JUZGADO PENAL

EXP, Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado TEDDY AGAPITO HUAMAN DAVILA identificado con DNI Nº 44573846, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 14-12-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, A HORAS TRES DE LA TARDE, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/kws-iymf-bvh) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(16,17 y 18)

EXP, Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado TEDDY AGAPITO HUAMAN DAVILA identificado con DNI Nº 44573846, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 14-12-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, A HORAS TRES DE LA TARDE, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/kws-iymf-bvh) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(16,17 y 18)

EXP, Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 81-2022-85-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado TEDDY AGAPITO HUAMAN DAVILA identificado con DNI Nº 44573846, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 14-12-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, A HORAS TRES DE LA TARDE, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/kws-iymf-bvh) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00047-2021-35-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPC LORETO NAUTA,
IMPUTADO: FLORES CUBAS, OLDEMAR
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: B P, C R
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintiuno de octubre del año dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS, en la fecha los actuados del presente proceso, con el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra OLDEMAR FLORES CUBAS, por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en agravio de la menor de iniciales C.B.R.P, de a su contenido; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. SEGUNDO: En el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. TERCERO: A efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2. CÍTESE para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, el cual se apersonaran con las medidas de bioseguridad (tapa boca), y de forma excepcional se llevara a cabo por GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. NOTFÍQUESE.
V-3(16,17 y 18)

EDICTO
Expediente N° 01839-2021-0, Especialista de Audiencia: Dolly S. Alvarado Lazo.
Por disposición Superior del Juez del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, cita, llama y emplaza a: FÉLIX MIGUEL AHUANARI MACUYAMA y EDUARDO ALVARADO IGLESIAS en calidad de imputados a la audiencia de Control de Acusación en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria el día VEINTE DE ENERO DEL DOS MIL VEINTITRES A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, siendo el enlace: https://meet.google.com/meet.google.com/ebo-ekfe-sot. Al haberse dispuesto en el Expediente N° 1839-2021-0 seguido en sus contra por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de apropiación Ilícita, previsto en el artículo 190 del Código Penal y contra EDUARDO ALVARADO IGLESIAS, por el delito de APROPIACIÓN ILÍCITA, previsto en el artículo 190° y ENCUBRIMIENTO PERSONAL, previsto en el artículo 404°del Código Penal, en agravio del Ministerio Público.
Iquitos, 27 de diciembre del 2022
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
Por Disposición Superior, NOTIFIQUESE por EDICTO PENAL al imputado: FACUNDO TRUJILLO JESÚS, la Resolución N° 5 de fecha 24/10/2022, para su conocimiento de la audiencia programada en autos.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00080-2018-52-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PRONVINCIAL PENAL DELORETO NAUTA,
IMPUTADO: FACUNDO TRUJILLO, JESUS
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 10-14 AÑOS).
AGRAVIADO: MENOR DE 1, 14 AÑOS
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Nauta, veinticuatro de octubre del Dos mil veintidós 
DADO CUENTA, a la fecha, y estando a la razón de la especialista de causas téngase presente, y siendo el estado del proceso: REPROGRÁMESE la Audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día MIERCOLES DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA. (09.30 am) La misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria sito en la calle Tarapacá N° 617 Nauta, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los abogados particulares como del defensor público de los acusados, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción; NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificar via edicto y radial.
V-3(16,17 y 18)