JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO
EXPEDIENTE N° 00023-2017-CI
Secretario Judicial: Clara Victoria Shupingahua Anaya por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Ucayali – Contamana, que despacha el doctor Luis Enrique Maita Quispe, asistida por la secretaria judicial Clara Victoria Shupingahua Anaya, se viene ventilando el proceso N° 0023-2017-CI, seguida por Natividad Díaz Anaya viuda de Márquez sobre SUCESION INTESTADA; habiéndose expedido la resolución de admisión cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO UNO.- Contamana, veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.- RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD DE DECLARATORIA DE HEREDEROS, que en vida fue su señor esposo REGNER ARMANDO MARQUEZ CAPUNAHUARI, instaurada por NATIVIDAD DIAZ PEREA VIUDA DE MARQUEZ, se tramite en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, teniéndose por apersonado a la solicitante y por señalado su domicilio procesal y presente los medios probatorios ofrecidos. Notifíquese a la Beneficencia Pública de la ciudad de Iquitos librándose exhorto correspondiente, para lo cual el accionante deberá previamente presentar el recibo de pago del arancel judicial respectivo, debiendo notificarse, así mismo al Ministerio Público y a la presunta heredera NATIVIDAD DIAZ PEREZ VIUDA DE MARQUEZ; publíquese un aviso de la presente solicitud en la tablilla del Juzgado, en el pizarrín de la Municipalidad y Gobernación de esta ciudad, por el término de tres días para su mayor difusión; así mismo, publíquese un aviso en el diario oficial “El Peruano” y así como en un diario de la región, conforme a Ley. RESERVESE el señalamiento del día y hora para la audiencia de actuación y declaración judicial, exclusivamente para el caso previsto en el artículo 834° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 26668. Al otrosí; estese a la presente resolución. Al otrosí; téngase presente, AL OTROSI; estese a la presente resolución. Notifíquese avocándose al conocimiento de la presente causa el Sr. Juez que suscribe por disposición superior.
Lo que se publica de acuerdo a Ley.
Contamana, 12 de setiembre del 2017
Abg. CLARA VICTORI SHUPINGAHUA ANAYA
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Ucayali – Contamana
V-3(29,30 y 31)B/1846