JUZGADO PAZ LETRADO

Exp. N° 025-2021-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante:
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 025-2021-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento del demandado ANDER MORI ACHO el extracto de la resolución número uno de fecha siete de Mayo del 2021, con el extracto de la misma que RESUELVE: ADMITIR  a trámite  la demanda  especial de filiación extramatrimonial, conferir traslado de la misma para que haga valer su derecho en  el término de 10 días de notificada al demandado ANDER MORI ACHO, notifíquese el extracto de la resolución número uno, bajo apercibimiento de hacerse efectivo el mandato, publíquese en el diario “LA REGIÓN” VIA EDICTOS JUDICIALES, así como la presente resolución. PUBLÍQUESE Y HS.
Caballo cocha, 18 de Noviembre de 2021.
V-3(18, 22, 23)

Exp. N°081-2020-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: María Elena Reyes
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 081-2020-0-1904-JP-FC-01, se dispuso NOTIFICAR AL DEMANDADO JERSON DANIEL SILVA SIGUENZA, con DNI N° 76983210, ha sido notificado vía  edicto con la Resolución N° 04 (obrante a folios 15)  con el extracto de la resolución número 01 que contiene: auto admisorio, demanda y sus anexos ,con fecha 23 de octubre del 2020; y pese a ello no ha cumplido con contestar la demanda de alimentos; por lo que corresponde proceder hacer efectivo el apercibimiento decretado en la parte in fine de la resolución uno de fecha 23 de octubre del año 2020.- Por estos considerandos SE RESUELVE: 1) DECLARAR REBELDE al demandado JERSON DANIEL SILVA SIGUENZA, por no haber contestado la demanda de alimentos conforme a Ley.2) CITAR a las partes a la Audiencia Única para el día 30 DE NOVIEMBRE 2021 A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; BAJO APERCIBIMIENTO de declararse la conclusión del presente proceso por inconcurrencia de las partes. Asimismo, cualquier consulta se absolverá al número telefónico del Juzgado de Paz Letrado (065-581212) (Anexo N° 30672). 3) NOTIFICAR al demandado VIA EDICTOS JUDICIALES por el plazo de TRES DIAS en el diario “La Región”, con el extracto de la presente resolución. Notifíquese.
Caballo cocha, 18 de Noviembre de 2021.
V-3(18, 22, 23)

Exp. N°082-2020-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Luz Luzmery Guerrero Arbildo
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 082-2020-0-1904-JP-FC-01, se dispuso NOTIFICAR AL DEMANDADO LIDER MACUQUILLO ARIRAMA, con DNI N° 43200927,  con el extracto de la resolución número 01 que contiene; demanda; anexos y el auto admisorio con fecha 23 de octubre del 2020; y pese a ello no ha cumplido con contestar la demanda; por lo que corresponde proceder hacer efectivo el apercibimiento decretado en la parte in fine de la resolución uno. SE RESUELVE: 1) DECLARAR REBELDE al demandado LIDER MACUQUILLO ARIRAMA, por no haber contestado la demanda de alimentos conforme a Ley.2) CITAR a las partes a la Audiencia Única para el día 30 DE NOVIEMBRE 2021 A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; BAJO APERCIBIMIENTO de declararse la conclusión del presente proceso por inconcurrencia de las partes, cualquier consulta se absolverá al número telefónico del Juzgado de Paz Letrado (065-581212) (Anexo N° 30672). 3) NOTIFICAR al demandado VIA EDICTOS JUDICIALES por el plazo de TRES DIAS en el diario “La Región”, con el extracto de la presente resolución. Notifíquese.
Caballo cocha, 18 de Noviembre de 2021.
V-3(18, 22, 23)