JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
En el Exp. N° 325-2014-0-1903-JR-PE-01, en la Demanda de Habeas Corpus interpuesta por el beneficiario  VICTOR MANUEL HUANUIRI SHUPINGAHUA, contra la juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Maynas – MARGARITA SALCEDO GUEVARA  por haber excedido el plazo de su detención, se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS cuyo contenido es el siguiente: “Iquitos, Cuatro de Julio Del dos mil catorce.- AUTOS y  VISTOS: Dado cuenta de la revisión de los actuados, siendo su estado se procede a emitir la resolución que corresponde; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, el artículo 35° del Código Procesal Constitucional establece: “Sólo es apelable la resolución que pone fin a la instancia, el plazo para apelar es de dos días”; SEGUNDO.- Que, en el presente caso, se ha expedido la resolución número dos que declaró: Que carece de objeto pronunciarse en cuanto al fondo de la acción de Habeas  Corpus promovida por el beneficiario  VICTOR MANUEL HUANUIRI SHUPINGAHUA la demanda de Hábeas Corpus contra la Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Maynas – MARGARITA SALCEDO GUEVARA  por haber excedido el plazo de su detención, al haberse producido la SUSTRACCION DE LA MATERIA. TERCERO.- Que, de la revisión de los actuados se advierte que las partes procesales no han interpuesto recurso de apelación, encontrándose a la fecha vencido el plazo de impugnación establecido en la norma antes citada, por lo que la aludida resolución debe declararse consentida: por estas consideraciones, de conformidad con el dispositivo invocado,  SE RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la RESOLUCION NUMERO DOS de fecha veintiuno de febrero del dos mil catorce que declaró que carece de objeto pronunciarse en cuanto al fondo de la acción de Habeas  Corpus promovida por el beneficiario  VICTOR MANUEL HUANUIRI SHUPINGAHUA la demanda de Hábeas Corpus contra la Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Maynas – MARGARITA SALCEDO GUEVARA  por haber excedido el plazo de su detención, al haberse producido la SUSTRACCION DE LA MATERIA. En consecuencia  ARCHIVESE el presente expediente en el modo y forma de ley. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano” FIRMADO: ABOG. CARLOS ENRIQUE HUARI MENDOZA – JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. ANA ELIZABETH SILVA MORE – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS SIETE DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE.
V-3(24,25 y 30)

Exp. N° 01178-2013-64-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Ucañan Gallardo
Juzgado Penal Colegiado – Sede Central
EDICTO
Por el presente JUZGADO PENAL COLEGIADO – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N°01178-2013-64-1903-PE-02 se dispuso Notificar a la persona de JEAN CAHUAZA CORDOVA, identificado con DNI N° 46506488, la resolución emitido en Auto  de Citación de Juicio Oral de fecha 18-07-2014; donde se le cita a Juicio Oral  en la presente causa, la misma que se realizara  en LA SALA DE AUDIENCIAS  DEL  ESTABLECIMIENTO PENINTENCIARIO DE VARONES DE IQUITOS, ubicado en la Avenida Guardia Republicana /Ex -Guayabamba S/N, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO- ROBO AGRAVADO, previsto en el primer párrafo del artículo 189°incisos 2);3) y segundo párrafo inciso 1) del Código Penal concordado con el articulo 188° (tipo Base)- RECEPTACION ilícito penal previsto  y sancionado en el artículo 194° del código Penal en agravio de ROBINSON  TORRES VELA para el día VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento en caso de de no asistir y declarándose Reo Contumaz. Así firma los señores Magistrados, de lo que como Especialista de causa certifico. NOTIFIQUESE Y HAGASE SABER.
Iquitos, 18 de Julio del 2014.
V-3(24,25 y 26)

RAZÓN DE SECRETARIO:
Señora Juez doy cuenta a usted de la revisión de autos se advierte que  éste no fue dado providencia oportuna al dictamen fiscal, por lo que se procede en el día dar cuenta toda vez que el suscrito asumió la secretaría el 01-07-14. Lo que informo para los fines pertinentes.
Iquitos, 02 de julio del 2014
2°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE    : 02069-2012-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: KETTY GUTIERREZ ORE
ESPECIALISTA    : MELISSA VALLES FERNANDEZ
IMPUTADO: VALERA CHOTA, ALEXANDER
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: CASANOVA CHUFANDAMA, MARIA DEL CARMEN
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Iquitos, dos de julio del dos mil catorce.-
DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente;  y estando al Dictamen Fiscal N° 710-2013 donde solicita se notifique al acusado por edicto penal, en consecuencia, al principal: Téngase presente y HABILITESE  fecha y hora para la declaración instructiva de ALEXANDER VALERA CHOTA,  para el día VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en Urbanización Jardín N°08 – Altura cuadra siete de calle Brasil- Iquitos, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Judicial, según el caso, en caso de inconcurrencia  injustificada, debiendo notificarse al referido procesado en su dirección señalado en su ficha RENIEC, sito en CALLE. GARCIA CALDERON B-24 ALT. CRA. 24 PUTUMAYO-IQUITOS la presente resolución y la resolución número uno sin perjuicio de notificarlo por edicto penal.  Disponiéndose cursar los oficios de apertura conforme a ley, debiendo formarse el cuaderno de embargo preventivo; cúrsese oficio a la oficina de Defensoría Pública a fin de que designe un Defensor Público para el referido procesado, al otrosí digo del dictamen fiscal: Estese a lo resuelto, al segundo otrosí digo: Téngase por prescindido  la ratificación del certificado  Médico legal del Dr. Francisco Moreno Isern en virtud del Acuerdo Plenario N° 2-2007/CJ-116, al tercer y cuarto otrosí digo: Téngase presente. Avocándose al conocimiento  de la presente causa la señora Juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta. Notifíquese.
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2°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 02069-2012-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: KETTY GUTIERREZ ORE
EDICTO

Por el presente la presente la señora Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, pone a conocimiento a la persona del procesado Alexander Valera Chota, que en el proceso  N° 02069-2012-0-1903-JR-PE-03, que se le sigue, por DELITO DE LESIONES LEVES, en agravio de MARIA DEL CARMEN  CASANOVA CHUFANDAMA, se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO CUATRO. Iquitos, dos de julio del dos mil catorce. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente;  y estando al Dictamen Fiscal N° 710-2013 donde solicita se notifique al acusado por edicto penal, en consecuencia, al principal: Téngase presente y HABILITESE  fecha y hora para la declaración instructiva de ALEXANDER VALERA CHOTA,  para el día VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en Urbanización Jardín N°08 – Altura cuadra siete de calle Brasil- Iquitos, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente o contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Judicial, según el caso, en caso de inconcurrencia  injustificada, debiendo notificarse al referido procesado en su dirección señalado en su ficha RENIEC, sito en CALLE. GARCIA CALDERON B-24 ALT. CRA. 24 PUTUMAYO-IQUITOS la presente resolución y la resolución número uno sin perjuicio de notificarlo por edicto penal.  Disponiéndose cursar los oficios de apertura conforme a ley, debiendo formarse el cuaderno de embargo preventivo; cúrsese oficio a la oficina de Defensoría Pública a fin de que designe un Defensor Público para el referido procesado, al otrosí digo del dictamen fiscal: Estese a lo resuelto, al segundo otrosí digo: Téngase por prescindido  la ratificación del certificado  Médico legal del Dr. Francisco Moreno Isern en virtud del Acuerdo Plenario N° 2-2007/CJ-116, al tercer y cuarto otrosí digo: Téngase presente. Avocándose al conocimiento  de la presente causa la señora Juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 02 de julio del 2014
V-3(24,25 y 30)