:00278-2007-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA:SHIRLEY LILY SORIA RIVADENEIRA
IMPUTADO:GARCIA YAHUARCANI, PEDRO
DELITO:REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CIRCULACIÓN DE LA OBRA SIN LA AUTORIZACIÓN
RODRIGUEZ TAPULLIMA, TONY
Y OTRO
AGRAVIADO:ASOCIACION PERUANA DE AUTORES Y COMPOSITORES

RESOLUCION NUMERO  NUEVE. Iquitos,  tres de junio del dos mil catorce.-DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede, y proveyendo según su estado, cúmplase con lo ordenado por resolución número Ocho, en consecuencia, PONGASE todo lo actuado a despacho para emitir la resolución que corresponde; asimismo, estando a la demora incurrida en el tramite de la presente causa llámese severamente la atención al Secretario Judicial CARLOS JAVIER ALVARADO MOZOMBITE, por incumplimiento de sus deberes funcionales. AVOQUESE a la señora juez al conocimiento del presente proceso por vacaciones de la Juez titular e interviniendo la secretaria que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.
V-3(22,23 y 24)

3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE:00278-2007-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA:JORGE SANCHEZ TISNADO
IMPUTADO:GARCIA YAHUARCANI, PEDRO
DELITO:REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CIRCULACIÓN DE LA OBRA SIN LA AUTORIZACIÓN
RODRIGUEZ TAPULLIMA, GUILLERMO
DELITO:REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CIRCULACIÓN DE LA OBRA SIN LA AUTORIZACIÓN
RODRIGUEZ TAPULLIMA, TONY
DELITO:REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CIRCULACIÓN DE LA OBRA SIN LA AUTORIZACIÓN
SUAREZ RIOS, RICHARD
DELITO:REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN, DISTRIBUCIÓN Y CIRCULACIÓN DE LA OBRA SIN LA AUTORIZACIÓN
AGRAVIADO:ASOCIACION PERUANA DE AUTORES Y COMPOSITORES ,
RESOLUCIÓN NÚMERO  OCHO. Iquitos, tres de octubre del dos mil trece. DADO CUENTA;Con el dictamen penal acusatorio N° 1982-2013 remitido por el representante del Ministerio Publico  AGRÉGUESE a los autos y de conformidad con el artículo 5° del Decreto Legislativo 124° PÓNGASE los autos  de manifiesto en la Secretaría del Juzgado por el término de diez días, plazo común para que los abogados defensores presenten los informes escritos que correspondan o soliciten informe oral y fecho póngase los autos en el despacho de la señor Juez a fin de que emita   la resolución que corresponda. Notifíquese. Interviniendo el asistente judicial que da cuenta por disposición superior.
V-3(22,23 y 24)